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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2012 477043 o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 1/10/2012 al 15/10/2012 343 610 598 3 188 Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERÓN REGJO Viceministra de Economía 857128-1 EDUCACION Modifican nombre consignado en la R.S. N° 427 de fecha 10 de octubre de 1960 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 029-2012-ED Lima, 23 de octubre de 2012 Vistos; los Expedientes N°s 0060005-2012 y 0124290- 2012; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N° 427 del 10 de octubre de 1960 se resolvió expedir cédulas de cesantía a favor de la señora Rosa Isabel Torres Trauco de Salazar, ex auxiliar de la Escuela de 2° Grado N° 124 de Bongará- Chachapoyas, entre otros benefi ciarios; Que, según consta en los expedientes de vistos, el señor Humberto Salazar Torres, solicitó en nombre y representación de la referida administrada, la modifi cación de la precitada Resolución Suprema a fi n de rectifi car su segundo nombre, de acuerdo a su Documento Nacional de Identidad-DNI N° 06604075; Que, con Informe N° 285-2012-ME/SG-OGA-UPER, la Unidad de Personal del Ministerio de Educación concluye que procede modifi car la Resolución Suprema N° 427 en el sentido que el nombre de la titular es Rosa Ysabel Torres Trauco de Salazar, quedando subsistentes los demás extremos contenidos en la misma; Que, el artículo 25 del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripción en los Registros del Estado Civil; asimismo, el artículo 26 del referido Código señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Que, por su parte, el artículo 26 de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil-RENIEC, establece que el Documento Nacional de Identidad (DNI), es un documento público, personal e intransferible; y que constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que por mandato legal deba ser presentado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; SE RESUELVE: Artículo 1.- MODIFICAR el nombre consignado en el vigésimo cuarto párrafo del artículo 1 de la Resolución Suprema N° 427 de fecha 10 de octubre de 1960, siendo lo correcto consignar el de ROSA YSABEL TORRES TRAUCO DE SALAZAR, tal como fi gura en su Documento Nacional de Identidad, quedando subsistentes los demás extremos contenidos en la citada resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los actos administrativos que se deriven de la Resolución Suprema antes citada, se adecuarán a lo resuelto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 857579-2 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2012-IN Mediante Ofi cio Nº 899-2012-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 042-2012-IN, publicada en la edición del 21 de octubre de 2012. En la numeración de la Resolución Suprema: DICE: R.S. N° 042-2012-IN DEBE DECIR: R.S. N° 167-2012-IN 857580-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio a adquirir inmueble para la sede del Consulado General del Perú en Santiago de Chile DECRETO SUPREMO N° 047-2012-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado peruano establece, mantiene y busca incrementar sus relaciones internacionales con otros Estados; Que, es interés del Perú complementar el excelente nivel de relaciones político-diplomáticas y culturales existente con la República de Chile; así como contar con una ofi cina consular que brinde a los connacionales su atención, apoyo y asistencia, en un inmueble de fácil acceso y de preferencia cercana a las áreas de concentración de la población peruana, así como contar con las facilidades necesarias para el desarrollo de los servicios consulares y presentar las características de decoro propias de la representación nacional; Que, hasta el mes de agosto del 2012 el Consulado General del Perú en Santiago funcionó en un local arrendado, el mismo que a pesar de no contar con las condiciones óptimas para atender a los más de 120.000 connacionales que se encuentran dentro de su jurisdicción, fue arrendado por un monto mensual de US $ 3,200.00 (Tres mil doscientos y 00/100 dólares americanos); Que, atendiendo que el propietario del referido inmueble manifestó su intención de no renovar el contrato