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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (23/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de noviembre de 2012 479216 a) Multas impuestas hasta el año 2008 : 95% de descuento b) Multas impuestas los años 2009 y 2010: 90% de descuento c) Multas impuestas los años 2011 y 2012: 85% de descuento d) Multas por construir sin licencia (cualquier año): 50% de descuento. El pago de la multa no exime al administrado del cumplimiento de la medida correctiva que corresponda. Artículo Sétimo.- Benefi cio de gastos y costas procesales Por cada expediente coactivo, se aplicará por concepto de gastos y costas procesales los montos que se detallan a continuación, en función al monto de la deuda: a) Deuda hasta S/. 1,000.00: S/. 15.00 (Quince y 00/100 Nuevos Soles). b) Deuda de S/. 1,000.01 S/. 30.00 (Treinta y 00/100 a S/.2,000.00: Nuevos Soles). c) Deuda mayor a S/.2,000.00: S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Octavo. - Reconocimiento de deuda El pago de las deudas tributarias y administrativas con los benefi cios establecidos en la presente ordenanza implica el desistimiento automático de los recursos pendientes de atención, de reconsideración, reclamación y/o apelación ante la administración. Cuando la deuda se encuentre impugnada ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, deberán presentar copia del cargo del escrito de desistimiento presentado ante los órganos competentes respectivos en el plazo de 30 días hábiles de haberse acogido al benefi cio, de lo contrario se revertirá el benefi cio aplicado y se procederá a imputar en la deuda del obligado el monto cancelado como pago a cuenta. Artículo Noveno.- Deudas en ejecución coactiva Las deudas que se encuentren en cobranza por la vía coactiva habiéndose ordenado dentro del correspondiente procedimiento el inicio de la ejecución forzosa de alguna medida cautelar, no gozarán de los benefi cios otorgados por la presente Ordenanza. Las deudas que se encuentren en proceso de revisión judicial del procedimiento de ejecución coactiva y/o Queja ante el Tribunal Fiscal, gozarán de los benefi cios previstos en la presente Ordenanza, pero deberán presentar el original del escrito con fi rma legalizada del titular o representante, de desistimiento de la queja ante el Tribunal Fiscal y de la pretensión ante el Poder Judicial. Artículo Décimo.- Facultades delegadas Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza así como para disponer la prórroga correspondiente. Artículo Undécimo.- Vigencia La presente Ordenanza rige desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano hasta el 07 de diciembre del 2012, inclusive. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 869346-1 Autorizan viaje de regidora a Argentina, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 052-2012-MDJM Jesús María, 20 de noviembre del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTO; en sesión ordinaria de Concejo de la fecha; con el voto mayoritario de los señores Regidores, con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 17 de setiembre del 2012, el Sr. Francisco Gutiérrez, Intendente del Municipio de Quilmes, ha cursado la invitación formal para que el Alcalde de la Municipalidad o un representante participe en la 17º Cumbre de la Red de MERCOCIUDADES, denominada “Hacia una Cultura de Integración Regional” a realizarse en la ciudad de Quilmes, Buenos Aires, República Argentina, los días 28, 29 y 30 de noviembre del 2012; Que, mediante Informe Nº 00101-2012-MJM/GPP/ SGPIPCTyPE de fecha 06 de noviembre del 2012, la Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, Cooperación Técnica y Proyectos Especiales informó que la participación de la Municipalidad en la Cumbre pretende la búsqueda y el hallazgo de un futuro más promisorio para las generaciones futuras, haciendo prevalecer las soluciones conjuntas para los problemas comunes y desarrollar un rol más relevante en los procesos de integración y en las agendas internacionales; Que, el Despacho de Alcaldía, considerando la importancia del mismo, ha recomendado que la Regidora María Monserrat Antonia Benavides Alegría asista en su representación al citado evento; Que, el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades dispone que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país, que en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realice el Alcalde y cualquier otro funcionario; Que, la Ley Nº 27619 establece las normas que regulan la autorización de viajes al exterior de funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público, en concordancia con la Ley de Presupuesto y las normas de austeridad vigentes. Que, mediante Memorándum Nº 211-2012-GPP/MDJM del 09 de noviembre del 2012, la Gerencia Planeamiento y Presupuesto ha determinado que los gastos que irroga la asistencia al referido evento, comprende pasajes de ida y vuelta, cuyo monto total asciende a S/. 2,211.30; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 2601-2012-MDJM-GPP de fecha 19 de noviembre del 2012, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva de acuerdo a la cadena de gasto siguiente: Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados, Meta 03, Partida Específica: 2.3.2.1.1.1, Pasajes y Gastos de Trasporte (Monto S/. 2,211.30); Que, con Informe Nº 1534-2012-MDJM-GAJyRC del 08 de noviembre del 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina se autorice por excepción el viaje al exterior de la Regidora María Monserrat Antonia Benavides Alegría a la ciudad de Quilmes, Buenos Aires, República Argentina; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9 de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, arribo al siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZASE, por excepción, el viaje en representación y comisión de servicios a la señora María Monserrat Antonia Benavides Alegría, Regidora de la Municipalidad Distrital de Jesús María, a la ciudad de Quilmes, Buenos Aires, República Argentina, del 28 al 30 de noviembre del 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Los costos que se deriven de la presente comisión de servicios serán fi nanciados con cargo a los recursos según se detalla en la parte considerativa del presente Acuerdo, ascendiendo al monto de S/. 2,211.30; Artículo Tercero.- La citada funcionaria efectuará al Concejo Municipal un informe sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios.