Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2012 (21/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474883

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Prorrogan excepcionalmente la vigencia de DNI caducos o que esten por caducar de ciudadanos obligados a sufragar en provincias y distritos detallados en la Res. Nº 0561-2012JNE, en los que se llevara a cabo la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales
RESOLUCION JEFATURAL Nº 235-2012/JNAC/RENIEC
MORDAZA, 18 de septiembre de 2012 VISTOS: La Resolucion Nº 0561-2012-JNE (31MAY2012) del MORDAZA Nacional de Elecciones; la Hoja de Elevacion Nº 000110-2012/GOR/RENIEC (10SEP2012), el Informe Nº 001181-2012/GOR/SGAE/ RENIEC (05SEP2012), de la Sub Gerencia de Actividades Electorales de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 001625-2012/GAJ/RENIEC (14SEP2012), de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, entre otros, de emitir los documentos que acreditan su identidad; Que mediante la Resolucion Nº 0561-2012-JNE de fecha 31 de MORDAZA de 2012, el MORDAZA Nacional de Elecciones convoco a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el dia MORDAZA 30 de setiembre de 2012 en 266 distritos y 4 provincias del MORDAZA, detallados en el articulo 1º de la citada Resolucion; Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en el MORDAZA electoral convocado, deben emplear su Documento Nacional de Identidad (DNI), teniendo en cuenta su condicion de unico titulo para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC y el articulo 88º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; Que de acuerdo a lo establecido por el articulo 37º de la acotada Ley, el Documento Nacional de Identidad tiene una vigencia de ocho (8) anos, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposicion precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo preceptuado en el articulo 95º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual senala que el Documento Nacional de Identidad que no sea renovado perdera su vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos establecidos en el articulo 84º del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio; Que la situacion expuesta podria limitar la participacion de los ciudadanos en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales convocada; resultando necesario establecer lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participacion ciudadana contenidos en el articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru; Que la presente Resolucion Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadania, a traves de la correspondiente publicacion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 01598-PCM; el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC

(29SET2010) y el numeral 1 del articulo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar excepcionalmente la vigencia de los DNI caducos o que esten por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en los 266 distritos y 4 provincias del MORDAZA detallados en el articulo 1º de la Resolucion Nº 0561-2012-JNE, en los que se llevaran a cabo la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, hasta el MORDAZA 30 de setiembre de 2012. Articulo Segundo.- Precisar que dicha prorroga solo surtira efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el texto de la presente Resolucion Jefatural. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional

844259-1

Autorizan apertura de la Oficina Registral San MORDAZA MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N° 236-2012-JNAC/RENIEC
MORDAZA, 19 de septiembre de 2012 VISTOS: El Oficio Nº 153-2011-OSG-MDSJB (15MAR2011), emitido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, el Informe N° 000015-2012/GOR/JR4IQUI/ RENIEC (19ABR2012), emitido por la Jefatura Regional 4 ­ Iquitos, el Informe N° 000041-2012/GOR/RENIEC y Memorando N° 001158-2012/GOR/RENIEC (09MAY2012 y 05SET2012, respectivamente), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe N° 001628-2012/ GAJ/RENIEC (17SET2012), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que el articulo 11° de la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional del RENIEC, tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que en ese mismo sentido, los articulos 11° y 13° del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establecen que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional del RENIEC la decision sobre la creacion y supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion o localidades donde no exista oficina registral; Que con fecha 07 de septiembre de 2011 se MORDAZA el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA MORDAZA, el mismo que tiene por objeto instalar una Oficina Registral en el distrito de San MORDAZA MORDAZA, a fin de brindar todos los servicios de registros civiles y de identificacion a la poblacion; Que en virtud al documento de vistos, la Jefatura Regional 4 ­ Iquitos, comunica el cumplimiento del compromiso estipulado en la Clausula MORDAZA de los Compromisos de la Municipalidad, motivo por el cual solicita al RENIEC cumplir con lo pactado en dicha clausula referida a los Compromisos del RENIEC, especificamente con implementar la correspondiente Oficina Registral; Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos de vistos, senala que el ambiente cedido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de MORDAZA,

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