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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (23/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2012 479218 Municipalidad Distrital de Jesús María, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial. Artículo Quinto.- DERÓGASE toda disposición que se oponga a la presente Directiva. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 869345-2 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aceptan donaciones efectuadas a favor de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2012/MLV La Victoria, 19 de noviembre de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 017-2012-CPPPAL/MLV emitido por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con el artículo 56º numeral 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de la municipalidad, los legados o donaciones que se instituyan en su favor, correspondiendo su aprobación al Concejo Municipal, de acuerdo al artículo 9º numeral 20) de la citada norma. Asimismo, el artículo 64º de la Ley Nº 27972 establece que las donaciones de bienes a favor de las municipalidades están exoneradas de todo impuesto; Que, la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto – establece en su artículo 17º que los recursos provenientes de donaciones y transferencias, salvo en el caso de operaciones de libre disponibilidad que contemple el Marco Macroeconómico Multianual de acuerdo a l programa económico del gobierno, sólo se presupuestan cuando se suscriban o emitan los respectivos instrumentos bancarios y/o fi nancieros de acuerdo a la legislación aplicable, o se celebre el contrato o convenio pertinente; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable serán aprobadas por Resolución del Titular de la entidad o Acuerdo de Concejo en el caso de los gobiernos regionales y del Concejo Municipal en el caso de los gobiernos locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicho dispositivo, según corresponda debe publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT’s); Que, mediante cartas que forman parte integrante del presente Acuerdo de Concejo, las empresas Grupo Inmobiliario Gallardo Barahona S.A., EMCH Servicios Ecológicos SAC e Inmobiliaria Siete EIRL comunican la aprobación de la donación de dinero en efectivo por los montos de S/.60,000.00; S/.10,000.00 y S/.5,000.00 respectivamente, en atención a lo solicitado mediante sendas cartas remitidas por la Municipalidad de La Victoria, en las cuales requieren apoyo económico a dichas empresas para culminar la obra “Mejoramiento de la Infraestructura de la Plaza Manco Cápac y Áreas aledañas, distrito de La Victoria – Museo a cielo abierto”; Que, al respecto la Subgerencia de Tesorería mediante Informe Nº 573-2012-SGT/MLV y la Gerencia de Finanzas mediante Memorándum Nº 639-2012-GF/MDLV, han informado que las empresas antes mencionadas han efectuado los depósitos por los montos referidos previamente, los cuales suman un total de S/.75,000.00 (setenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles), tal como consta en los recibos de caja Nº 045149-2012, Nº 049531- 2012 y Nº 032101-2012; Que, en atención a lo expuesto la Subgerencia de Presupuesto y Estadística y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante informes Nº 258-2012-GPP- SGPE-MDLV y Nº 217-2012-GPP-MDLV, respectivamente, que la donación que ofrecen las personas jurídicas antes mencionadas cuentan con el respaldo técnico legal correspondiente en la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto –, precisando que a efectos de proceder a su incorporación en el presupuesto institucional de la Municipalidad resulta necesario contar con el Acuerdo de Concejo que acepte las mismas, a fi n que posteriormente se emita la Resolución de Alcaldía que autoriza su desagregación en el presupuesto, con el instrumento fi nanciero respectivo que sustente que la donación se hizo efectiva; Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales glosadas, contando con el pronunciamiento favorable de la Gerencia Municipal mediante Proveído Nº 4808 y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 422-2012GAJ/MLV, así como de las gerencias y subgerencias citadas previamente; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – el Concejo Municipal por unanimidad; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aceptar las donaciones que efectúan a favor de la Municipalidad de La Victoria las personas jurídicas: Grupo Inmobiliario Gallardo Barahona S.A., EMCH Servicios Ecológicos SAC e Inmobiliaria Siete EIRL, por un monto total de S/.75,0000.00 (sesenta y cinco mil y 00/100 nuevos soles) conforme se detalla en los considerandos del presente. Dichas donaciones serán destinadas a la obra denominada “Mejoramiento de la Infraestructura de la Plaza Manco Cápac y Áreas aledañas, distrito de La Victoria – Museo a cielo abierto”, por lo que se faculta al señor Alcalde a suscribir toda documentación e instrumentos legales que resulten necesarios para el cumplimiento y formalización de las donaciones que se reciben. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a las gerencias de Finanzas, de Planeamiento y Presupuesto y de Administración, que efectúen el registro correspondiente de las donaciones dinerarias que se reciben, así como que ejecuten las acciones pertinentes de acuerdo a sus competencias y atribuciones que permitan asegurar el cumplimiento de lo dispuesto. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo de Concejo de conformidad con lo establece el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley del Sistema Nacional de Presupuesto –. Artículo Cuarto.- Agradecer a las empresas Grupo Inmobiliario Gallardo Barahona S.A., EMCH Servicios Ecológicos SAC e Inmobiliaria Siete EIRL por las donaciones efectuadas a favor de la Municipalidad, con lo cual han contribuido con el mejoramiento urbanístico y la difusión de la cultura en el distrito de La Victoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 869960-1