Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2012 (26/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2012 466919 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de La Habana, República de Cuba, se realizará la “Visita a los Polos Científi cos de La Habana”, del 28 al 31 de mayo de 2012; Que, con Ofi cio Nº 765-2012-J-OPE/INS de fecha 16 de mayo de 2012, el Jefe (e) del Instituto Nacional de Salud, comunica sobre la realización de la mencionada visita y solicita se autorice su viaje, así como, el viaje del Químico Farmacéutico Alberto Alfredo Valle Vera, Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos del mencionado Instituto, para participar en el referido evento; Que, el mencionado viaje, tiene como fi nalidad realizar la visita programada por el Ministro del Interior de Cuba, a los Polos Científi cos de La Habana, con el objetivo de analizar las posibilidades de transferencia tecnológica en el campo de la Biotecnología, específi camente en el campo de la investigación y desarrollo en la producción de vacunas y otros biológicos, en el marco de los convenios internacionales; Que, mediante Informe Nº 062-2012-OGA-OPE/INS, la Ofi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, informa que el viaje del Médico Cirujano Víctor Javier Suárez Moreno y del Químico Farmacéutico Alberto Alfredo Valle Vera, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, para que participen en la “Visita a los Polos Científi cos de La Habana”, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Pliego 131 - Instituto Nacional de Salud; Que, considerando que la “Visita a los Polos Científi cos de La Habana” se realizará del 28 al 31 de mayo de 2012, y dado que el evento se llevará a cabo en la ciudad de La Habana, República de Cuba, la Ofi cina Ejecutiva de Planifi cación, Presupuesto e Inversiones del Instituto Nacional de Salud, ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisición de pasajes en tarifa económica, cuatro días de viáticos y un día adicional por los gastos de instalación, en atención a lo dispuesto en el artículo 8º del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 012, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, considerando que, el Instituto Nacional de Salud, es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Salud, encargado de la promoción, desarrollo y difusión de la investigación científi ca - tecnológica y la prestación de servicios de salud pública, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la alimentación y nutrición, la producción de biológicos, el control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y afi nes, la salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población; resulta necesario autorizar la participación de los representantes del mencionado Instituto Nacional de Salud en el evento antes señalado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Médico Cirujano VÍCTOR JAVIER SUÁREZ MORENO, Jefe (e) del Instituto Nacional de Salud y del Químico Farmacéutico ALBERTO ALFREDO VALLE VERA, Director General del Centro Nacional de Productos Biológicos del mencionado Instituto, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, para que participen, en representación del Ministerio de Salud, en la “Visita a los Polos Científi cos de La Habana”, del 27 de mayo al 1 de junio de 2012. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al Pliego 131 - Instituto Nacional de Salud, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje Aéreo (incluido TUUA) - para 2 personas : $ 1,206.72 - Viáticos por 5 días - para 2 personas : $ 2,400.00 - Total : $ 3,606.72 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje de los profesionales autorizados en la presente Resolución, deberán presentar ante el Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo Encargado del Despacho del Ministerio de Salud 793662-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Declaran el sábado 23 de junio de 2012 como día no laborable en la ciudad de Chimbote DECRETO SUPREMO Nº 008-2012-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 16597 del 22 de junio de 1967, se declaró ofi cialmente la Semana Cívica en la ciudad de Chimbote, capital de la Provincia del Santa, del Departamento de Ancash, a la comprendida entre el 23 al 29 de junio de cada año; Que, el Poder Ejecutivo debe señalar anualmente el feriado no laborable, correspondiente al sábado de la Semana Cívica, a que se refi ere el considerando precedente, conforme a lo previsto en el artículo 2º de la acotada Ley; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Declarar día no laborable en la ciudad de Chimbote, el día sábado 23 de junio de 2012, fecha central de las celebraciones de su Semana Cívica. Artículo 2º.- Las horas dejadas de laborar por el día no laborable a que se refi ere el artículo precedente, serán compensadas en la semana posterior al día declarado no laborable o en la oportunidad que acuerden las partes. A falta de acuerdo, decidirá el empleador. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 793661-2