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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478326 Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; artículos 2º literal a) y 12º literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto y demás normas pertinentes, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de mayo de 2012, llevada a cabo en el Auditorio del Gobierno Regional de Loreto, sito en la Av. Abelardo Quiñones Km. 1.5 y contando con siete (07) votos a favor y dos (02) votos de abstención por parte de los Consejeros Regionales: José Francisco Quispe Farro y Luis Manuel Gastelú Rodríguez, representantes de las provincias de Maynas y Requena y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta; acordó por mayoría lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO - GOREL A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO NANAY, PARA FINANCIAR LA EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL 100% DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA PLAZA DE ARMAS DE LA LOCALIDAD DE SANTA MARÍA - DISTRITO DE ALTO NANAY”, POR LA SUMA DE NOVECIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 73/100 NUEVOS SOLES (S/. 990,848.73), INCLUIDO IGV, AL HABER CUMPLIDO CON EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE Y CONTAR CON TODO EL SUSTENTO TÉCNICO LEGAL. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de Loreto, efectuar la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional, en el portal Web del GOREL: www.regionloreto.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNALDO MORÍ VELA Presidente del Consejo Regional de Loreto 863518-2 Modifican conformación de la Comisión de Entrega de Información y de Elaboración del Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Loreto (Se publica la presente resolución a solicitud del Gobierno Regional de Loreto, mediante Carta Nº 026- 2012-GRL-ORA, recibida el 8 de noviembre de 2012) RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1259- 2011-GRL-P Belén, 12 de octubre del 2011 Visto, el Memorando Nº 822-2011-GRL-P, de fecha 13 de setiembre de 2011, remitido por el Presidente Regional, referente a la modifi cación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 791-2011-GRL-P, de fecha 14 de julio de 2011, respecto a la conformación de la Comisión de Entrega de Información y de Elaboración del Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 791- 2011-GRL-P, de fecha 14 de julio de 2011, se designó a los miembros integrantes de la Comisión de Entrega de Información y de Elaboración del Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Loreto, conformada por el Abog. Teddy Manuel Rengifo Soto; la Abog. Lira Reátegui Pinedo (Miembro Alterno) y el Ing. Michael Isidro Sibina Alván (Responsable del Portal Web); Que, mediante el documento del Visto de la presente Resolución, el Presidente del Gobierno Regional de Loreto, ha dispuesto a la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, efectuar los trámites administrativos correspondientes, para modifi car la Resolución Ejecutiva Regional Nº 791- 2011-GRL-P, de fecha 14 de julio de 2011, respecto a la conformación de la Comisión de Entrega de Información y de Elaboración del Portal de Transferencia, la misma que estará conformada por el Ing. Luis Enrique Armas Ramírez; la Abog. Lira Reátegui Pinedo (Miembro Alterno) y el Ing. Michael Isidro Sibina Alván (Responsable del Portal Web); Estando a lo dispuesto; con las visaciones de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; Ofi cina Regional de Administración; Gerencia General Regional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 002-2010-GRL-CR, de fecha 08 de enero de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- MODIFICAR el Artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 791- 2011-GRL-P, de fecha 14 de julio de 2011, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, modifi cación que tendrá el tenor literal siguiente: “Artículo 1º.- DESIGNAR a los miembros integrantes de la Comisión de Entrega de Información y de Elaboración del Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Loreto, la misma que estará conformada de la siguiente manera: - Ing. Luis Enrique ARMAS RAMIREZ - Abog. Lira REATEGUI PINEDO (Miembro Alterno) - Ing. Michael Isidoro SIBINA ALVÁN (Responsable del Portal Web)”. Artículo 2º- Transcribir la presente Resolución a las instancias correspondientes para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YVAN E. VÁSQUEZ VALERA Presidente 863518-3 Designan Procurador Público Ad Hoc del Gobierno Regional de Loreto RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 715-2012-GRL-P. Belén, 17 de agosto del 2012 VISTO, el Informe Nº 954-2012-GRL-ORAJ, de fecha 1 de agosto del 2012, emitido por el Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Loreto y demás antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 77º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece las condiciones para la designación de los servidores de carrera, así como del personal ajeno a la carrera administrativa, para desempeñar cargos de confi anza en la Administración Pública; Que, el artículo 21º inciso c) de la Ley Nº 27867 — Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, faculta al Presidente Regional, designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confi anza del Gobierno Regional; Que, mediante el informe de visto, el Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Loreto, luego de evaluar el Informe Nº 001-2012- GRL-CEADLPPR, emitido por el “Equipo de Trabajo de Evaluación Administrativa” en la que se aprecia que la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Loreto, viene tramitando gran cantidad de casos en materia penal y constitucional, los mismos que también por los funcionarios involucrados y montos de fondos públicos comprometidos, requieren de una especial atención, razón por la cual entre otras consideraciones opina que se debería designar un Procurador Público Ad Hoc en materia penal y constitucional;