Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2012 (21/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Las mociones de Orden del Dia pueden ser fundamentados por su autor por un tiempo MORDAZA de 5 (cinco) minutos. Su admision a debate requiere el MORDAZA favorable de la mayoria de Regidores habiles. Articulo 51º.- PROPOSICIONES DE PEDIDOS Los pedidos son proposiciones mediante las cuales los Regidores ejercen su derecho de pedir la informacion que consideren necesaria a la administracion, a efecto de lograr el esclarecimiento de hechos o tener elementos de juicio para tomar decisiones adecuadas en el ejercicio de sus funciones. Su procedimiento se sujeta a lo dispuesto en el inciso 22) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades. Asimismo, los pedidos escritos se pueden efectuar para hacer sugerencias sobre la atencion de los Servicios Publicos. Articulo 52º.- SUSTENTACION DE LOS INFORMES Los Informes son los instrumentos que contienen la exposicion detallada del estudio realizado, de lo actuado y las conclusiones y recomendaciones de las Comisiones Especiales, y de aquellas que se forman con una finalidad especifica. Las Comisiones Ordinarias tambien presentan informes para absolver consultas especializadas. Los Informes de las Comisiones Ordinarias, emiten opinion sobre cualquier MORDAZA que se les consulte, seran fundamentados, precisos y breves. Para la MORDAZA de los Informes se aplican las mismas reglas que para los Dictamenes.

3. Comision de Participacion Vecinal y Asuntos Alimentarios. 4. Comision de Desarrollo MORDAZA y Transportes y Seguridad Vial. 5. Comision de Asuntos Legales. 6. Comision de Comercializacion y Servicios Publicos. 7. Comision de Salud y Saneamiento Ambiental y Ecologia. 8. Comision de Cooperacion Tecnica e Internacional. b) Comisiones Especiales; constituidas con fines protocolares o ceremoniales o para la realizacion de cualquier estudio especial o trabajo segun acuerde el Concejo Municipal. El Acuerdo de Concejo fija el numero de sus integrantes, el encargo conferido y de ser el caso el plazo para pronunciarse.

SUBCAPITULO II ELECCION DEL SECRETARIO, PLAN ANUAL Y LIBRO DE ACTAS
Articulo 57º.- ELECCION DEL SECRETARIO DE LA COMISION Los miembros de las Comisiones eligen en su seno a un Secretario. El acto de eleccion se realiza a mas tardar dentro de los 5 (cinco) dias posteriores a la aprobacion del Cuadro de Comisiones por el Concejo Municipal. Articulo 58º.- PLAN ANUAL DE TRABAJO Las Comisiones Ordinarias dentro de los 30 (treinta) dias de conformadas, aprobaran su plan anual de trabajo, para conocimiento del Concejo Municipal. Asimismo culminada sus labores y en un plazo no mayor de 30 (treinta) dias calendarios, las Comisiones presentaran al MORDAZA un informe de la labor realizada. Articulo 59º.- LIBRO DE ACTAS DE LAS COMISIONES De las Sesiones que se realicen se levantara un acta, la misma que sera en un libro especial que para tal efecto sera autorizado por el MORDAZA y el Secretario General. Articulo 60º.- REUNION DE LAS COMISIONES Las Comisiones Ordinarias se reunen en Sesiones por lo menos dos veces al mes, en el dia y hora que fijen sus miembros; y, en Sesiones Extraordinarias cuando las convoque su Presidente. Articulo 61º.- PLAZO DE LA COMISION Las Comisiones Ordinarias tienen un plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias calendario para emitir pronunciamiento respecto de los asuntos derivados para su estudio o dictamen.

TITULO V COMISIONES DE REGIDORES CAPITULO I DESARROLLO DE LAS COMISIONES SUBCAPITULO I ESTRUCTURA, CLASES Y CONFORMACION DE LAS COMISIONES
Articulo 53º.- LAS COMISIONES Las Comisiones son grupos de trabajo especializados de Regidores, cuya funcion es el estudio, elaboracion de propuestas y dictamen de los proyectos de disposicion municipal en el ambito de su competencia; emiten pronunciamiento de los asuntos puestos en su conocimiento de acuerdo a su especialidad o materia. Articulo 54º.CONFORMACION DE LAS COMISIONES El Concejo Municipal aprueba el Cuadro de Conformacion de las Comisiones dentro de los 5 (cinco) dias habiles posteriores al inicio de cada ano. El cuadro es propuesto por el MORDAZA, conjuntamente con las Presidencias. Articulo 55º.- NUMERO DE MIEMBROS DE LAS COMISIONES En la conformacion de las Comisiones se procura aplicar los principios de pluralidad, proporcionalidad y especialidad en la materia. La distribucion de los Regidores en la misma se racionaliza de modo tal que ningun regidor pertenezca a mas de tres Comisiones ni menos de una. Las Comisiones estaran conformadas por un minimo de 3 (tres) regidores y MORDAZA 5 (cinco), siempre impar. Articulo 56º.- CLASES DE COMISIONES Existen dos clases de Comisiones: a) Comisiones Ordinarias; encargadas del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Concejo con prioridad en la funcion normativa y de fiscalizacion. El MORDAZA, propone el numero de Comisiones teniendo en cuenta la estructura de la Municipalidad. Sin embargo, deben conformarse por lo menos las Comisiones Ordinarias de: 1. Comision de Administracion, Economia y Planeamiento. 2. Comision de Educacion, Cultura, Turismo y Deporte.

SUBCAPITULO III FUNCIONES DE LOS RESPONSABLES DE LA COMISION
Articulo 62º.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA COMISION Son funciones del Presidente de Comision: a) Convocar y presidir las Sesiones de Comision. b) Suscribir el Despacho de la Comision e informar al Concejo sobre las actividades de la comision. c) Suscribir con el Secretario, las actas de las Sesiones de la Comision. d) Las demas que le asigne el Concejo Municipal. Articulo 63º.- FUNCIONES DEL SECRETARIO DE LA COMISION Son funciones del Secretario de la Comision: a) Convocar a Sesiones de Comision, con autorizacion del Presidente. b) Formular el despacho de conformidad con las decisiones de la comision y las instrucciones de su Presidente. c) Tramitar la documentacion de la Comision. d) Llevar el archivo de la Comision. e) Las demas que le asigne el Presidente de la Comision.

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