Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

f) Otros que determine previamente el Programa en las bases de cada convocatoria. Articulo 22.- Documentos minimos de postulacion Los postulantes a la Beca Postgrado deberan presentar, como minimo, los siguientes documentos: a) MORDAZA simple del certificado de estudios universitarios. b) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad. c) MORDAZA del grado academico o titulo profesional, segun corresponda y cuando asi lo senalen las bases de postulacion. d) MORDAZA de Calificacion otorgada por el Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH e) Otros que establezca previamente el Programa en las Bases correspondientes. Articulo 23.- Impedimentos de postulacion No podran postular a la Beca Postgrado quienes se encuentren en las siguientes situaciones: a) Los que hayan recibido otro beneficio de beca que canalice, gestione y/o subvencione el Estado peruano, para el mismo nivel de estudios o hayan perdido una beca conforme a los numerales 37.3 y 37.4 del Articulo 37 de este Reglamento. b) Otros impedimentos que se contemplen previamente en las bases respectivas. Articulo 24.- Criterios de seleccion Se otorgaran las becas a los postulantes que hayan obtenido los mayores puntajes de evaluacion, sujeto al numero de vacantes disponibles determinadas previamente por el Programa en las bases de cada convocatoria y a la disponibilidad presupuestaria; pudiendo otorgarse un puntaje adicional en la etapa de asignacion de las becas a postulantes pertenecientes a poblaciones vulnerables, segun el indice de vulnerabilidad que determinara el PRONABEC. Los criterios de seleccion incidiran en los meritos academicos de los postulantes, el proyecto de investigacion a desarrollar, su pertinencia y relevancia para el MORDAZA, cuando corresponda y/o MORDAZA sido establecido en las bases de postulacion y/o los requisitos establecidos por la institucion educativa extranjera en el acuerdo o convenio internacional de colaboracion o instrumento de similar naturaleza. CAPITULO III COMPONENTE BECAS ESPECIALES Articulo 25.- Concepto El Componente Becas Especiales esta integrado por aquellas becas que no se encuentran contempladas en la Ley dentro de los Componentes Beca Pregrado y Beca Postgrado, y son subvencionadas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educacion, asi como por aportes de MORDAZA cooperantes nacionales y extranjeras, con el objetivo de fortalecer el capital humano y atender las necesidades de acceso, permanencia y culminacion a diversas modalidades de educacion tecnico productiva, superior universitaria y tecnologica, que presentan las poblaciones vulnerables; o atender situaciones especiales no previstas por otras disposiciones legales vigentes en materia de becas para el nivel superior. Las Becas Especiales incluyen aquellas destinadas a acceder, permanecer y culminar estudios de especializacion, sin ser por ello limitativos, tales como diplomados e intercambios, estudios de post-titulo: movilidad estudiantil, tales como programas y pasantias de perfeccionamiento profesional y de competencias tecnicas dirigidas a capacitar y formar de manera especializada a profesionales tecnicos egresados de la Educacion Superior Tecnologica. En el caso de estudios en el extranjero, los costos de la beca podran ser cubiertos de manera total o parcial conforme a lo que se establezca en los convenios o acuerdos internacionales o instrumentos de similar naturaleza

Articulo 26º: ­ Modalidades Las Becas Especiales tienen modalidades:

las

siguientes

26.1 Beca para poblaciones vulnerables: Es la beca subvencionada que esta focalizada de conformidad con lo establecido en el inciso m) del Articulo 3 del presente Reglamento. Se consideran poblaciones vulnerables para efectos de este Reglamento: a) Pobladores del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM). b) Licenciados del Servicio Militar Voluntario. c) Adolescentes en situacion de abandono y/o tutelados por el Estado. d) Personas con discapacidad. e) Otros que determine la Direccion Ejecutiva del PRONABEC conforme al Art. 4° de la Ley 29837. Los potenciales beneficiarios deben acreditar pertenecer, por lo menos, a alguno de los grupos vulnerables MORDAZA senalados, con arreglo a los procedimientos establecidos por la Direccion Ejecutiva del PRONABEC. 26.2. Beca para situaciones especiales: Es la beca subvencionada que se otorga a favor de personas afectadas por eventos, situaciones o condiciones que ameriten su creacion y adjudicacion. Esta beca permite igualmente el acceso, permanencia y/o culminacion de estudios tecnicos productivos o de nivel superior, sea universitario o tecnologico. Se consideran personas o situaciones especiales para efectos de este Reglamento: a) Victimas de la violencia habida en el MORDAZA desde el ano 1980 y/o sus familiares, debidamente reconocidas y acreditadas por la entidad oficial competente. b) Deportistas calificados. c) Otros que determine la Direccion Ejecutiva del PRONABEC conforme al Art. 4° de la Ley 29837. 26.3. Beca de Gestion de la Cooperacion Nacional: Es aquella beca obtenida en calidad de donacion de las instituciones educativas nacionales, como resultado de las gestiones del PRONABEC, para seguir estudios de diversa indole a desarrollarse en las mismas instituciones. Esta beca es concursable a nivel nacional, regional o local, conforme se establezca en el convenio de cooperacion interinstitucional correspondiente. A traves de este MORDAZA de becas, el PRONABEC promueve la responsabilidad social para el acceso a la educacion entre las instituciones educativas nacionales, pudiendo administrar por convenio las becas que por otras disposiciones legales estas instituciones se encuentren obligadas a otorgar. Es deber del PRONABEC velar porque la institucion educativa cooperante se encuentre reconocida oficialmente para brindar los estudios, instruccion, formacion, o capacitacion ofrecidos. El procedimiento que regule esta modalidad sera establecido por la Direccion Ejecutiva del PRONABEC. 26.4. Beca de Gestion de la Cooperacion Internacional: Es la beca otorgada y financiada por cooperantes provenientes del extranjero. Estas pueden ser de dos clases: a) Becas de canalizacion: Son aquellas becas que provienen de la cooperacion no rembolsable, con el fin de que el PRONABEC actue como canalizador y, en algunos casos, de preseleccionador de candidatos peruanos para estudios en el exterior, de pregrado y postgrado. Estas becas son canalizadas en coordinacion con la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI). b) Becas administradas por PRONABEC: Son aquellas becas que provienen de la cooperacion no rembolsable, con el fin de que el PRONABEC administre los fondos

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