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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de noviembre de 2012 478468 Aeroespacial - CONIDA, estableciendo entre otros los procedimientos administrativos que permitan garantizar una mejor orientación y servicio al público usuario; Que, a través Informe N° 017-2012-DRAC, la Dirección de Racionalización, órgano encargado de orientar y supervisar los procedimientos de simplifi cación administrativa y otros documentos de gestión institucional, opina que TUPA cumple con los requisitos técnicos para su aprobación; Con la visación de la Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Planifi cación y Racionalización y Ofi cina de Asesoría Jurídica de CONIDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, el artículo 38 de la Ley N° 27444, la Ley N° 29158 - Ley. Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 001-2011-DE - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del TUPA Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, que como Anexo N° 2 forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. El Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA a que se refi ere el artículo 1 del presente Decreto Supremo será publicado en Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (www.conida.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Artículo 3.- Derogación Derógase el Decreto Supremo N° 013-2007-DE que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA. Artículo 4.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 865501-2 Autorizan viaje de personal del CAEN a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 591-2012-DE/ Lima, 12 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Defensa de la República Argentina mediante Carta del 17 de octubre de 2012 invita al Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN), para que participen en el Primer Encuentro entre el CAEN – Perú y el Centro de Estudios Estratégicos para la Defensa “Manuel Belgrano” (CEEPADE), que se realizará en la Escuela de Defensa Nacional (EDENA), en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el día 15 de noviembre de 2012; Que, mediante Ofi cio 837-2012-MINDEF/EPG-CAEN/ DIR.GRAL del 24 de octubre de 2012 y FAX Nº 035 -2012- MINDEF/EPG-CAEN/DIR.GRAL del 05 de noviembre de 2012, el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN), solicita autorizar la participación del Doctor Alex Enrique Robertson Cáceres, Director Académico y del Doctor Eduardo Del Águila Horna, Director de Investigación Académica; Que, durante el desarrollo del mencionado evento internacional se tratarán temas relacionados con el intercambio de experiencias entre ambos centros académicos y la Escuela de Defensa Nacional (EDENA) así como acordar las actividades que se desarrollarán durante el año 2013, por lo que es de interés institucional autorizar la participación de los mencionados funcionarios en la indicada actividad; Que, la actividad antes mencionada no se encuentra prevista en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema N° 014 -2012 DE/ del 13 de enero de 2012 y sus modifi catorias aprobadas con Resolución Suprema Nº 017-2012 DE/SG del 20 enero de 2012, Resolución Suprema N° 284 -2012 DE del 21 de junio de 2012, Resolución Suprema Nº 384 -2012 DE del 27 de Agosto de 2012 y la Resolución Suprema N° 457 -2012 DE del 28 de setiembre de 2012, al haberse tomado conocimiento de la misma con posterioridad al inicio del trámite para su aprobación, sin embargo, en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia de las actividades que se desarrollarán, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fi n de prever la participación del personal autorizado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar la salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) posterior al evento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29605 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al Doctor Alex Enrique ROBERTSON CÁCERES, DNI N° 10299330, Director Académico y al Doctor Eduardo Aníbal DEL ÁGUILA HORNA, DNI N° 42808626, Director Administrativo del CAEN, para que participen en el Primer Encuentro entre el Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) y el Centro de Estudios Estratégicos para la Defensa “Manuel Belgrano” (CEEPADE), que se realizará en la Escuela de Defensa Nacional (EDENA), en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el día 15 de noviembre de 2012, así como autorizar su salida del país el 13 de noviembre de 2012 y su retorno el 16 de noviembre de 2012. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima – Buenos Aires (Argentina) – Lima: US$ 1,981.00 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 3,962.00 Viáticos: US$ 200.00 x 2 días x 2 personas US$ 800.00 Total : US$ 4,762.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.