Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2012 (26/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Director de Sistema Administrativo III de la Direccion General de la Oficina de Administracion de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 095-2012-BNP
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 VISTOS, el Memorandum Nº 140-2012-BNP/DN, de fecha 25 de MORDAZA de 2012, emitido por la Direccion Nacional, el Memorandum N° 500-2012-BNP/ODT, de fecha 25 de MORDAZA del 2012 y el Informe Nº 188-2012-BNP/OAL, de fecha 25 de MORDAZA de 2012, emitido por la Direccion General de la Oficina de Asesoria Legal y demas antecedentes y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024, se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Publicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requiera a la Autoridad Nacional de Servicio Civil; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 073-2012-SERVIR-PE, de fecha 11 de MORDAZA de 2012, se asigna al Gerente Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General de la Oficina de Administracion de la Biblioteca Nacional del Peru; Que, mediante Memorandum Nº 140-2012-BNP/DN, de fecha 25 de MORDAZA de 2012, la Direccion Nacional dispone se efectuen las acciones pertinentes para efectuar la designacion correspondiente; Que, mediante Memorandum N° 500-2012-BNP/ ODT, de fecha 25 de MORDAZA de 2012, la Direccion General de la Oficina de Desarrollo Tecnico, emite informe favorable sobre la viabilidad presupuestal, remitiendo la correspondiente Certificacion Presupuestal; Que, todas las Resoluciones de Designacion o Nombramiento de funcionarios encargados surten efecto a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposicion en contrario de la misma que postergue su vigencia, en conformidad con lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, al Gerente Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Plaza N° 060, Director de Sistema Administrativo III, Categoria Remunerativa F-4, de la Direccion General de la Oficina de Administracion de la Biblioteca Nacional del Peru. Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web Institucional: (http://www.bnp.gob.pe). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PINILLA Director Nacional

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Aprueban formatos a ser utilizados en procedimientos de titulacion a que se refiere el D.S. Nº 007-2012-VIVIENDA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 103-2012-COFOPRI/DE
MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 VISTO: El Informe Nº 031-2012-COFOPRI/DND de fecha 03 de MORDAZA de 2012, emitido por la Direccion de Normalizacion y Desarrollo de COFOPRI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, ahora Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos; Que, segun Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la entidad, estableciendo sus funciones generales y especificas y las de sus Organos y Unidades Organicas, asi como sus relaciones y responsabilidades; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la MORDAZA citada precedentemente, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI; Que, por Ley Nº 28923, se establecio el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos, facultando a COFOPRI asumir de manera excepcional, las funciones de ejecucion de los procedimientos de saneamiento fisico legal y titulacion de predios urbanos, ubicados en posesiones informales, a que se refiere el Titulo I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, por un periodo de 3 anos, el mismo que fue modificado por la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29320 y MORDAZA por el articulo 1º de la Ley Nº 29802; Que, mediante el articulo 4º de la Ley Nº 29398, "Ley que autoriza la expropiacion de terrenos ubicados en el sector Alto El Molino, en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ica", se establece que COFOPRI ejecuta las acciones de saneamiento fisico legal del terreno y titulacion de los lotes de vivienda en los terrenos a que se refiere esa Ley; Que, el numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 29802, "Ley que amplia la vigencia del Regimen Extraordinario al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI), prevista en la Ley 28923, exonera el pago de tasas u otros cobros y otorga facultades excepcionales en materia de formalizacion en las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007", faculta excepcionalmente a COFOPRI para realizar las acciones de saneamiento fisico legal de las posesiones informales ubicadas en las zonas afectadas por los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007; y, el articulo 4º senala que COFOPRI ejecuta las acciones de saneamiento fisico legal y titulacion de los poseedores damnificados que han sido reubicados en los terrenos a que se refiere la Ley Nº 29398; Que, la Unica Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29802, establece que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicta las disposiciones reglamentarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la citada Ley, y, adicionalmente, la Primera Disposicion

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