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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de mayo de 2012 466774 de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local del Distrito de Chorrillos, los miembros del Concejo Municipal de Chorrillos, los representantes de la Sociedad Civil debidamente identifi cados y acreditados y los representantes de las entidades y acreditados y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del Distrito de Chorrillos designados para este fi n. Integran también, los Agentes Participantes un Equipo Técnico De soporte del Proceso designado por el Alcalde, quienes participan con voz pero sin voto. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro de ámbito local tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad. Los Organismos e Instituciones privadas son todas las organizaciones e instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. d) Equipo Técnico: Conformado por los profesionales y técnicos de la Municipalidad de Chorrillos designados por el Alcalde. Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso del Presupuesto Participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo de armonizar la realización de Acciones de Capacitación a los agentes participantes. e) Objetivos del Presupuesto Participativo.- El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos : • Mejorar la efi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos. • Reforzar la relación entre el estado y la Sociedad. • Fijar prioridades en la Investigación Pública. • Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar. • Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del Presupuesto y fi scalización de la Gestión. f) Talleres de Trabajo.- Son las reuniones convocadas por el Alcalde en las cuales se analizan los problemas y potencialidades y se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Son de dos tipos: de Diagnóstico Temático y territorial y de Defi nición de Criterio de Priorización. g) Delegado de una Organización.- Es la persona natural designada por su organización para participar y representarla en el Proceso de programación del Presupuesto Participativo del año 2013. TÍTULO III AGENTES PARTICIPANTES, EQUIPO TÉCNICO, REGISTRO Y ACREDITACIÓN Artículo 4º.- Constituyen Agentes Participantes del Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo de la Municipalidad de Chorrillos: • Los Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, quienes participan con voz y voto. • Los representantes de la Sociedad Civil, organizada y no organizada, debidamente inscritos, quienes participarán con voz y voto • Los representantes de las entidades del Gobierno Nacional y Regional designados para desarrollar acciones en la jurisdicción, quienes participan con voz y sin voto. • Los miembros del Equipo Técnico del proceso, quienes participan con voz y sin voto. Los Agentes participantes actuarán en todas las etapas del proceso de acuerdo al cronograma establecido en la presente Ordenanza. Artículo 5º.- El Equipo Técnico del Proceso Participativo está integrado por: • Gerente Municipal, quien lo presidirá • Gerente de Planeamiento y Presupuesto • Subgerencia de Participación Vecinal y Proyección Social • Gerente de Obras y Desarrollo Urbano • Gerente de Administración y Finanzas Artículo 6º.- A partir de la vigencia de la presente Ordenanza, la Sub Gerencia de Participación Vecinal y Proyección Social, dará inicio a la inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad civil que deseen participar en este Proceso Participativo. Las mismas que deberán presentar la documentación Unidad de Trámite Documentario y Archivo. Los requisitos para la inscripción y registro de las organizaciones de la sociedad civil son los siguientes: • Solicitud de inscripción. • Copia fedateada de la constancia de inscripción de la organización en los Registros Públicos, Registro Municipal u otro Registros Estatal. • Fotocopia del documento de identidad del representante. • Acta de designación y/o elección del representante de la organización Social. Los requisitos para la inscripción y registros para la sociedad civil no organizada son: • Solicitud de inscripción • Fotocopia del documento de identidad del interesado • Propuesta de Proyecto de Desarrollo Comunal y Padrón con un mínimo de 200 fi rmas de adherentes de residentes en el Distrito de Chorrillos, adjuntando copia simple del DNI de cada uno de ellos. Los Adherentes no podrán fi rmar por mas de una lista, en caso de hacerlo, se invalidaran todas las listan en las que fi guren sus fi rmas. Artículo 7º.- Los representantes de las Entidades del Gobierno Nacional que se desarrollan acciones en el distrito para poder registrarse deberán presentar la designación correspondiente de su sector que lo acredita como tal. Artículo 8º.- Las organizaciones de la Sociedad Civil que cuenten con Resolución de Reconocimiento podrán acreditar dos delegados, uno en calidad de titular y otro en calidad de alterno. Para que participen en el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2013. TÍTULO IV DEL DESARROLLO DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. Artículo 9º.- El Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2013 se desarrolla secuencialmente de acuerdo al Cronograma descrito a continuación.