Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2012 (19/10/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

476583

Que, en cuanto al efecto de los precios de las importaciones sobre la RPN, se ha advertido que entre el primer semestre de 2008 y el primer trimestre de 2012, las importaciones objeto de dumping ingresaron al MORDAZA nacional con un importante nivel de subvaloracion en relacion con el producto nacional; no obstante, a pesar de ello, tal situacion no ha generado una contencion del precio de la RPN en dicho periodo. Por el contrario, el precio de la RPN ha evolucionado en linea con las fluctuaciones del costo de produccion, lo que le ha permitido mantener estables sus utilidades a lo largo del periodo analizado, en niveles superiores a 20%; Que, con relacion a las existencias del producto objeto de la investigacion, se ha constatado que la industria de ceramicos en China mantiene niveles reducidos de inventarios, no contandose con elementos o evidencias que indiquen que los mismos se incrementaran de manera previsible e inminente, pues no se proyecta una caida en el consumo interno de China, ni tampoco una contraccion de los envios chinos al MORDAZA externo; Que, tal como se explica en el Informe N° 023-2012/CFDINDECOPI, en lo referente al desempeno de la RPN, se ha verificado que, durante el periodo objeto de investigacion, asi como en el periodo posterior mas reciente, la misma no ha experimentado dano como consecuencia del ingreso de importaciones chinas a precios dumping. Ello pues, entre el 2008 y el primer semestre de 2011, los principales indicadores economicos de la RPN (produccion, utilizacion de la capacidad instalada, ventas en el MORDAZA interno, participacion de MORDAZA, nivel de empleo, productividad, salario y margen de utilidad) evolucionaron de manera favorable11. De igual manera, en el periodo posterior mas reciente (segundo semestre de 2011 a primer trimestre de 2012), los principales indicadores de la RPN han mostrado un desempeno positivo12; Que, para establecer si resulta previsible que la amenaza de dano invocada por la RPN se materialice de manera inminente, se ha estimado el nivel que podrian alcanzar las importaciones objeto de dumping en 2012 y 2013, a fin de determinar el efecto que las mismas podrian tener en el desempeno de la RPN en el futuro cercano; Que, en tal sentido, segun se detalla en el Informe N° 023-2012/CFD-INDECOPI, se ha proyectado que las importaciones objeto de dumping podrian experimentar crecimientos de 78.9% y 12.5%, para 2012 y 2013, respectivamente. No obstante ello, considerando el tamano proyectado del MORDAZA interno para ambos anos (11 836 y 12 736 MORDAZA de m2, respectivamente), no resulta previsible que el probable crecimiento estimado de tales importaciones, provoque un desplazamiento de las ventas internas de la RPN que genere un menoscabo en los principales indicadores economicos de la misma, pues se estima que las ventas de la RPN mantendran su tendencia creciente en dichos anos; Que, de igual forma, tampoco se ha encontrado indicios que permitan inferir que los precios internos de la RPN se veran afectados en el futuro cercano (2012 y 2013) por un eventual incremento de las importaciones objeto de dumping, pues no es previsible que el aumento de tales importaciones conlleve una reduccion del precio de las mismas. Ello, teniendo en cuenta que, durante el primer semestre de 2012, aun cuando las exportaciones mundiales de China se incrementaron significativamente, el precio de las mismas experimento un crecimiento importante. Asimismo, se ha constatado que, a pesar del importante nivel de subvaloracion del precio de las importaciones objeto de dumping que han ingresado al MORDAZA nacional, las mismas no han tenido un efecto negativo sobre los precios internos de la RPN, apreciandose mas bien que los productores nacionales han mantenido margenes de utilidad en niveles por encima del 20% a lo largo del periodo analizado; Que, en consecuencia, sobre la base de la informacion y pruebas que han sido aportadas por las partes y recogidas por la Comision en el curso de la investigacion, se concluye que no resulta previsible ni inminente que se materialice la presunta amenaza de dano alegada por la RPN. Siendo ello asi, carece de objeto analizar el requisito de causalidad establecido en la legislacion antidumping; Que, considerando lo expuesto, corresponde dar por concluido el presente procedimiento de investigacion sin la imposicion de derechos antidumping definitivos; Que, finalmente, resulta necesario indicar que la decision adoptada a traves de este pronunciamiento se MORDAZA en el analisis de los distintos indicadores economicos y financieros de la industria nacional, asi como en un analisis prospectivo de hechos previsibles e inminentes que podrian producirse en el MORDAZA nacional de revestimientos ceramicos. En tal sentido, nada obsta para que, de producirse cambios significativos en los hechos que sirven de base al presente

pronunciamiento, la industria nacional pueda invocar, en su oportunidad, que se investigue e impongan las medidas de defensa comercial que correspondan, conforme al MORDAZA normativo que rige la OMC; Que, la evaluacion detallada de los puntos senalados anteriormente esta contenida en el Informe Nº 0232012/CFD-INDECOPI, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion, de acuerdo a lo establecido el articulo 6.2 de la Ley Nº 27444, y es de acceso publico en el MORDAZA web del INDECOPI http://www.indecopi.gob.pe; De conformidad con el Acuerdo Relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, el Decreto Supremo Nº 006-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0042009-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1033; y; Estando a lo acordado unanimemente en su sesion del 05 de octubre de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluido el procedimiento de investigacion por practicas de dumping iniciado por Resolucion Nº 113-2011/CFD-INDECOPI publicada el 20 de agosto de 2011 en el Diario Oficial "El Peruano", sin la imposicion de medidas definitivas. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a las partes apersonadas al presente procedimiento. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" por una (01) vez, de conformidad con lo establecido en el articulo 33 del Decreto Supremo Nº 0062003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2009PCM.

11

Con relacion a la evolucion de los principales indicadores economicos de la RPN en el periodo objeto de investigacion, se ha constatado lo siguiente: · La produccion semestral de la RPN experimento un importante crecimiento de 40.5%, pasando de 3 749 a 5 270 MORDAZA de m2. · La tasa de utilizacion de la capacidad instalada registro un leve crecimiento de un punto porcentual, pese al importante incremento de la produccion. · Las ventas internas de la RPN registraron un importante crecimiento de 27%, lo cual coincidio con una caida de 11% en el volumen de importaciones objeto de dumping. · La participacion de MORDAZA de la RPN experimento un importante aumento, al pasar de 71% a 82%, lo cual coincidio con una caida de 2 puntos porcentuales de la participacion de MORDAZA de las importaciones objeto de dumping (al pasar de 9% a 7%). · El nivel de empleo de la RPN se incremento 11.7%, por lo cual la productividad (ratio entre el volumen de produccion y el numero de empleados) semestral de la RPN mostro un incremento de 2.05 a 2.58. · El salario promedio por trabajador se incremento 15.20%. · El margen de utilidad obtenido por las empresas de la RPN se mantuvo estable, registrando una leve caida de un punto porcentual.

12 Con relacion a la evolucion de los principales indicadores economicos de la RPN en el periodo posterior mas reciente (segundo semestre de 2011 a primer trimestre de 2012), se ha constatado lo siguiente: · La produccion de la RPN registro una leve caida de 3.4% en el MORDAZA semestre de 2011, seguida de una recuperacion de 2.8% en el primer trimestre de 2012. · La tasa de utilizacion de la capacidad instalada registro una caida de 4 puntos porcentuales en el MORDAZA semestre de 2011, seguida de una recuperacion de dos puntos porcentuales en el primer trimestre de 2012. · Las ventas internas de la RPN mantuvieron su tendencia creciente, apreciandose un incremento de 6.8% en el MORDAZA semestre de 2011 y de 10% en el primer trimestre de 2012. · La participacion de MORDAZA de la RPN mantuvo una evolucion favorable, ubicandose en niveles de 82% y 83% durante el MORDAZA semestre de 2011 y el primer trimestre de 2012, respectivamente. · El nivel de empleo de la RPN registro un aumento de 2.5% durante el MORDAZA semestre de 2011; no obstante, en el primer trimestre de 2012, dicho indicador registro una leve caida de 1.4%. Asimismo, en el MORDAZA semestre de 2011, el ratio de productividad de la RPN registro una ligera disminucion de 2.43, pero el mismo se recupero en el primer trimestre de 2012 alcanzando un ratio de 2.58. · El salario promedio por trabajador tambien mantuvo su tendencia creciente, experimentando un aumento de 5.9% en el MORDAZA semestre de 2011 y de 16.9% en el primer trimestre de 2012. · El margen de utilidad obtenido por las empresas de la RPN experimento un importante crecimiento de 6 puntos porcentuales en el MORDAZA semestre de 2011; y, con resultados parciales al primer trimestre de 2012, se aprecia que dicho indicador, si bien disminuyo, paso a ubicarse en niveles similares a los registrados los semestres anteriores.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.