Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2012 (23/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

479213

MORDAZA MORDAZA, Canad, Cumbil, San MORDAZA, quebradas Bramadero, Colorada, Las Gradas, Azufre y Cirato todos pertenecientes al Consejo de Recursos Hidricos de la MORDAZA Chancay MORDAZA a fin de que en los analisis como resultado de las labores de vigilancia y fiscalizacion se utilicen los parametros que realmente le corresponden; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 8º numerales 1), 6) y 8) establecen la participacion, eficiencia y sostenibilidad como los principios rectores de las politicas y de la gestion regional. Que, el Articulo 9º inc. g) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales senala como competencia constitucional de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades en materia de medio ambiente. Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 10, parrafo 2º, literal d) establece como competencia regional compartida la gestion sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental. Que, el Articulo 73º de la Ley Nº 29338 establece ad pedem litterae: "Los cuerpos de agua pueden ser clasificados por la Autoridad Nacional teniendo en cuenta la cantidad y calidad del agua, consideraciones hidrogaficas, las necesidades de las poblaciones locales y otras razones tecnicas que establezca". Esta MORDAZA establece que la Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA tiene la facultad exclusiva de realizar esta clasificacion, es por ello que atendiendo a la competencia, a la urgencia y a la necesidad el Consejo Regional de MORDAZA esta acudiendo a la autoridad designada por ley para que realice la correspondiente accion para la que se encuentra facultada. Que, en este sentido, el inc. a), del Articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que, estando a lo dispuesto por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA ha emitido la siguiente MORDAZA regional; SE ORDENA: Articulo Primero.- DISPONER que el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, a traves de su Secretaria, eleve a la Autoridad Nacional del Agua nuestra solicitud de categorizacion de los cuerpos de agua que no se encuentran registrados en la Resolucion Jefatural Nº 202-2010-ANA compuestos por los MORDAZA Cedro, Pisit, MORDAZA MORDAZA, Canad, Cumbil, San MORDAZA, quebradas Bramadero, Colorada, Las Gradas, Azufre y Cirato y otros que estuvieran en similar condicion, como el mar de San MORDAZA, el mar de MORDAZA, el rio Motupe, entre otros. Articulo Segundo.- RECOMENDAR que la Autoridad Nacional del Agua mediante la Direccion de Gestion de la Calidad de los Recursos Hidricos, SUSPENDA las autorizaciones emitidas mediante las Resoluciones Directorales Nos. 089 y 090-2012-ANA-DGCRH, en tanto se realice la clasificacion correspondiente. Articulo Tercero.- RECOMENDAR que la Autoridad Local del Agua - ALA y el Consejo de Recursos Hidricos de la MORDAZA Chancay-Lambayeque de manera formal, MORDAZA MORDAZA y eleven a la Autoridad Nacional del Agua nuestro pedido de categorizacion de los cuerpos de agua que no se encuentran registrados en la Resolucion Jefatural Nº 202-2010-ANA senalados en el articulo anterior. Articulo Cuarto.- PUBLIQUESE el texto de la presente ordenanza en el MORDAZA de Transparencia de la pagina web institucional y en el diario oficial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 869434-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Desconcentran la facultad de conocer en primera instancia las solicitudes presentadas por los administrados en los procedimientos regulados por el MORDAZA, asi como los recursos de reconsideracion en las unidades organicas de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2012-MDI Independencia, 19 de noviembre del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTOS, los proveidos Nº 1640-2012-GM/MDI y 16912012-GM/MDI, Informe Nº 994-2012-GAL/MDI CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, senala que los organos de gobierno local son las Municipalidades provinciales y distritales, las cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia lo cual es concordante con lo dispuesto en el articulo II del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y que dicha autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 61.2 del articulo 61, de la Ley del procedimiento administrativo General ­ Ley Nº 27444" Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su mision y objetivos, asi como para la distribucion de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia". Que, el numeral 20 del articulo 20 de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades; otorga al MORDAZA la facultad de delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal, texto concordante con el articulo 27 y 39 de la citada MORDAZA cuando senala que la administracion municipal esta bajo la direccion y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicacion exclusiva designado por el MORDAZA, las gerencias resuelven los aspectos administrativos a su cargo a traves de resoluciones y directivas, respectivamente. Que, resulta necesario desconcentrar a la Alta Direccion de los procesos decisorios y se transfieran las facultades de gestion, resolutivas y administrativas a los niveles de inferior jerarquia, reservandose al Despacho de Alcaldia los aspectos generales de normatividad, supervision, coordinacion, fiscalizacion y evaluacion de resultados; liberandolo de todo MORDAZA de rutinas de ejecucion y de tareas de mera formalizacion de actos administrativos. Que, asimismo se debe reforzar la capacidad de gestion de los organos desconcentrados, mediante la transferencia de atribuciones, competencias y funciones con el objeto de que un mayor numero de organos pueda atender, tramitar y resolver las cuestiones que les MORDAZA sometidas por los interesados a traves de la desconcentracion de la facultad de resolver los recursos impugnativos que desempena el titular de la entidad, a las autoridades jerarquicamente inferiores. Que, mediante Ordenanza Nº 266-MDI, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad distrital de Independencia, como instrumento normativo de la gestion institucional que establece la estructura organica y funciones generales de los organos que conforman la Municipalidad Distrital de

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