Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2012 (22/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2012

asignar la dependencia a la Secretaria Ejecutiva de la institucion; Que, con memorando N° 789-2012-SE, la Secretaria Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone la elaboracion de una resolucion que declare que el Fondo Editorial dependera de la Secretaria Ejecutiva de la ANR; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que el Fondo Editorial como unidad organica, dependera de la Secretaria Ejecutiva de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 2º.- Disponer su inclusion en el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF; Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP y en el Organigrama Estructural de la Asamblea Nacional de Rectores, conforme a las funciones aprobadas mediante Resolucion Nº 1187-2010-ANR. Articulo 3º.- Transcribase la presente resolucion a las Direcciones Generales y Oficinas de la institucion, para conocimiento y fines. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina Web de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 844237-1

para la organizacion de una Escuela de Posgrado que la universidad deba acreditar una antiguedad de diez anos de funcionamiento y la participacion preferente de docentes con MORDAZA avanzados de maestria y doctorado en la categoria de principal; Que, mediante Ley Nº 25213, de fecha 29 de MORDAZA de 1990, se creo la Universidad Particular de Iquitos, con sede en la MORDAZA de Iquitos y posteriormente, mediante Resolucion Nº 120-2009-CONAFU, de fecha 11 de marzo de 2009, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, autorizo el cambio de denominacion de la citada universidad por la de Universidad Cientifica del Peru; Que, mediante oficio Nº 54-2012-R-UCP, el Rector de la Universidad Cientifica del Peru, solicita a la Asamblea Nacional de Rectores la autorizacion para la organizacion y funcionamiento de su Escuela de Posgrado y autorizacion para el funcionamiento de la Maestria en Derecho con determinadas menciones, adjuntando para tal efecto la Resolucion Nº 007-2012AGA-UCP, de fecha 21 de MORDAZA de 2012, por la cual la mencionada universidad aprobo el proyecto de su Escuela de Posgrado; adjuntado adicionalmente los programas de estudios propuestos: Maestria en Derecho, con menciones en: Derecho Civil y Comercial. Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Ciencias Penales. Derecho Administrativo y Administracion Publica.

Aprueban creacion y funcionamiento de Programas de Maestria en la Escuela de Posgrado de la Universidad Cientifica del Peru
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1224-2012-ANR MORDAZA, 10 de setiembre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nº 54-2012-R-UCP, de fecha 20 de MORDAZA de 2012; Nº 003-2012-CRI-AMAZONICO.P, de fecha 23 de agosto de 2012; los informes Nº 206-2012-DGDAC, de fecha 06 de agosto de 2012; Nº 001-2012-CRIA-ST, de fecha 20 de agosto de 2012; el acuerdo del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, reunidos en sesion ordinaria de fecha 27 de agosto de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 13º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la universidad que dispone de los docentes, instalaciones y servicios necesarios puede organizar una Escuela de Posgrado o secciones de igual caracter en una o mas facultades, cuyos estudios conducen a los MORDAZA de Maestro y Doctor; requiriendose para tal efecto el pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolucion Nº 394-2004-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores aprobo los Requisitos Minimos para la Organizacion y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Seccion de Posgrado, el que establece como uno de los requisitos esenciales

Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, senala que la documentacion remitida ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, asi como con los requisitos minimos establecidos por la Asamblea Nacional de Rectores mediante Resolucion Nº 394-2004-ANR, respecto a la creacion y funcionamiento de las indicadas maestrias; Que, mediante oficio Nº 003-2012-CRI-AMAZONICO. P, el Presidente del Consejo Regional Interuniversitario Amazonico de la Asamblea Nacional de Rectores emite opinion favorable respecto a la aprobacion y creacion de la Escuela de Posgrado de la Universidad Cientifica del Peru; no obstante el considera que seria necesario el levantamiento de las observaciones formuladas por su Secretario Tecnico mediante informe Nº 001-2012-CRIAST; Que, el Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, reunidos en sesion ordinaria de fecha 27 de agosto de 2012, acordo aprobar la creacion de la Escuela de Posgrado de la Universidad Cientifica del Peru; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de sus atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad Cientifica del Peru, con sede en la MORDAZA de Iquitos ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 13º, 24º y 92º, inciso f), de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, asi como el cumplimiento de los requisitos minimos para la creacion y funcionamiento de Escuelas de Posgrado, aprobados mediante Resolucion Nº 394-2004-ANR. Articulo 2º.- Aprobar la creacion y funcionamiento en la Escuela de Posgrado de la Universidad Cientifica del Peru, los siguientes programas de Maestria: Maestria en Derecho, con menciones en: Derecho Civil y Comercial. Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Ciencias Penales. Derecho Administrativo y Administracion Publica.

Articulo 3º.- Precisar que la Universidad Cientifica del Peru debera coordinar previamente con la Asamblea Nacional de Rectores la creacion y funcionamiento de nuevos programas de posgrado en su Escuela de Posgrado aprobada mediante la presente resolucion.

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