Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2012 (23/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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educativos comunitarias con capacidades para el manejo de las metodologias de ensenanza y evaluacion, Actividad 5.001384, y por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Presupuesto UNS; Que, dada la importancia de la participacion del senor Rector de la UNS en el evento MORDAZA senalado, el Consejo Universitario en su Sesion Ordinaria Nº 19-2012, de fecha 27 de setiembre de 2012, acordo autorizar su viaje, concediendole la licencia por los dias 27 al 30 de noviembre de 2012, cuatro (04) dias de viaticos internacionales (que incluye 01 dia por gastos de instalacion y traslado), pasajes terrestres (Chimbote-Lima-Chimbote), pasajes aereos (LimaMiami-Lima), y el pago por derecho de inscripcion; Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado en el Consejo Universitario, en su Sesion Ordinaria Nº 19-2012, de fecha 27 de setiembre de 2012, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 0022006 y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 23733; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje del senor Ms. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad Nacional del MORDAZA, a la MORDAZA de Miami USA, los dias 27 al 30 de noviembre de 2012, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR al senor M.Sc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicerrector Academico de la Universidad, asumir durante los referidos dias, las funciones del Rector Titular, incluida la representacion legal de la Universidad. Articulo 3º.- La Universidad Nacional del MORDAZA cubrira los gastos siguientes: - Viaticos (4 dias a $ 220,00 por dia) - Pasajes Terrestres Chimbote-Lima-Chimbote - Pasajes Lima-Miami-Lima - Derecho de inscripcion : : : : US$ 880,00 S/. 180,00 US$ 1 319,00 US$ 2 124,00

VISTA la solicitud de renovacion de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, formulada por MORDAZA MORDAZA Chaparro MORDAZA, representante de la empresa encuestadora GfK - Conecta S.A.C. ANTECEDENTES Mediante Resolucion Nº 224-2004-JNE, de fecha 14 de octubre de 2004, se inscribio a Conecta Asociados S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras con Partida Registral Nº 083-REE/JNE. Posteriormente, el MORDAZA Nacional de Elecciones expidio la Resolucion Nº 176-2006-JNE, del 24 de febrero de 2006, que renueva su inscripcion. Por MORDAZA vez, el 19 de noviembre de 2009, con la Resolucion Nº 793-2009-JNE, se renovo la inscripcion, cambiandose su denominacion social a la de GfK - Conecta S.A.C. El 5 de noviembre de 2012, la gerente de GfK Conecta S.A.C. solicito la renovacion de su inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los articulos 178.1 y 178.3 de la Constitucion Politica y el articulo 5.g de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el JNE mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion. Asimismo, establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, mediante la Resolucion Nº 50112010-JNE, se aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), en el cual se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales, que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. El articulo 7 del Reglamento establece los requisitos para la renovacion de inscripcion, dentro de los cuales se debe presentar MORDAZA actualizada de la ficha registral expedida por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, la ficha RUC expedida por la Superintendencia de Administracion Tributaria y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente. 3. Se advierte que la solicitante ha cumplido con presentar la MORDAZA de la ficha registral correspondiente a la Partida Nº 11484450, la ficha RUC Nº 20506019517, y la MORDAZA de pago de la tasa correspondiente; asimismo, se ha constatado la necesidad de actualizar la informacion registrada previamente. En consecuencia, corresponde renovar la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras a GfK - Conecta S.A.C. en la Partida Registral Nº 083-REE/JNE, asi como actualizar los datos correspondientes al nombre, direccion de correo electronico y numeros de telefono y fax de dicha encuestadora. La renovacion de inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion, conforme con el articulo 5 del Reglamento. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la Presidencia del doctor MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- RENOVAR la inscripcion de GfK - Conecta S.A.C. en la Partida Registral Nº 083REE/JNE, del Registro Electoral de Encuestadoras, la cual debera actuar de acuerdo con el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras y las demas normas electorales pertinentes.

Articulo 4º.- PRECISAR que, dentro de los quince dias calendarios siguientes de efectuado el viaje, se debera presentar a la Institucion un informe detallado, describiendo las acciones realizadas durante el evento mencionado, juntamente con la entrega de la rendicion de cuentas correspondientes a los montos entregados. Articulo 5º.- El egreso que ocasione la aplicacion de la presente resolucion, se afectara en la Meta Nº 06 Especialistas, docentes y promotores educativos comunitarias con capacidades para el manejo de las metodologias de ensenanza y evaluacion, Actividad 5.001384, y por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2012 del Pliego 536 de la Universidad Nacional del Santa. Articulo 6º.- LA presente resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 870009-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Renuevan inscripcion de GfK - Conecta S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 1050-A-2012-JNE Expediente Nº J-2012-01486 MORDAZA, ocho de noviembre de dos mil doce.

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