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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de octubre de 2012 477046 autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los Organismos Internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales con el fi n de potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI) correspondiente al período 01 de julio 2012 a 30 de junio 2013, con cargo al presupuesto de la Defensoría del Pueblo; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Defensoría del Pueblo a efectuar el pago de € 750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 EUROS) al Instituto Internacional del Ombudsman (IOI) correspondiente al período 01 de julio 2012 a 30 de junio 2013. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto de la Defensoría del Pueblo. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 857579-6 Modifican el Anexo 2 de la R.M. Nº 0281/RE mediante la cual se aprobó el “Acta de Compromiso para la Implementación del Control Interno” - Anexo 1 y se constituyó el “Comité de Control Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores” - Anexo 2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1081/RE-2012 Lima, 18 de octubre de 2012 VISTO: El Memorándum (OPP) N° OPP0920/2012, de 7 de agosto de 2012, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0281-RE- 2012, de 14 de marzo de 2012, se aprobó el “Acta de Compromiso para la Implementación del Control Interno” – Anexo 1 y se constituyó el “Comité de Control Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores” – Anexo 2; Que, el Comité de Control Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores ha concluido la elaboración del Plan de Implementación del Sistema de Control Interno, correspondiendo el inicio de la etapa de programación de actividades con los órganos involucrados, por lo que es conveniente modifi car la frecuencia de las reuniones de trabajo que llevará el mencionado Comité de manera que se permita el normal desarrollo de las actividades de sus miembros; Que, por acuerdo del Comité de Control Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores adoptado en su sesión de fecha 01 de agosto de 2012, conforme consta del Acta Nº XXXVI, se dispuso recomendar la modifi cación de la frecuencia de sus reuniones; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29357 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el literal l) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el cuarto párrafo del Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 0281/RE, de 14 de marzo de 2012, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: […] “El comité se reunirá una vez por mes. Adicionalmente podrá reunirse en otras ocasiones, de considerarlo necesario. Cada miembro titular, mediante memorándum, designará un suplente, quien podrá asistir a las sesiones del Comité en su ausencia temporal, con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades del titular.” […] Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 857431-1 Nombran integrantes de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1083/RE-2012 Lima, 18 de octubre de 2012 VISTA: La Resolución Ministerial N° 0782/RE de 20 de setiembre de 2010, que nombró como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, a la profesora Gladys Martell Hurtado, representante de la Universidad Ricardo Palma, a partir del 12 de agosto de 2010; CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el artículo 38° del Decreto Supremo N° 0126-2003-RE, Reglamento de los Traductores Públicos Juramentados, la calidad de miembro de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados del Colegio de Traductores del Perú, así como de los representantes de cada una de las universidades de la República, donde se enseña la especialidad de Traducción, tiene una vigencia de dos (02) años de duración, no renovables sino transcurrido otro período similar; Que, la Universidad Ricardo Palma, mediante Ofi cio N° 0670-2012-R-URP de 29 de agosto de 2012; dio a conocer al Presidente de la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados, la designación de la profesora Violeta Hoyle del Río, docente de la Facultad de Humanidades y Lenguas Modernas, como representante de la citada Universidad ante la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados del Ministerio de Relaciones Exteriores, en reemplazo de la profesora Gladys Martell Hurtado; Teniendo en cuenta el Memorándum (JTP) N° JTP0016/2012, de la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados, de 19 de setiembre de 2012;