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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de mayo de 2012 466923 Pasajes US$ 1,520.95 Viáticos US$ 2,600.00 Señor EDGARDO SERGIO BALBÍN TORRES, del 5 al 15 de junio de 2012 Pasajes US$ 1,922.22 Viáticos US$ 2,600.00 Señorita JIMENA ZOILA RODRÍGUEZ MOSCOSO, del 5 al 15 de junio de 2012 Pasajes US$ 1,922.22 Viáticos US$ 2,600.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberán presentar al Despacho Ministerial, un Informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación y será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 793662-6 Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de diversos organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2012-TR Lima, 24 de mayo de 2012 VISTOS: El Informe N° 211-2012-DVMPEMPE/TP- DP de la Dirección de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 828-2012-DVMPEMPE/TP-DP-USP, de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 669-2012-DVMPEMPE/TP-OPPM, de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Informe N° 211-2012-DVMPEMPE/ TP-UAL, de la Unidad de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Ofi cio N° 617-2012-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 130-2001, concordado con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que cuenta con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011- TR, modifi cado con Decreto Supremo Nº 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” con el objeto de generar empleo, y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y extrema pobreza, precisándose en el citado dispositivo legal que el Programa se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 005 - Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, manteniéndose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria; Que, la Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo establece que las normas especiales sobre adquisición de bienes, contratación de servicios, régimen de personal, aspectos presupuestales y administración interna aplicables al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” continúan vigentes y son íntegramente aplicables al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, precisándose de igual modo, en la Tercera Disposición Final Complementaria y Transitoria que, en tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones, los componentes vinculados al Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” se continuarán ejecutando de acuerdo a lo dispuesto en su Manual de Operaciones y demás documentos; Que, para el cumplimiento de sus fi nes, el Programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos que ejecutan proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra; Que, el literal a) del numeral 12.1) del artículo 12º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, autoriza la realización, de manera excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el diario ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 371-2008- TR, modifi cada por Resolución Ministerial N° 330- 2011-TR, se aprueba la Directiva “Procedimiento para los desembolsos del Programa de Emergencia Social Productivo Construyendo Perú”; Que, mediante Resolución Directoral N° 049-2010- DVMPEMPE/CP, se aprobó la intervención mediante el concurso de proyectos regulares 2010-I; Que, mediante Memorando N° 806-2012-DVMPEMPE/ TP-DP-USP, la Unidad de Supervisión de Proyectos solicita certifi cación presupuestal para la transferencia de la suma de S/. 35 957.34 (Treinta y cinco mil novecientos cincuenta y siete con 34/100 nuevos soles) para el pago del rubro Mano de Obra No Califi cada – MONC de tres convenios del concurso de proyectos regulares 2010-I; Que, mediante Memorando N° 669-2012-DVMPEMPE/ TP-OPPM, la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo, otorga la certifi cación de Crédito Presupuestario PCA N° 334-2012-MTPE/4/11, por la suma de S/. 35 957.34 (Treinta y cinco mil novecientos cincuenta y siete con 34/100 nuevos soles); Que, mediante Memorando N° 828-2012-DVMPEMPE/ TP-DP-USP, la Unidad de Supervisión de Proyectos solicita se tramite la resolución ministerial que autorice la transferencia de los saldos de la Mano de Obra No Califi cada – MONC a favor de los organismos ejecutores del concurso de proyectos regulares 2010-I; Que, mediante Informe N° 211-2012-DVMPEMPE/TP- DP, la Dirección de Proyectos, comunica a la Directora Ejecutiva la Certifi cación de Crédito Presupuestario otorgada por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo para la transferencia de los saldos de la Mano de Obra No Califi cada – MONC, a favor de los organismos ejecutores del concurso de proyectos regulares 2010-I; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora Ejecutiva, del Director de Proyectos, del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Monitoreo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por