Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2012 (22/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

474971

Declaran que la Universidad Nacional del Callao ha cumplido con lo establecido en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de programas de Doctorado
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 1326-2012-ANR MORDAZA, 13 de setiembre de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios Nº 832-2011-OSG, de fecha 20 de octubre de 2011; Nº 278-2012-OSG, de fecha 12 de MORDAZA de 2012; el informe Nº 175-2012-DGDAC, de fecha 13 de junio de 2012; el memorando Nº 627-2012-SE de fecha 25 de junio de 2012; y, CONSIDERANDO:

con los requisitos establecidos en el articulo 24º y en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento de los siguientes programas de Doctorado: Seccion de Posgrado de la Facultad de Ciencias de la Salud: · Doctorado en Ciencias de la Salud. · Doctorado en Salud Publica. · Doctorado en Administracion en Salud. Seccion de Posgrado de la Facultad de Ciencias Administrativas: · Doctorado en Administracion. Articulo 2º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, la Direccion de Carnes Universitarios y la Unidad de Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines que dispone la Ley. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Asamblea Nacional de Rectores. Registrese y comuniquese.

Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la creacion de carreras profesionales, programas academicos de posgrado y de MORDAZA especialidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; y asimismo, es atribucion especifica e indelegable de la Asamblea Nacional de Rectores, concordar en lo referente a los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y a la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, mediante Resolucion Nº 891-94-ANR, de fecha 9 de marzo de 1994, la Asamblea Nacional de Rectores emitio pronunciamiento favorable para el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Callao; Que, mediante oficios de vistos, la Universidad Nacional del Callao remite la Resolucion de Asamblea Universitaria Nº 005-2012-AU, de fecha 20 de febrero de 2012, por la cual se aprobo la creacion y funcionamiento de los siguientes programas de Doctorado en la Seccion de Posgrado de las Facultades de Ciencias de la Salud y de la Facultad de Ciencias Administrativas, respectivamente: · Doctorado en Ciencias de la Salud. · Doctorado en Salud Publica. · Doctorado en Administracion en Salud. · Doctorado en Administracion. Que, mediante informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, senala que la documentacion remitida ha cumplido con los requisitos minimos establecidos por la Asamblea Nacional de Rectores, asi como por el articulo 24º y el inciso f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento de los precitados programas de Doctorado; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la institucion dispone la elaboracion de una resolucion por la que se declare que la Universidad Nacional del Callao ha cumplido con lo dispuesto en el articulo 24º y en los incisos e) y f) del articulo 90º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento de Doctorados, de acuerdo a lo indicado en el informe Nº 175-2012-DGDAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de sus atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad Nacional del Callao, con sede en la MORDAZA de Callao, ha cumplido

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 844240-1

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan participacion de funcionario en el MORDAZA de Renta Fija que se llevara a cabo en Suiza
RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 060-2012-BCRP MORDAZA, 14 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una invitacion de Credit Suisse AG para participar en el MORDAZA de Renta Fija, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Zurich, Suiza, del 24 al 28 de setiembre del ano en curso; Que el Banco Central de Reserva del Peru tiene la finalidad de preservar la estabilidad monetaria y entre sus funciones esta la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida funcion, la Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos propender a la optima administracion de las reservas internacionales del MORDAZA, velar por la oportuna y correcta ejecucion de las inversiones en el contexto del MORDAZA internacional y fortalecer los vinculos con organismos e instituciones del exterior; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002 PCM, estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 6 de setiembre de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA Lerggios MORDAZA, Especialista en Mercados Monetarios de la Gerencia de Operaciones Internacionales, a la MORDAZA de Zurich, Suiza, del 24 al 28 de setiembre y al pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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