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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (24/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2012 477044 de alquiler, la Misión Consular inició la búsqueda de un nuevo local, encontrando el inmueble sito en Calle Antonio Bellet N° 444, Comuna de Providencia, inscrito en fojas 83358, N° 126644 del Registro de Propiedad del año 2011 (Conservador de Bienes Raíces de Santiago), el cual ha sido alquilado (con opción de compra durante 1 año) lo que implica un desembolso mensual aproximadamente de US$ 17 000,00 (Diecisiete mil y 00/100 Dólares Americanos); Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, en adelante el Ministerio, a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobada mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 064-2007-RE; Que, por Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, de 13 de febrero de 2008, se aprobaron los criterios para identifi car las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uno en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Que, a través del Informe Técnico – Económico Nº (COP) 002-2012, de agosto de 2012, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior, en adelante el Comité, sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que frente al precio que se pagaría por el alquiler del referido inmueble correspondiente aproximadamente a US$ 17 000,00 (Diecisiete mil y 00/100 Dólares Americanos), y al valor de oferta de la propiedad materia de la venta equivalente a US$ 2 300 283,00 (Dos millones trescientos mil doscientos ochenta y tres y 00/100 dólares americanos) resulta siendo una inversión muy ventajosa, en términos fi nancieros de costo-benefi cio y de oportunidad, que en el mediano plazo comparando los costos de arrendamiento futuro con los costos de compra actual y proyectados, se recuperará con creces el dinero invertido en aproximadamente once (11) años, permitiendo su capitalización y benefi cio a favor del Estado peruano, pasando de la situación de arrendatarios, condición en la que actualmente nos encontramos, a la situación de propietarios del inmueble con la posibilidad de optimizar mejor los recursos del Estado peruano; Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha emitido opinión favorable respecto de la compra del inmueble sito en Calle Antonio Bellet N° 444, Comuna de Providencia, Santiago de Chile, inscrito en fojas 83358, N° 126644 del Registro de Propiedad del año 2011 (Conservador de Bienes Raíces de Santiago), y de conformidad con la Resolución Ministerial N° 0221- 2008-RE, de fecha 13 de febrero de 2008, que aprueba los criterios para la selección de los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso; Que, la operación descrita en el considerando precedente resulta muy ventajosa para los intereses del Estado Peruano en términos de costo-benefi cio, lo que además permitirá contar con una nueva sede moderna, segura, funcional que redundará en benefi cio de la imagen ante nuestros connacionales; Que, asimismo la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha informado previamente sobre la citada operación de compra, en aplicación del numeral 4.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE y el Decreto Supremo N° 064-2007-RE; DECRETA: Artículo 1.- AUTORIZACIÓN DE COMPRA DE INMUEBLE Autorícese al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir el inmueble que actualmente se alquila para la sede del Consulado General del Perú en Santiago, ubicado en Calle Antonio Bellet N° 444, Comuna de Providencia, Santiago, República de Chile. Artículo 2.- REPRESENTACIÓN DEL ESTADO PERUANO PARA LAS OPERACIONES DE COMPRA VENTA Y OTRAS QUE RESULTEN NECESARIAS Autorícese al Cónsul General del Perú en Santiago para que, en nombre y representación del Estado Peruano, suscriba todos los documentos que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto supremo. Artículo 3.- REGISTRO Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los registros que fueran necesarios en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, en mérito a la documentación sustentatoria correspondiente. Artículo 4.- REFRENDO El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 857579-1 Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Indonesia como Embajador Representante Permanente ante la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 218-2012-RE Lima, 23 de octubre de 2012 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 024-2012-RE, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Hernán Seminario Portocarrero; y, La Resolución Ministerial Nº 0251-2012-RE, que fi ja el 20 de marzo de 2012, como la fecha en que el citado funcionario diplomático, debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Indonesia; De conformidad con los artículos 26° y 27° de la Ley N° 28091; Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62°, 63° literal B) y 64° inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE;