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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de setiembre de 2012 474954 Prácticas de Manufactura (BPM), incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, de lo informado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, la inspección solicitada para la obtención del Certifi cado de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), se llevará a cabo del 24 al 28 de setiembre de 2012, en la ciudad de Samutprakarn, Reino de Tailandia; Que, con Memorándum Nº 2135-2012-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el viaje de las Químicas Farmacéuticas Miriam Cecilia Cavalier Martínez y Betty Dolores Vadillo Otárola, a la Ciudad de Samutprakarn, Reino de Tailandia, a fi n que realicen la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del Laboratorio MEGA LIFESCIENCES LIMITED, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 - Ministerio de Salud y que corresponden a la contrapartida del depósito efectuado por la citada empresa, precisando que los pasajes aéreos serán en tarifa económica; Que, la inspección para la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), se realizará del 24 al 28 de setiembre de 2012, sin embargo, dado que el Laboratorio MEGA LIFESCIENCES LIMITED, se encuentra ubicado en el Continente Asiático, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, ha otorgado disponibilidad presupuestal para la adquisición de pasajes en tarifa económica, viáticos para 5 días y 2 días para gastos de instalación para dos personas; Que, mediante Informe Nº 131-2012-ODRH-OCN- OGGRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de las Químicas Farmacéuticas Miriam Cecilia Cavalier Martínez y Betty Dolores Vadillo Otárola, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID, para que realicen la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) del Laboratorio MEGA LIFESCIENCES LIMITED; Que, en tal sentido, considerando que la Empresa MEGA LIFESCIENCES PTY PERU S.A.C., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por la certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), a la que hace referencia la Ley Nº 29459 – Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección al Laboratorio MEGA LIFESCIENCES LIMITED, ubicado en la ciudad de Samutprakarn, Reino de Tailandia; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2012; en la Ley Nº 27619, Ley que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria, y en el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las Químicas Farmacéuticas Miriam Cecilia CAVALIER MARTÍNEZ y Betty Dolores VADILLO OTAROLA, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Samutprakarn, Reino de Tailandia, del 22 al 30 de setiembre de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011 del Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (incluido TUUA c/u $ 4,587.49 : $ 9,174.98 para 2 personas) - Viáticos x 7 días (c/u $ 1,820 para 2 personas) : $ 3,640.00 ----------------- - Total : $ 12,814.98 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posterior a su retorno las profesionales citadas en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema deberán presentar un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en la actividad a la que acudirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 845038-1 Aceptan renuncia de Jefa de Equipo de la Oficina de Informática y Telecomunicaciones de la Oficina General de Estadística e Informática RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 763-2012/MINSA Lima, 19 de setiembre del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-080469-002, que contiene la renuncia formulada por la Ingeniero de Sistemas Marcela Lidia Ortiz Gutiérrez; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 757-2011/ MINSA, de fecha 17 de octubre de 2011, se designó a la Ingeniero de Sistemas Marcela Lidia Ortiz Gutiérrez, en el cargo de Supervisor Administrativo, Nivel F-3, de la Ofi cina de Informática y Telecomunicaciones de la Ofi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; Que, mediante la Resolución Suprema N° 020-2012- SA, de fecha 09 de julio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual, al cargo de Supervisor Administrativo de la Ofi cina de Informática y Telecomunicaciones de la Ofi cina General de Estadística e Informática se le ha denominado como Jefe/a de Equipo; Que, con Carta de fecha 20 de agosto de 2012, la Ingeniero de Sistemas Marcela Lidia Ortiz Gutiérrez, formuló renuncia irrevocable a partir del 31 de agosto de 2012, al cargo de Supervisor Administrativo de la Ofi cina de Informática y Telecomunicaciones de la Ofi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; Que, con Nota Informativa N° 156-2012-EIE- OGGRH/MINSA, de fecha 3 de setiembre de 2012, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emitió opinión, respecto de la emisión del acto que acepta la renuncia formulada por la mencionada profesional, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, en tal sentido resulta necesario disponer las acciones de personal que resulten pertinentes y emitir el acto resolutivo correspondiente considerando que se encuentra autorizado por el Despacho Viceministerial de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora