Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2012 (09/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 125

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, efectivamente, resulta necesario contar con personal tecnico especializado que coadyuve de manera efectiva y eficaz en la defensa juridica de los derechos e intereses del Gobierno Regional de MORDAZA en casos penales y constitucionales, casos que actualmente estan a cargo de la Procuraduria Publica del Gobierno Regional de MORDAZA, y que pasarian a ser asumidos de manera especial y especifica por un Procurador Publico Ad Hoc, con la finalidad de salvaguardar de forma mas eficiente y eficaz los intereses de la entidad, evitando de ese modo el peligro de indefension en que podria incurrir la defensa juridica del Estado; Que, la designacion se realizaria en concordancia con lo establecido en el articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 1068 del Sistema de Defensa Juridica del Estado que indica que, los Procuradores Publicos Ad Hoc asumen la defensa juridica del Estado en los casos que la especialidad asi lo requiera y su designacion es de caracter temporal; Estando a lo expuesto, y contando con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Oficina Regional de Administracion y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, y; En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 002-2010-GRL-CR, de fecha 08 de enero de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir del 20 de agosto de 2012, al senor abogado Handhy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de confianza Nivel F-6, como Procurador Publico AdHoc del Gobierno Regional de MORDAZA, funcion que desempenara Ad Honorem, para que ejerza la defensa juridica del Gobierno Regional de MORDAZA en los casos Penales y Constitucionales; Articulo 2º.- El funcionario comprendido en el articulo 1º de la presente Resolucion, al termino de la designacion, concluye su vinculo laboral con la institucion por ser ajeno a la MORDAZA administrativa. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento del Consejo de Defensa Juridica del Estado, la presente resolucion para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 863520-1

Que, el numeral 201.1 del Articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Estando a lo expuesto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 002-2010-GRL-CR, de fecha 08 de enero de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECTIFICAR el Articulo 1º de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 715-2012-GRL-P, de fecha 17 de agosto del 2012, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion, rectificacion que tendra el tenor literal siguiente: "Articulo 1º.- Designar a partir del 28 de agosto de 2012, al senor abogado Handhy MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza como Procurador Publico Ad Hoc del Gobierno Regional de MORDAZA, funcion que desempenara ad honorem, para que ejerza la defensa juridica del Gobierno Regional de MORDAZA en los casos Penales y Constitucionales". Articulo 2º.- Dejar subsistente y sin modificacion alguna lo demas que contiene la Resolucion Ejecutiva Regional Nº715-2012-GRL-P, de fecha 17 de agosto del 2012. Registrese, comuniquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 863520-2

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Declaran el 9 de diciembre como el "Dia contra la Corrupcion" en el ambito de la Region Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 315-2012-G.R. PASCO/CR Cerro de Pasco, 16 de octubre del 2012. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesion Ordinaria de fecha diez de octubre del dos mil doce. CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica y financiera, un pliego presupuesta; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y. el literal a) del articulo 15º de la misma MORDAZA, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los

Rectifican la Res. Nº 715-2012-GRLP en lo relativo a fecha de inicio de , designacion de Procurador Publico Ad Hoc del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 837-2012-GRL-P MORDAZA, 28 de agosto del 2012 Visto, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 715-2012GRL-P, de fecha 17 de agosto de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional de Visto, se dispuso en el "Articulo 1º.- Designar, a partir del 20 de agosto de 2012, al senor abogado Handhy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de confianza Nivel F-6, como Procurador Publico Ad Hoc del Gobierno Regional de MORDAZA, funcion que desempenara ad honorem, para que ejerza la defensa juridica del Gobierno Regional de MORDAZA en los casos Penales y Constitucionales"; Que, por error material se agrego en el Articulo senalado en el considerando anterior la frase "...Nivel F-6..." y como fecha de inicio de designacion "...a partir del 20 de agosto de 2012...", debiendo la primera frase no consignarse por no corresponder al contexto de la Resolucion de Visto y tenerse como fecha correcta "...a partir del 28 de agosto de 2012...";

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