NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2012 475445 Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfi co; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, desarrollo económico local, capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Protección de los derechos de niños y adolescentes, b) Mejoramiento del estado nutricional de niños y adolescentes, c) Construcción y mejoramiento de infraestructura para los servicios de salud materno infantil y d) Fomento de la calidad en el servicio de educación básica; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación y b) Contribuir al diseño de las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social, y de protección y apoyo a la población en riesgo. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Difundir y promover los derechos del niño y del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en el nivel de las instancias municipales y c) Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural de la población; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, la Municipalidad Provincial Paucartambo y las Municipalidades Distritales de Caicay, Ccarhuayo, Ccatca, Lamay, Marcapata, Ocongate y San Salvador, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 034-2012–PCM/ SD-OGI-MIRA, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”; integrada por la Municipalidad Provincial Paucartambo y las Municipalidades Distritales de Lamay y San Salvador de la Provincia de Calca, Caicay de la Provincia de Paucartambo, y Ccarhuayo, Ccatca, Marcapata y Ocongate de la Provincia de Quispicanchi, en el Departamento de Cusco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”, como sigue: - Presidente: Narciso Ccorimanya Rocca, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Salvador. - Director: Mario Condori Huallpa, alcalde de la Municipalidad Provincial de Paucartambo. - Director: Feliciano Huanca Aima, alcalde de la Municipalidad Distrital de Caicay. - Director: Luis Alberto Pauccar Ccarita, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ccarhuayo. - Director: Bernardino Lipe Percca, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ccatca. - Director: Julián Quispe Quispe, alcalde de la Municipalidad Distrital de Lamay. - Director: Amador Rolando Flórez Andía, alcalde de la Municipalidad Distrital de Marcapata. - Director: Armando Quispe Qquenaya, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocongate. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal Amigas de la Niñez - AMAN”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MADELEINE FLORIÁN CEDRÓN Secretaria de Descentralización 847047-2 Disponen inscripción de la Mancomunidad Municipal Integración de Los Andes - MMIA en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 053-2012-PCM/SD Lima, 20 de septiembre de 2012 VISTOS: Los ofi cios N° 001-2012-MMIA/PCD y N° 002-2012- MMIA/PCD; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MDA de la Municipalidad Distrital de