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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (23/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2012 479207 de los tipos de bienes muebles vigentes; precisando que en dicho consolidado no se encuentran los tipos de bienes excluidos; Que, con la fi nalidad de facilitar su uso y fácil manejo, resulta necesario que el Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado se encuentre consolidado en un sólo documento a fi n de que sirva de herramienta de consulta, en donde se contemple la relación de los tipos de bienes muebles vigentes, desde su aprobación inicial hasta la fecha, ordenados por grupo genérico y clase, cuyas denominaciones vienen utilizando las entidades públicas para la identifi cación de los bienes muebles de propiedad estatal, conforme el detalle siguiente: COMPENDIO DEL CATÁLOGO NACIONAL DE BIENES MUEBLES DEL ESTADO CODIGO GRUPO GENERICO CODIGO CLASE CANTIDAD DE TIPOS DE BIENES 04 AGRICOLA Y PESQUERO 22 EQUIPO 94 64 MOBILIARIO 18 11 A I R E ACONDICIONADO Y REFRIGERACION 22 EQUIPO 72 18 ANIMALES 78 PRODUCCION Y SEGURIDAD 8 25 ASEO Y LIMPIEZA 22 EQUIPO 34 64 MOBILIARIO 8 32 COCINA Y COMEDOR 22 EQUIPO 74 64 MOBILIARIO 26 39 CULTURA Y ARTE 22 EQUIPO 150 64 MOBILIARIO 51 46 ELECTRICIDAD Y ELECTRONICA 22 EQUIPO 73 53 HOSPITALIZACION 22 EQUIPO 809 64 MOBILIARIO 132 60 INSTRUMENTO DE MEDICION 22 EQUIPO 568 67 M A Q U I N A R I A , VEHICULOS Y OTROS 04 AERONAVE 12 22 EQUIPO 353 29 FERROCARRIL 15 36 M A Q U I N A R I A PESADA 104 50 MAQUINA 406 64 MOBILIARIO 53 71 NAVE O A R T E F A C T O NAVAL 61 82 VEHICULO 39 74 OFICINA 08 COMPUTO 95 22 EQUIPO 85 64 MOBILIARIO 249 81 RECREACION Y DEPORTE 22 EQUIPO 101 64 MOBILIARIO 48 88 S E G U R I D A D INDUSTRIAL 22 EQUIPO 44 95 TELECOMUNI- CACIONES 22 EQUIPO 515 TOTAL 4 297 Que, conforme a la Resolución Nº 048-2011/SBN, de fecha 27 de julio de 2011, se delegó a la Dirección de Normas y Registro la facultad del Superintendente Nacional de Bienes Estatales contenida en el artículo 11º inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, a fi n que proceda a aprobar los fascículos anuales del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA y la Resolución Nº 158-97/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Compendio del Catálogo Nacional de Bienes Muebles del Estado” conforme el Anexo adjunto que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo señalado en el artículo anterior sea publicado en la Página Web de la SBN (www.sbn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR NEYRA CRUZADO Director de Normas y Registro 869379-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012” a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 311-2012-INEI Lima, 20 de noviembre del 2012 Visto el Ofi cio Nº 180-2012-PRODUCE/DVMYPE, del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de estadísticas básicas referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de obtener información básica y actualizada respecto a la identifi cación, cuantifi cación así como la actividad económica que desarrollan las cooperativas, a fi n de que sirva de instrumento para el diseño de planes estadísticos, programas y proyectos relacionados a su desarrollo productivo, económico, fi nanciero y social del sistema cooperativo; el mismo que permitirá interrelacionar a la empresa cooperativa con el Estado; Que, resulta necesario autorizar la ejecución del “Directorio Nacional de Cooperativas 2012”, a nivel nacional, así como aprobar los formularios respectivos y fi jar el plazo máximo de la entrega de la información solicitada, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001- PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;