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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (06/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2012 475836 en Salud – DARES, es un órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, que se encarga de la programación, adquisición, almacenamiento y distribución de recursos estratégicos como son: productos farmacéuticos, insumos médicos y odontológicos, material de laboratorio, material de ayuda al diagnóstico, instrumentales y equipos médicos y odontológicos no considerados como inversión, así como plaguicidas y productos veterinarios de uso en salud, para la red asistencial de salud pública a nivel nacional, que garantice la calidad y precios, que aseguren la accesibilidad de éstos a la población; Que, el artículo 15° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017 y sus modifi catorias, señala que “Los procesos de selección son: licitación pública, concurso público, adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía, los cuales se podrán realizar de manera corporativa o sujeto a las modalidades de selección de Subasta Inversa o Convenio Marco, de acuerdo a lo que defi na el Reglamento. En el Reglamento se determinará las características, requisitos, procedimientos, metodologías, modalidades, plazos, excepciones y sistemas aplicables a cada proceso de selección.”; Que, el artículo 80° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modifi catorias, dispone que “Las Entidades podrán contratar bienes y servicios en forma conjunta, a través de un proceso de selección único, aprovechando los benefi cios de las economías de escala, en las mejores y más ventajosas condiciones para el Estado.”; Que, el artículo 85-A del referido Reglamento, establece que “Las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado están facultadas a establecer, mediante Resolución del Titular de la Entidad, la relación de bienes y servicios que se contratarán a través de compra corporativa, debiendo señalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, así como las obligaciones y responsabilidades de estas últimas.”; Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, mediante Informe N° 043-2012- DIGEMID-DAUM-ACCESO/MINSA, indica que en el marco de lo dispuesto en la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico-Quirúrgicos – SISMED, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 1753-2002-SA/DM, la adquisición de medicamentos e insumos médico-quirúrgicos del SISMED, podrán ser adquiridos mediante compra nacional, observando las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y sus modifi catorias; Que, el numeral 7.4.2 de la precitada Directiva establece que mediante la compra nacional se adquieren los medicamentos e insumos médico-quirúrgicos de mayor consumo en los establecimientos de salud y de impacto en el presupuesto nacional, correspondiendo a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, defi nir el listado de medicamentos e insumos médico-quirúrgicos que serán objeto de la compra nacional; Que, la citada Dirección General mediante Informe N° 044-2012-DIGEMID-DAUM-ACCESO/MINSA, señala que de acuerdo a la información contenida en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, en el periodo de Enero a Diciembre del año 2008, el Ministerio de Salud, EsSalud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, así como los Gobiernos Regionales, realizaron 3472 procesos de compra para adquisición de materiales e insumos médicos-quirúrgicos valorizados en 258 millones de nuevos, evidenciándose que como resultado de los procesos de compra por cada Unidad Ejecutora, el problema identifi cado es el incremento en la variabilidad de los precios de adquisición de material e insumo médico-quirúrgicos, originado la existencia de (i) Compras fragmentadas realizadas por cada Unidad Ejecutora; (ii) falta de estandarización en las especifi caciones técnicas de los bienes a adquirir; y (iii) poca capacidad de negociación para conseguir mejores precios; Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID manifi esta que como alternativa propone la realización de la primera Compra Corporativa de Dispositivos Médicos para el abastecimiento del año 2013, la cual permitirá: - Contribuir a mejorar su disponibilidad en los establecimientos de salud al tener un abastecimiento sostenido. - Aplicación de controles de calidad previa a su entrega. - Fortalecer el poder de negociación del Estado como comprador, aprovechando la economía de escala. - Obtener los mejores precios del mercado, lo cual permitirá mejorar su acceso a la población y disminuir la variación de sus precios a nivel nacional. - Ahorro de recursos fi nancieros y humanos destinados para la realización de proceso individuales de cada Unidad Ejecutora, lo que signifi caría la disminución de un número considerable de procesos de selección; Que, la mencionada Dirección General precisa que para la defi nición del listado de bienes a ser considerados para la compra corporativa para el abastecimiento del año 2013, se tomaron en cuenta los siguientes criterios: (i) Clasifi cación de los bienes como dispositivo médico; y (ii) Representatividad del requerimiento (en cantidades y/o valores); Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID indica que para la defi nición del listado de Entidades participantes en el proceso de selección a través de la primera compra corporativa de dispositivos médicos para el abastecimiento del año 2013, se ha considerado la relación de las Entidades incluidas en el consolidado total del requerimiento, entre las cuales se encuentran las Direcciones de Salud - DISAS, Institutos Especializados y Hospitales del Ministerio de Salud, así como Seguro Social de Salud - EsSalud, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Instituto Nacional Penitenciario – INPE y el Hospital Municipal de Los Olivos, las Direcciones Regionales de Salud -DIRESAS y Gerencias Regionales de Salud - GERESAS; Que, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID y con la fi nalidad de cumplir los objetivos que permitan ejecutar las políticas públicas en materia de Salud, a cargo del Ministerio de Salud, es pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente que autorice la realización de la primera compra corporativa de dispositivos médicos para el abastecimiento del año 2013; Con el visado del Director General (e) de la Dirección General Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, y sus modifi catorias, y en el uso de la facultad establecida en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Listado de Dispositivos Médicos para la Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2013, el cual se encuentra en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Aprobar el Listado de Entidades participantes en la Compra Corporativa de Dispositivos Médicos para el abastecimiento del año 2013, el cual se encuentra en el Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Encargar a la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES, que efectúe la coordinación y consolidación de los requerimientos de las Entidades participantes, así como la ejecución del proceso de selección mediante Compra Corporativa para la adquisición de Dispositivos Médicos para el abastecimiento del año 2013. Artículo 4°.- Las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Dispositivos Médicos para el abastecimiento del año 2013, se obligan a adquirir directa y exclusivamente la propiedad de los bienes que les corresponda como resultado del otorgamiento de la buena pro de los procesos de selección que se efectúen, así como de las demás obligaciones que se deriven de los contratos que suscriban. Artículo 5°.- Las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Dispositivos Médicos para el abastecimiento del año 2013, deberán comunicar al Ministerio de Salud sus requerimientos de bienes