Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2012 (06/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que el articulo 1° de la Ley N.° 29518 otorga a los transportistas que presten el servicio de transporte terrestre publico interprovincial de pasajeros o el servicio de transporte publico terrestre de carga, por el plazo de tres (3) anos, contados desde la vigencia del reglamento de dicha ley, el beneficio de devolucion por el equivalente al treinta por ciento (30%) del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que forme parte del precio de venta del petroleo diesel; Que mediante Decreto Supremo N.° 145-2010-EF se aprobo el Reglamento de la ley MORDAZA citada; Que el articulo 4° del Reglamento de la Ley N.° 29518 establece el procedimiento para la determinacion del monto a devolver, para lo cual se debera calcular, respecto de cada mes comprendido en la solicitud, el equivalente al treinta por ciento (30%) del monto del ISC que forme parte del precio de venta que figure en los comprobantes de pago o notas de debito emitidos en el mes que sustenten la adquisicion de combustible. Agrega que para dicho calculo, en el caso de adquisiciones de combustible a proveedores que no MORDAZA sujetos del ISC asi como para efecto del limite MORDAZA de devolucion del mes, se requiere la aplicacion de un porcentaje que represente la participacion del ISC sobre el precio por galon de combustible sujeto a devolucion, el cual sera determinado por la SUNAT; Que siendo el procedimiento MORDAZA descrito uno de caracter mensual, los porcentajes a determinar por la SUNAT deben obtenerse en funcion a la variacion del precio del combustible que se presente hasta el ultimo dia de cada mes; Que por otro lado, el articulo 6° del Reglamento de la Ley N.° 29518 dispone que la solicitud de devolucion y la informacion correspondiente a los meses de MORDAZA, agosto y septiembre de 2012 debera ser presentada hasta el ultimo dia habil del mes de octubre de 2012; Que conforme a lo indicado en los considerandos precedentes para poder solicitar la devolucion correspondiente a todo el trimestre es necesario establecer los porcentajes aplicables a cada uno de los meses comprendidos en el mismo; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello resulta impracticable debido a que para fijar el porcentaje correspondiente a septiembre de 2012 se debe considerar la variacion del precio del combustible que se produzca hasta el ultimo dia de dicho mes y a que a partir del mes de octubre de 2012 se puede solicitar la devolucion correspondiente a los meses de MORDAZA, agosto y septiembre de 2012; En uso de las facultades conferidas por el inciso b) del primer parrafo del numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de la Ley N.° 29518 aprobado por Decreto Supremo N.° 1452010-EF, y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, el articulo 5° de la Ley N.° 29816 y por el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO El porcentaje que representa la participacion del Impuesto Selectivo al Consumo en el precio por galon del combustible a que hace referencia el inciso b) del primer parrafo del numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de la Ley N.° 29518 aprobado por el Decreto Supremo N.° 1452010-EF es el siguiente: PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL ISC (%) 11.9 % 11.8 % 11.4 %

Dejan sin efecto designacion de auxiliares coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
INTENDENCIA REGIONAL MORDAZA RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 020-024-0000181/SUNAT MORDAZA, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, habiendose designado a Auxiliares Coactivos mediante la Resolucion de Intendencia Nº 020-0240000069 del 11 de marzo del 2010 y publicada el 20 de marzo del 2010 y mediante la Resolucion de Intendencia Nº 020-000000103 del 06 de MORDAZA del 2011 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de MORDAZA del 2011, para garantizar el normal funcionamiento de Cobranza Coactiva por la designacion de los mencionados profesionales como Ejecutores Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA resulta necesario dejar sin efecto dichas designaciones como Auxiliares Coactivos; Que, el articulo 4° de la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la designacion como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA, de los funcionarios que se indican a continuacion: N° 1 2 REG. APELLIDOS Y NOMBRES 7296 MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 7365 MORDAZA MORDAZA ALCAZAR, CHRISTIAM MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMA OYAMA Intendente Regional 850084-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Sancionan con destitucion a auxiliar de la Mesa de Partes Unica de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
INVESTIGACION Nº 526-2008-LIMA MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil doce. VISTA: La Investigacion numero quinientos veintiseis guion dos mil ocho guion MORDAZA seguida contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como auxiliar de la Mesa de Partes Unica de los Juzgados Penales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a merito de la

MES MORDAZA 2012 Agosto 2012 Septiembre 2012

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 850083-1

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