Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2012 (06/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

475841

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Modifican Directiva que regula los Procesos de Validacion Prestacional del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 152-2012/SIS MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 VISTOS: El Proveido Nº 90-2012-SIS/GNF-GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de Prestaciones y la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe Nº 231-2012-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud (SIS), como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, calificado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM como Organismo Publico Ejecutor, cuya mision es captar y administrar los recursos destinados al financiamiento de las prestaciones de salud individual, incluidas en los planes de beneficios, con la finalidad de coberturar los riesgos en salud de la poblacion asegurada a nivel nacional de conformidad con la politica del Sector; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, senala que el Aseguramiento Universal en Salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y de dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, el articulo 7º de la acotada Ley, considera al Seguro Integral de Salud como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) tienen la MORDAZA para contratar con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) de su eleccion para la conformacion de sus redes de prestacion de servicios de salud; asimismo en el articulo 140º del acotado Reglamento, faculta a las IAFAS a contar con un sistema de tarifas y mecanismos de pago por los servicios de salud brindados a sus afiliados en las IPRESS, de acuerdo con los convenios suscritos o las regulaciones legales vigentes; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 007-2012SA, faculta al Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS, a establecer un sistema de tarifas y mecanismos de pago en el MORDAZA de los convenios de comun acuerdo suscritos con las IPRESS o de las normas legales vigentes; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 056-2011/ SIS se aprobo la Directiva Nº 002-2011-SIS-GO, "Directiva que regula los Procesos de Validacion Prestacional del Seguro Integral de Salud", con la finalidad de contribuir con la implementacion del Tarifario del SIS y el adecuado control de las prestaciones brindadas a los asegurados/inscritos en el SIS, en el MORDAZA de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud; Que, por Resolucion Jefatural Nº 052-2011/SIS se modifico la precitada Directiva Nº 002-2011-SIS-GO, incluyendo en el rubro 10. Disposiciones Finales, el numeral 10.4, el cual establece que para el caso de las prestaciones realizadas en el MORDAZA de convenios de pago por capitado con las UE/DISA/DIRESA/GERESA/ Gobierno Regional u otros convenios que el SIS proponga,

el MORDAZA de validacion prestacional, se regira bajo los mecanismos de control establecidos por el SIS para tal fin, los que deberan estar estipulados en las clausulas del propio convenio; Que, conforme al documento de vistos de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y la Gerencia de Negocios y Financiamiento, resulta necesario modificar la Directiva Nº 002-2011-SIS-GO, "Directiva que regula los Procesos de Validacion Prestacional del Seguro Integral de Salud", aprobada por Resolucion Jefatural Nº 0562011/SIS, a efecto de adicionar un numeral en el rubro 10. Disposiciones Finales, en el que se establezca que el MORDAZA de validacion y control de las prestaciones realizadas en el MORDAZA de convenios y/o contratos con establecimientos de salud y servicios medicos de apoyo publicos, privados o mixtos, debera regirse bajo lo estipulado en las clausulas del propio convenio o contrato; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Directiva Nº 002-2011-SISGO, "Directiva que regula los Procesos de Validacion Prestacional del Seguro Integral de Salud", aprobada con Resolucion Jefatural Nº 056-2011-SIS, adicionandose en el rubro 10. Disposiciones Finales, el numeral 10.5, con el texto siguiente: (...) "10.5. Para el caso de las prestaciones realizadas en el MORDAZA de convenios o contratos que el Seguro Integral del Salud - SIS suscriba con establecimientos de salud y servicios medicos de apoyo publicos, privados o mixtos, el MORDAZA de validacion prestacional se regira bajo los mecanismos de control establecidos por el SIS para tal fin, los que deberan estar estipulados en las clausulas del propio convenio o contrato". Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, coordinar las acciones necesarias para la implementacion y ejecucion de la modificacion efectuada en el Articulo precedente. Articulo 3º.- La presente Resolucion Jefatural tiene vigencia a partir de la fecha de su emision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud (e) 849985-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican Procedimiento de Supervision de la Operatividad del Servicio de Alumbrado Publico aprobado mediante la Res. Nº 078-2007-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 224-2012-OS/CD MORDAZA, 24 de setiembre de 2012

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.