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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (09/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 140

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de noviembre de 2012 478342 de América, bajo el lema “Recuperando un Espacio de Vida”. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 298- 2012-AL/RUV-MPB de fecha 31 de Mayo del 2012 se constituyó el Equipo Técnico de la Corporación edil, para el cumplimiento de la meta, indicada en el Decreto Supremo Nº 004-2012-MEF, teniendo a cargo, entre otras actividades, la selección de las avenidas y calles a ser utilizadas como Ciclovía Recreativa. Que, mediante Informe Nº 0372-2012-SGDC/JLMM- MPB la Sub Gerencia de Defensa Civil ha remitido el Plan de Emergencia de Defensa Civil, mediante Memorándum Nº 093-2012-MBB/GTSV-MPB ha remitido la ruta y el Plan de Desvíos de las rutas de transporte de pasajeros, mediante Memorándum Nº 0559-2012 -GSP-MPB, la Gerencia de Servicios Públicos ha presentado el Plan de ordenamiento del comercio ambulatorio para la ruta de la Ciclovía, y la Policía Nacional con Ofi cio Nº 535- 2012-REGION POLICIAL LIMA/DIVPOL-H-CB-SIAT ha presentado su Plan de Apoyo. Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica mediante Opinión Legal Nº 01039-2012-OAJ/MPB, de fecha 21 de Setiembre del 2012 indica que la implementación de este espacio importa la participación de diferentes entidades como es la Policía Nacional de Perú y la Municipalidad de Barranca, dado que las funciones son específi cas y compartidas en materia de seguridad y recreación, los alcances en la implementación del programa, debe realizarse en términos normativos de declaración y cumplimiento de la meta, dado que los acuerdos se circunscriben a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional tal como establece el Artículo 41º de la Ley Nº 27972. Que, después de algunas intervenciones del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de lo dispuesto el Artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Provincial de Barranca con el voto MAYORITARIO los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y Aprobación de Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- APROBAR la Implementación del Plan de Ciclovía Recreativa de Barranca, la que se denominará “Ciclovía Caralina de Barranca”, cuyo lema es “Recuperando un Espacio de Vida” en cumplimiento de la “Meta: Implementación de una Ciclovía Recreativa en el distrito de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio de Salud”, conforme el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012, según el Plan de Actividades, que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- APRUÉBESE el Plan de Desvíos de las rutas de transporte contenidas en el Plan de Rutas de la Provincia de Barranca, que forma parte del Plan que se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3º.- APRUÉBESE la ruta establecida en el Plan para uso exclusivo de la Ciclovía recreativa de Barranca, la que se inicia en el Jr. Castilla, intersección con las Calles Vilela y Progreso, continúa por el Jr. Gálvez, virando al Jr. Alfonso Ugarte, Jr. Arequipa (Plaza de Armas), Jr. Bolognesi, regresando al Jr. Gálvez hasta llegar a la intersección con el Jr. Miramar virando hacia el Oeste, fi nalizando en el Skate Park, vía que cuenta con una extensión de 2,194. Metros. Artículo 4º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social y Gerencia de Transporte el cumplimiento a lo que dispone la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los veintiséis días del mes de setiembre del dos mil doce. ROMEL ULLILEN VEGA Alcalde Provincial 863749-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL