Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2012 (29/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de noviembre de 2012

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Convocan a Elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 30- 2012-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 26 de noviembre del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTOS: El Informe Nº 103-2012-GPV-MSS de la Gerencia de Participacion Vecinal, el Informe Nº 868-2012GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante los cuales se propone la Convocatoria a Elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 39° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldia; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, el Articulo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS que regula el procedimiento de Constitucion, Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales; establece que el MORDAZA mediante Decreto de Alcaldia convoca a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales, con una anticipacion no menor de 60 dias calendarios y MORDAZA del 31 de diciembre de cada ano; Que, mediante Informe Nº 868-2012-GAJ-MSS del 14.11.2012, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la emision del Decreto de Alcaldia que disponga la convocatoria a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales para el periodo 2013, teniendo en cuenta que los candidatos deberan adecuarse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 401-MSS; Que, asimismo, senala que el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, refiere en su Articulo 14º numeral 3, 3.2 sobre difusion de los proyectos de normas legales de caracter general, que se exceptua su aplicacion cuando: "la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de MORDAZA, considere que la prepublicacion de la MORDAZA es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interes publico". En tal sentido, el cronograma electoral propuesto, es complemento de lo detallado en el Articulo 9º de la Ordenanza Nº 401-MSS, publicada el 16.10.2011; Estando al Informe N° 868-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las atribuciones conferidas en los Articulos 20° numeral 6) y 39° de la Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a Elecciones de Representantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de MORDAZA de MORDAZA, para el dia 23 de Marzo de

2013, desde las 09:00 hasta la 13:00 horas, para lo cual se debera de cumplir con el siguiente cronograma electoral:
CRONOGRAMA ELECTORAL Inscripcion de Listas de Candidatos 01 al 15 Febrero de 2013 Publicacion del Listado Provisional de 18 al 22 de Febrero de 2013 Candidatos Formulacion de Tachas 25 al 27 de Febrero de 2013 Resolucion de Tachas 28 de Febrero al 06 de marzo de 2013 Publicacion de Listado Definitivo de 07 al 22 de Marzo de 2013 Candidatos Acto Electoral 23 de Marzo de 2013 de 09:00 ­ 13:00 horas Publicacion de Resultados 25 de Marzo de 2012

Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente a la Subgerencia de Gestion Documental, Gerencia de Participacion Vecinal, Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Comite Electoral, respectivamente. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General efectue la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asimismo debera publicarse en el MORDAZA Web de la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo Cuarto.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente MORDAZA en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme lo prescribe el Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP-Lineamientos para la implementacion del MORDAZA de Transparencia Estandar en las entidades de la Administracion Publica aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

871666-1

Institucionalizan la realizacion del Festival Gastronomico denominado "Con Sabor a Surco"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 31-2012-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 26 de noviembre del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE SURCO: VISTOS: El Memorandum Nº 541-2012-GCII-MSS de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Memorando N° 443-2012-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 086-2012SGPRA-GPP-MSS de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion, el Informe N° 249-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el Informe N° 3802012-SGDE-GDU-MSS de la Subgerencia de Desarrollo Economico, el Informe N° 760-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico;

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