Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2012 (24/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2012

relacionado a la autorizacion de Viaje en Comision de Servicios del Presidente Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quedo y Consejeros Regionales del Consejo desde el 13 al 20 de octubre del 2012, para evaluar y firmar Convenios en los Sectores de Salud Publica, Educacion, Deporte, Industria de Interes Mutuo, en el MORDAZA de Cuba; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Articulo 191º de la Constitucion Politica modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, concordante con el Articulo 31º de la Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion y con el Articulo 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 ­ Organica de Gobiernos Regionales, modificada mediante Ley Nº 27902; Que, los Gobiernos Regionales tienen entre sus principales funciones, promover el desarrollo y la economia regional, fomentando inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo, esto conforme establece el articulo 192º la Constitucion Politica del Estado; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, encontrandose plasmadas sus atribuciones, derechos y obligaciones en los Articulos 15º, 16º y 17º de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; asimismo, expresan su decision sobre asuntos internos de interes publico, ciudadano institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional mediante Acuerdos de Consejo Regional; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en su Articulo 10º, inciso d), el cual prescribe en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Oficio Nº 283-2012-GRH-PR, el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quedo, solicita al Consejo Regional la autorizacion para efectuar un viaje de invitacion de la Embajadora de la Republica de MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a llevarse a cabo los dias 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 de octubre del presente ano en el referido pais; Que, en Sesion Extraordinaria de Consejo Regional, realizada en la MORDAZA de MORDAZA, el dia 11 de octubre del 2012, visto el Oficio Nº 736-2012-GRH/PR instrumento referido a la autorizacion del viaje del Presidente Regional de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quedo, a efectos de que participe en la evaluacion y suscripcion de Convenios en los Sectores de Salud Publica, Educacion, Deportes, e Industria de Interes Mutuo, con las autoridades de la Republica de MORDAZA y traer innovaciones en el nivel de desarrollo alcanzado en los sectores enunciados, evento que se realizara en el MORDAZA de MORDAZA del dia 13 de octubre hasta el dia 20 de octubre del ano en curso, asimismo a peticion del Planeo del Consejo Regional se autoriza el viaje de tres Consejeros Regionales de acuerdo al detalle siguiente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edgard MORDAZA Apac, MORDAZA MORDAZA Salas. Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, en su Articulo 10º, inciso d), el cual prescribe en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional, el mismo que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, el literal a) del articulo 15º de la MORDAZA legal acotada senala que es atribucion de Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Por lo expuesto; el Pleno del Consejo Regional en Sesion Extraordinaria de la fecha, de conformidad a lo establecido en el Articulo Nº 39º de la Ley Nº 27867, Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, 28961, 28968 y 29503 y demas normas pertinentes; previa deliberacion del caso el Pleno del Consejo con el quorum reglamentario, por UNANIMIDAD aprobar el viaje del Presidente al MORDAZA de MORDAZA y conjuntamente con tres

Consejeros Regionales de con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR, el Viaje del senor Presidente Regional Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quedo, al MORDAZA de MORDAZA desde el dia 13 de octubre al 20 de octubre del 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente MORDAZA Regional. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, el viaje de los Consejeros Regionales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Edgard MORDAZA Apac y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a efectos que participen en los actos programados con el Presidente Regional en los Sectores de Salud Publica, Educacion y otros, en el MORDAZA Cuba. Articulo Tercero .- SENALAR, que el Presidente Regional, a su retorno debera informar al Consejo Regional los resultados obtenidos, para el cual ha sido autorizado dentro de los quince dias habiles a su retorno, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional efectuar el tramite correspondiente, para la implementacion del presente Acuerdo de Consejo Regional. Articulo Quinto.- DISPENSAR, el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la institucion, conforme a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA W. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 856155-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Ratifican remuneracion y dieta del Presidente Regional y Consejeros Regionales, y fijan remuneracion mensual del Vicepresidente Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 021-2012-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, veintinueve de marzo del dos mil doce CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru modificada por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607 en su articulo 191 establece que: "Las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, el articulo 192 prescribe: "Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: 1. Aprobar su organizacion interna y su presupuesto. (...) 10. Ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8 precisa: "La autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 15 establece como atribuciones del Consejo Regional: "(...) f. Fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros"; asimismo, en su articulo 19 se prescribe: "a. Dietas. Los Consejeros Regionales tienen derecho a percibir dietas. Las dietas son fijadas por el Consejo Regional dentro del primer trimestre de cada ejercicio anual, de acuerdo a la capacidad economica del Gobierno Regional. La MORDAZA que los aprueba y los montos de las

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