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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (06/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de octubre de 2012 475835 Que, tratándose del proyecto de “Plan de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Infraestructura de las Comisarías PNP a Nivel Nacional” propuesto, se advierte que este último da cuenta del procedimiento seguido para la estimación de la Demanda de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, los plazos a aplicar por cada una de las actividades a realizar, el cronograma de las actividades para la ejecución del gasto, y en sus anexos, la distribución de los recursos para el mantenimiento preventivo y correctivo por Unidades Ejecutoras, Direcciones Territoriales y Comisarías, derivada del análisis de la demanda realizado para dicho efecto; Que, respecto del documento denominado “Plan de Monitoreo y Seguimiento del Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Infraestructura de las Comisarías PNP a Nivel Nacional”, propuesto por la Dirección de Infraestructura de la Dirección General de Gestión en Administración, mediante Ofi cio Nº 618-2012-IN-DGA- DI, se verifi ca que este instrumento tiene por objeto establecer las pautas metodológicas, criterios técnicos, procedimientos y orientaciones generales para el monitoreo y evaluación de la ejecución de los recursos asignados por el Decreto Supremo Nº 058-2011, para lo cual establece mecanismos de seguimiento y evaluación de las acciones de mantenimiento de la infraestructura y equipamiento a través de un Comité, que estará integrado por un representante de la Dirección de Infraestructura y un representante de la Dirección de Logística de la Policía Nacional del Perú; Que, en consecuencia, atendiendo a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto, respecto de los documentos antes referidos, los mismos que regulan diversos aspectos que constituyen condiciones necesarias para la ejecución de los recursos asignados, conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 058-2011; resulta legalmente viable efectuar la aprobación de los mismos mediante la Resolución Ministerial respectiva, al encontrarse dichos instrumentos enmarcados en las normas legales y reglamentarias vigentes, que sirven de marco legal para su aplicación; Que, de acuerdo con lo señalado en los Informes Técnicos Nº 18-2012-IN-DGPP-DPP y Nº 049-2012- IN-DGPP-DPP de la Dirección General de Gestión en Planifi cación y Presupuesto, y el Informe Nº 758-2012-IN- OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior – Ley Nº 29334, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior – Decreto Supremo Nº 002-2012- IN, el Decreto de Urgencia Nº 058-2011 y el Decreto de Urgencia Nº 016-2012; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 055-2012-IN/0301 de fecha 27 de enero de 2012, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar la Directiva sobre “Normas y Procedimientos para la Ejecución del Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Infraestructura de Comisarías bajo la modalidad de encargo”, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Aprobar el “Plan de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Infraestructura de las Comisarías PNP a Nivel Nacional”, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4.- Aprobar el “Plan de Monitoreo y Seguimiento del Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Infraestructura de las Comisarías PNP a Nivel Nacional”, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General disponer las acciones necesarias a efectos que se cumpla con efectuar la publicación de la Resolución Ministerial y los instrumentos que ésta aprueba en la página web del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 850070-1 SALUD Aprueban Listado de Dispositivos Médicos para la Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2013 y Listado de Entidades participantes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 790-2012/MINSA Lima, 5 de octubre del 2012 VISTO, los Expedientes N° 12-085599-001, N° 12- 085599-002, que contienen los Informes N° 043-2012- DIGEMID-DAUM-ACCESO/MINSA y 044-2012-DIGEMID- DAUM-ACCESO/MINSA y las Notas Informativas N° 355-2012-DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/MINSA y 371- 2012-DIGEMID-DG-DAUM-ACCESO/MINSA, emitidos por la Dirección de Acceso y Uso de Medicamentos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley 27657, Ley del Ministerio de Salud, señala que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 3° de la citada Ley, establece que dentro de la competencia de rectoría sectorial del Ministerio de Salud, se encuentra el análisis, formación y evaluación de las políticas públicas de salud, así como la articulación de recursos y actores públicos y privados intra e interinstitucionales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las políticas públicas de salud, siendo la promoción en el ahorro de los precios de los medicamentos, un objetivo dentro de las políticas de Salud, que ejecuta el Ministerio de Salud, los cuales están destinados a permitir que la población pueda acceder a éstos a menor precio; Que, el numeral 3 del artículo 4° de la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, defi ne al dispositivo médico como cualquier instrumento, aparato, implemento, máquina, reactivos o calibrador in vitro, aplicativos informático, material u otro artículo similar o relacionado, previsto por el fabricante para ser empleado en seres humanos, solo o en combinación, para uno o más de los siguientes propósitos específi cos: (i) Diagnóstico, prevención, monitoreo, tratamiento o alivio de una enfermedad; (ii) diagnóstico, monitoreo, tratamiento, alivio o compensación de una lesión, entre otros; Que, el numeral 3 del artículo 28° de la mencionada Ley N° 29459, establece como uno de los fundamentos básicos para el acceso a los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, que los precios sean asequibles, el cual se ejecuta promoviendo y desarrollando mecanismos para lograr economías de escala mediante compras corporativas y diversas modalidades de compra; Que, el artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modifi catorias, establece que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, es el órgano técnico-normativo en los aspectos relacionados a las autorizaciones sanitarias de medicamentos, otros productos farmacéuticos y afi nes, certifi cación, el control y vigilancia de los procesos relacionados con la producción, importación, distribución, almacenamiento, comercialización, promoción, publicidad, dispensación y expendio de productos farmacéuticos y afi nes, así como de contribuir al acceso equitativo de productos farmacéuticos y afi nes de interés para la salud, efi caces, seguros, de calidad y usados racionalmente; Que, el artículo 78-A del citado Reglamento, establece que la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos