Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2012 (09/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

478333

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Delegan al Gerente Municipal la facultad de resolver recursos de apelacion en MORDAZA instancia administrativa de solicitudes de acceso a la informacion publica y modifican MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-2012-MSB-A San MORDAZA, 31 de octubre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Memorandum Nº524-2012-MSB-SG de la Secretaria General de fecha 06 de setiembre de 2012, el Informe N°457-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 11 de octubre de 2012, el Memorandum N°865-2012-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 16 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 6° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N°27972, el MORDAZA es el representante legal de la Municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa, estableciendo el articulo 20° las atribuciones de su competencia; Que, el numeral 20° del articulo 20° de la Ley N° 27972, otorga al MORDAZA la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; concordante a ello el articulo 74° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el MORDAZA de desconcentracion, por el cual la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los mandos administrativos se desconcentra en otros jerarquicamente dependientes de aquellos; Que, mediante Memorandum N°524-2012-MSB-SG, la Secretaria General, senala la necesidad de efectuar la delegacion de la facultad de resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia, los recursos de apelacion que se interpongan dentro del procedimiento sobre solicitudes de acceso a la informacion publica que se siguen ante la Secretaria General; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N°457-2012-MSB-GAJ, ha evaluado la propuesta normativa de la Secretaria General, y opina por la procedencia legal de la delegacion de facultades solicitada; Que, de acuerdo al numeral 5° del articulo 38° de la Ley N° 27444, toda modificacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitacion, o requisitos, en el caso de las Municipalidades deben aprobarse a traves de Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoria Juridica, acorde a la normatividad precitada, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972. RESUELVE: Articulo Primero.- DELEGAR en el Gerente Municipal la facultad de resolver, en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, los recursos de apelacion del procedimiento administrativo de solicitudes de acceso a la informacion publica, a traves de la expedicion de Resoluciones de Gerencia Municipal. Articulo Segundo.- La delegacion de facultades a que se refiere el presente Decreto de Alcaldia, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo Tercero.- APROBAR la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional de

acuerdo a lo dispuesto en el Articulo Primero del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planificacion Estrategica, a traves de la Unidad de Racionalizacion efectuar la modificacion y actualizacion pertinente del Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional. Articulo Quinto.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. La Gerencia de Tecnologias de la Informacion queda encargada de efectuar su publicacion en el MORDAZA Institucional asi como en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE. Articulo Sexto.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a lo establecido en el presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 863417-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban modificacion del Reglamento de Aplicacion de Sanciones - RAS y Cuadro de Infraccion y Sanciones - CIS de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 015-2012-MDSL San MORDAZA, 8 de noviembre de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA VISTO: El Informe Nº 174-2012-GM-MDSL, de fecha 07NOV2012 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 4072012-GAL-MDSL de la Gerencia de Asesoria Legal, Informe Nº 174-2012-GR-MDSL de la Gerencia de Rentas e Informe Nº 268-2012-SGFT-GR-MDSL de la Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria, todos referidos al Proyecto de Modificacion del Cuadro de Infraccion de Sanciones ­ CIS de la Municipalidad de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 119-MDSL; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º la Constitucion Politica concordante con lo dispuesto en el articulo II de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 119-MDSL se aprueba el MORDAZA Reglamento de Aplicacion de Sanciones ­ RAS y Cuadro de Infraccion de Sanciones ­ CIS de la Municipalidad de San Luis; Que, el articulo 46º de la Ley Nº 27972, senala que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar (...).- Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion (...)"; Que, el literal a) del numeral 6) del articulo 10º de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones establece taxativamente: "Si como consecuencia de la fiscalizacion posterior se constata que el proyecto y/o la ejecucion de las obras se realizan infringiendo las normas anteriormente citadas, la municipalidad podra disponer la adopcion de medidas provisionales de inmediata ejecucion que puede consistir

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