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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2012 (23/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de mayo de 2012 466763 mayo en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, y al pago de los gastos, a fi n de que participe en la reunión mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 512.08 Viáticos US$ 600.00 ---------------- TOTAL US$ 2 112.08 Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JULIO VELARDE Presidente 791610-1 Aprueban lista de bancos de primera categoría CIRCULAR Nº 014-2012-BCRP Lima, 18 de mayo de 2012 Ref.: Lista de Bancos de Primera Categoría CONSIDERANDO QUE: La Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispone que para los fi nes de la aplicación de los límites y demás disposiciones pertinentes de dicha ley, el Banco Central elabore una lista de los bancos del exterior de primera categoría, con prescindencia de los criterios que aplique para la colocación de las reservas que administra, a fi n de lo cual toma como referencia las publicaciones internacionales especializadas sobre la materia. Los requisitos aprobados para la elaboración de dicha lista comprenden el tipo de banco: holdings bancarias, bancos comerciales, bancos de ahorro, bancos cooperativos, bancos de inversión, bancos inmobiliarios e hipotecarios, instituciones especializadas de crédito gubernamental, instituciones de crédito no bancario y entidades supranacionales; el capital mínimo: US$ 1 400 millones, no requerido para entidades supranacionales; el califi cativo crediticio de corto plazo mínimo de por lo menos dos agencias califi cadoras (F2 por Fitch, A-2 por S&P y P- 2 por Moody’s); y, el califi cativo crediticio de largo plazo mínimo de por lo menos dos agencias califi cadoras (A- por Fitch, A- por S&P y A3 por Moody’s). Estos requisitos se aplican utilizando como fuente principal el sistema especializado Bankscope de la empresa Bureau van Dijk Electronic Publishing teniendo en cuenta la información provista al 01.05.2012. Dentro del concepto de instituciones fi nancieras de primera categoría están incluidas todas las sucursales de las matrices que se menciona en la presente norma, así como todas sus subsidiarias que sean bancos en cuyo capital la matriz tenga participación de al menos dos tercios. SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar la lista de bancos de primera categoría que se encuentra detallada en el portal web de este Banco Central: www.bcrp.gob.pe Artículo 2. La lista es elaborada y emitida de conformidad con el artículo 216º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, para los fi nes establecidos en dicho dispositivo. Artículo 3. Derogar la Circular Nº 0009-2012-BCRP. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 791611-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan la expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0676 Lima, 15 de mayo de 2012 Visto el expediente SIGA Nº 2012-8772 de fecha 12 de abril del 2012, presentado por doña María del Carmen Barrenechea Martel; CONSIDERANDO: Que, la recurrente mediante el expediente del visto, solicita la expedición del duplicado, por pérdida de su diploma, del “Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial” y del “Título Profesional de Ingeniero Industrial”, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 12 de abril del 2012, precisa que doña María del Carmen Barrenechea Martel; ha obtenido: a) Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, otorgado el 13 de diciembre de 1983, con Registro Nº 9068, Pág. 98 del Libro de Bachilleres Nº 03; b) Título Profesional de Ingeniero Industrial, otorgado el 03 de junio de 1991 con Registro Nº 13558-G, Pág. Nº 76 del Libro de Títulos Profesionales Nº 14; Que, el Consejo Universitario en atención a la propuesta de la Comisión Académica y de Investigación contenida en el Ofi cio Nº 369-2012/1er.VR, acordó aprobar la expedición del duplicado del diploma del Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional en su Sesión Ordinaria Nº 15 del 09 de mayo del 2012; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso a), artículo 52º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la expedición del duplicado del diploma del “Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial”, a nombre de doña MARÍA DEL CARMEN BARRENECHEA MARTEL. Artículo 2º.- Autorizar la expedición del duplicado del “Título Profesional de Ingeniero Industrial”, a nombre de MARÍA DEL CARMEN BARRENECHEA MARTEL. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos expida los mencionados diplomas y anulándose lo otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO PADILLA RÍOS Rector 790737-1 Convocan a concurso público de plazas docentes ordinarios en la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN HUÁNUCO-PERÚ RESOLUCIÓN N° 0873-2012-UNHEVAL-CU. Cayhuayna, 15 de mayo de 2012.