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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de noviembre de 2012 479624 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 para financiar el pago de la asignación excepcional y extraordinaria a docentes y auxiliares de educación estatal a que se refiere la Ley N° 29934 DECRETO SUPREMO N° 236-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29934, Ley que otorga una Asignación Excepcional y Extraordinaria a Docentes y Auxiliares de Educación Estatal, se autorizó la entrega de una asignación excepcional y extraordinaria por única vez, hasta por el monto de S/. 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de los docentes y auxiliares de educación de instituciones educativas públicas a nivel nacional, de la educación básica y de la educación técnico productiva; que se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Pliego Ministerio de Educación, hasta por un monto de S/. 107 000 000,00 (CIENTO SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, para el fi nanciamiento de la entrega de la asignación antes señalada, el artículo 4° de la Ley N° 29934, exceptuó al Ministerio de Educación de lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 y del literal c) del numeral 41.1 del artículo 41° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a fi n de efectuar las modifi caciones presupuestarias necesarias; Que, el artículo 5° de la Ley N° 29934 autorizó al Ministerio de Educación para que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas y por el Ministerio de Educación, a propuesta de este último, realice una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2012 a favor de los gobiernos regionales, según corresponda, vía modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, para lo cual debe contar con el informe previo y favorable de la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación; asimismo, el Ministerio de Educación debe contar previamente con la opinión de la Dirección General de Presupuesto Público respecto de la disponibilidad de recursos para el fi nanciamiento de la asignación y con la opinión de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos vinculada a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 301-2012-MINEDU/SPE-UP, señala que cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por el monto de S/. 107 000 000,00 (CIENTO SIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento de la entrega de la asignación excepcional y extraordinaria por única vez, de S/. 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de docentes y auxiliares de la educación básica y de la educación técnico productiva, de instituciones educativas públicas, de las unidades ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educación y Gobiernos Regionales; Que la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 665-2012-EF/53.01, ha validado el registro de 57 820 docentes y auxiliares de las unidades ejecutoras del Pliego 010 Ministerio de Educación, correspondiéndoles el fi nanciamiento de S/. 17 256 752,00 (DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto de asignación excepcional y extraordinaria; así como de 294 838 docentes y auxiliares de Gobiernos Regionales, a quienes correspondería el fi nanciamiento de S/. 87 762 027,00 (OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES) por el citado concepto; Que, con Ofi cio Nº 2262-2012-MINEDU/SG, la Secretaría General del Ministerio de Educación solicitó la autorización de una transferencia de recursos para fi nanciar el pago de la asignación excepcional y extraordinaria para docentes y auxiliares de Gobiernos Regionales, a que hace referencia el artículo 5° de la Ley N° 29934 y que de acuerdo a lo registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, asciende a S/. 87 762 027,00 (OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con la Ley Nº 29934, Ley que otorga una asignación excepcional y extraordinaria a docentes y auxiliares de educación estatal; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 87 762 027,00 (OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento de la entrega de la asignación excepcional y extraordinaria por única vez a 294 838 docentes y auxiliares de instituciones educativas públicas a nivel nacional, de la educación básica y de la educación técnico productiva, de diversos Gobiernos Regionales, a la que se refi ere la Ley Nº 29934, conforme al Anexo “Transferencia de Partidas del Ministerio de Educación, a favor de Gobiernos Regionales”, que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa PROGRAMA PRESUPUESTAL 043 : Logros de aprendizaje de los estudiantes de II Ciclo de educación Básica Regular PROYECTO 2145808 : Construcción y equipamiento de Instituciones Educativas para el II Ciclo de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 87 762 027,00 TOTAL EGRESOS 87 762 027,00 A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 87 762 027,00 TOTAL EGRESOS 87 762 027,00