Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2012 (23/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES
ANEXO 01: 00 - Recursos Ordinarios

479205

incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 934-2010/ MINSA se modifica el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago mas adecuados para el financiamiento de las prestaciones que se cubran en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 240-2009/ MINSA, asi como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el MORDAZA de reestructuracion y adecuacion del SIS a su MORDAZA rol de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, en los Convenios de Gestion para la Implementacion, Desarrollo y Ejecucion del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud, suscrito entre el SIS y la Region de MORDAZA para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atencion, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, de acuerdo al parrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su titulo VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone: "La Oficina de Administracion del SIS (OA), a traves de los sistemas administrativos, formalizara la operacion bancaria para el pago del subsidio a traves de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nacion a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS"; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 646-2012-SIS/OGPPDO, aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestal N° 00759 y 00760 para el pago de los subsidios por sepelio; asimismo, mediante el Memorando N° 655-2012-SIS/OGPPDO aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestal N° 00779 y 00794 para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de transferencias a Nivel de Componente, Finalidad y Fuente de Financiamiento para el mes de noviembre de 2012; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgo y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12° de la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 88'760,545.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de noviembre 2012, detallados en el Anexo 01, 02 y 03 que forman parte integrante de la presente Resolucion, segun el siguiente detalle:

{

Transferencia Tarifada

S/. 88'101,377.00 85'019,751.00 2'295,998.00 785,628.00

Transferencia No Tarifada ANEXO 02: ANEXO 03: 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL Capitado

S/. 659,168.00 S/. 88'760,545.00

Articulo 2°.- Aprobar la liquidacion de la produccion MORDAZA del mes de setiembre 2012 por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 63/100 NUEVOS SOLES (S/. 34'812,664.63) detallada en el Anexo 04 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma total de DOS MILLONES NOVENTA Y DOS MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 95/100 NUEVOS SOLES, (S/. 2'092,054.95) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios y 09-Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de noviembre 2012, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 2'087,754.95 S/. 4,300.00 S/. 2'092,054.95

Articulo 4°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolucion Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relacion a los programas no estrategicos debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud en su Region, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 5°.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como publicar en el MORDAZA institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolucion y sus Anexos 01, 02, 03 y 04. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 870140-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban Decimoquinto Fasciculo y modifican el Catalogo Nacional de Bienes Muebles del Estado
DIRECCION DE NORMAS Y REGISTRO RESOLUCION Nº 002-2012/SBN-DNR San MORDAZA, 15 de noviembre de 2012

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