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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 126

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478328 asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Convención Interamericana contra la Corrupción, suscrita el 29 de marzo de 1996 en Caracas en la República de Venezuela, ratifi cada por el Perú, mediante Decreto Supremo Nº 012-97-RE, de fecha 21 de marzo de 1997, tiene como objetivo aglutinar los esfuerzos de los países del continente americano, miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) en prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción. Que, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, tiene el objetivo de implementar medidas preventivas, fortalecer la transparencia de los actos públicos, estimular la participación de la sociedad en la correcta gestión de los asuntos y el uso de los bienes públicos, y sugerir la armonización de legislaciones penales nacionales. Además tiene como objetivo implementar políticas públicas efi caces en materia de prevención y de medidas para combatir la corrupción. La Convención fue suscrita el 31 de octubre de 2003 y ratifi cada por el Perú el 16 de octubre de 2004, mediante Decreto Supremo Nº 075-2004-RE y vigente desde el 14 de diciembre de 2005; Que, el 31 de octubre de 2003, la Asamblea General de las Naciones Unidas, proclamó el 9 de diciembre como “DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN”, con la fi nalidad de aumentar la sensibilización sobre dicha práctica, así como del papel que puede desempeñar esta convención para combatir y prevenir la corrupción. Que, el Estado Peruano cuenta con una vasta legislación orientada a la lucha contra la corrupción, entre las principales, tenemos, la Ley Nº 26771, Ley Contra el Nepotismo, Ley Nº 27658, Ley Marco de I11 Modernización del Estado, Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley Nº 29542, Ley de Protección del Denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración efi caz en el ámbito penal; Que, en el Segundo Congreso Nacional del ANCOR llevado a cabo en la Ciudad de Iquitos del 23 al 27 de Setiembre del 2012, el pleno ha acordado una lucha frontal contra la corrupción para el cual debe establecerse de manera obligatoria el Consejo Regional de Anticorrupción, acuerdo que tienen carácter vinculante entre los integrantes de los Consejos Regionales del Perú, por lo que siendo un pleno de máxima instancia organizacional, es vital la aplicación en cuanto corresponde. Que, siendo de necesidad impostergable iniciar el proceso de lucha frontal contra la corrupción, a través de la construcción de una visión estratégica que permita anticiparse y construir futuro desde el presente, con iniciativas en la prevención de la corrupción orientadas a la sensibilización, educación, organización y participación desde los espacios de la familia, de la educación básica, tecnológica y universitaria y de la comunidad en general; asimismo contando con el Dictamen favorable de la Comisión Ordinaria de Fiscalización, Anticorrupción y Ética del Consejo Regional de Pasco, respecto a la aprobación de la Ordenanza Regional para declarar el 09 de diciembre de todos los años como el “DIA CONTRA LA CORRUPCION”. Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DECLARESE en el ámbito de la Región Pasco, el día 09 de diciembre de todos los años como el “DIA CONTRA LA CORRUPCION”, con la fi nalidad de luchar frontalmente contra la corrupción en todas sus formas, y promover la sensibilización contra dicho fl agelo en el marco legislativo nacional e internacional. Artículo Segundo.- DISPONER que las instituciones públicas del ámbito regional, realicen actividades que sensibilicen, eduquen y generen reflexión sobre el impacto negativo de la corrupción. Artículo Tercero.- EXHORTAR al sector privado y a la sociedad civil a sumarse a la campaña de sensibilización y educación contra la corrupción. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Ejecutivo Regional, reglamente mediante Decreto Regional, las especificaciones para el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional así como su publicación en el diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Pasco, para el conocimiento de toda la Región Pasco Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil doce. SIMÓN FIDEL ASTETE BENITES Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil doce. KLEVER U. MELENDEZ GAMARRA Presidente 862960-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Rectifican el plano de zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza Nº 1081- MML ORDENANZA N° 1636 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre de 2012, el Dictamen Nº 110-2012-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO SAN JUAN DE LURIGANCHO, APROBADO POR ORDENANZA N° 1081-MML Artículo Primero.- Rectifi car el Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo del Distrito de San Juan de Lurigancho (Anexo Nº 01) aprobado con Ordenanza Nº1081-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre del 2007, de Zona de Recreación Pública (ZRP) a Comercio Vecinal (CV) al predio de 1,150m2 (conformado por los lotes de 720 m2 y 420 m2) ubicado en las manzanas T8A y T9A del Sector II Barrio 3 Ciudad Mariscal Caceres; según el gráfi co que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, el mismo que será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www munlima.gob.pe). Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de