Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2012 (26/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2012

Otorgan Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Comendador"
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2012-TR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 VISTO: Con fecha 23 de MORDAZA de 2012, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ambito empresarial, sindical y academico vinculadas al MORDAZA laboral, delibero y aprobo por unanimidad la postulacion del senor MORDAZA MORDAZA Yamada Fukusaki para recibir la Condecoracion de la Orden del Trabajo, en el grado de Comendador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 3° y 21° del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro MORDAZA y su Condecoracion se otorga por la realizacion de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el articulo 22° del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinteres, austeridad, abnegacion y sacrificios superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demas personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) Todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las Instituciones del Sector Trabajo, tanto en el MORDAZA como en el extranjero; (ii) Haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) La inspiracion, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significacion para el progreso del Sector Trabajo; (iv) La produccion de trabajo o investigacion original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicacion contribuye significativamente al mejoramiento del Sector; y (v) El desempeno eficiente en comision de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social; Que, de acuerdo a los terminos de la propuesta, el senor MORDAZA MORDAZA Yamada Fukusaki es un reconocido economista, que durante los ultimos 15 anos, se desempeno como investigador en temas de empleo y economia laboral, pobreza, crecimiento y desarrollo economico, educacion, gasto publico y objetivos de desarrollo del milenio y politicas sociales; Que, en merito a su connotada trayectoria y vastos conocimientos en economia laboral ha ejercido importantes cargos, como economista MORDAZA del BID, Economista Fiscal del Fondo Monetario Internacional, consultor del Banco Mundial e investigador visitante en el Institute for Internacional Economic Studies de Tokio. Asimismo, fue Viceministro de Promocion Social del Ministerio de Trabajo y Promocion Social entre MORDAZA del ano 1996 y MORDAZA del ano 1998, en cuya gestion se implemento el Programa de Capacitacion Laboral Juvenil - Pro Joven, el Programa Femenino de Consolidacion del Empleo - PROFECE y el Programa de Autoempleo y Microempresa - PRODAME para la formalizacion de las microempresas, y se dio inicio al Programa ProEmpleo que busco mejorar el encuentro entre la oferta y la demanda de trabajo a nivel nacional. Asimismo, con la finalidad de producir informacion estadistica del MORDAZA de trabajo, propicio la publicacion de analisis economicos del MORDAZA de trabajo a traves de boletines de economia laboral trimestral - BEL e informes estadisticos mensuales - IEM; Que, su dinamismo en la investigacion durante los ultimos 15 anos y la MORDAZA practica de difusion de conocimientos en materia de economia, educacion y empleo, se ven reflejadas en el ejercicio de la catedra universitaria, siendo Vicedecano de la Facultad de Economia de la Universidad del MORDAZA, profesor del Departamento Academico de Economia y miembro del Centro de Investigacion de dicha Universidad, ademas de ser profesor visitante en la Universidad de Trento, Italia; asi como en la copiosa produccion bibliografica en materia de analisis economico del MORDAZA de trabajo, importante material bibliografico que conlleva a una seria reflexion sobre lo que falta por hacer para mejorar la situacion del empleo en el Peru, y que a su

vez propone temas que deben ser considerados en el diseno de una politica publica dirigida hacia un empleo de calidad con proteccion social e inclusion laboral de aquellos sectores mas vulnerables del pais; Que, las referencias expuestas constituyen servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 3° del Decreto Ley N° 20585; el articulo 4º del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo Nº 00374-TR; y el numeral 4 del articulo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar la Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Comendador" al senor MORDAZA MORDAZA YAMADA FUKUSAKI, extendiendose el Diploma correspondiente. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 793661-5

Otorgan Condecoracion de la Orden del Trabajo en el Grado de "Comendador"
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2012-TR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2012 VISTO: Con fecha 23 de MORDAZA de 2012, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ambito empresarial, sindical y academico vinculadas al MORDAZA laboral, delibero y aprobo por unanimidad la postulacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para recibir la Condecoracion de la Orden del Trabajo, en el grado de Comendador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 3° y 21° del Reglamento de la "Orden del Trabajo", aprobado por Decreto Supremo N° 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro MORDAZA y su Condecoracion se otorga por la realizacion de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el articulo 22° del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinteres, austeridad, abnegacion y sacrificios superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demas personas; y que constituyen servicios meritorios: (i) Todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las Instituciones del Sector Trabajo, tanto en el MORDAZA como en el extranjero; (ii) Haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) La inspiracion, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta significacion para el progreso del Sector Trabajo; (iv) La produccion de trabajo o investigacion original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicacion contribuye significativamente al mejoramiento del Sector; y (v) El desempeno eficiente en comision de excepcional importancia o beneficio de las relaciones de trabajo o de la Seguridad Social; Que, de acuerdo a los terminos de la propuesta, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA es una insigne promotora del trabajo en igualdad de oportunidades para las poblaciones vulnerables; madres jefes de familia, discapacitados y mujeres de la tercera edad; desde hace cinco anos viene promoviendo la creacion de la Red Latinoamericana de Mujeres de Empresa con el objetivo

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