Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

475459

a) Ficha unica de inscripcion b) MORDAZA de Calificacion otorgada por el Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH. c) MORDAZA simple del certificado de estudios del primero al MORDAZA ano de educacion secundaria en el caso de Educacion Basica Regular y hasta el MORDAZA grado del nivel avanzado en el caso de Educacion Basica Alternativa. d) MORDAZA de admision. e) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad del postulante. f) Otros que determine previamente el PRONABEC en las bases de cada convocatoria. Articulo 14.- Impedimentos para la postulacion No podran postular a la Beca Pregrado quienes se encuentren en las siguientes situaciones: a) Quienes esten estudiando una MORDAZA tecnologica de 3 (tres) anos o una MORDAZA universitaria. b) Los que hayan recibido otro MORDAZA de beca que canalice, gestione y/o subvencione el Estado, para el mismo nivel de estudios, asi como quienes hayan perdido su beca conforme a los numerales 37.3 y 37.4 del Articulo 37° de este Reglamento. c) Otros que determine previamente el Programa en las bases de cada convocatoria. Articulo 15.- Criterios de Seleccion Se otorgaran las becas a los postulantes que hayan cumplido los requisitos minimos y hayan obtenido los mayores puntajes de evaluacion, sujeto al numero de vacantes disponibles determinadas previamente por el Programa en las bases de cada convocatoria y a la disponibilidad presupuestaria; pudiendo otorgarse un puntaje adicional en la etapa de asignacion de las becas a postulantes pertenecientes a poblaciones vulnerables, segun el indice de vulnerabilidad que determinara el PRONABEC. CAPITULO II COMPONENTE BECA POSTGRADO Articulo 16.- Concepto La Beca Postgrado, denominada tambien "Beca de Excelencia", es una beca subvencionada, financiada con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educacion, que otorga la Oficina de Becas Postgrado del PRONABEC al beneficiario, para el acceso, permanencia y culminacion de estudios y/o investigacion de postgrado, con enfasis en ciencia y tecnologia, a desarrollarse en el MORDAZA y/o en el extranjero; tales como postdoctorado, doctorado, maestrias, pasantias doctorales, cotutelas de doctorado, de insercion o investigacion a nivel postgrado y que se cursan tras la obtencion de un grado academico o titulo profesional. Articulo 17.- Objetivo La Beca Postgrado tiene como objetivo principal fortalecer la profundizacion de los conocimientos obtenidos en la educacion superior universitaria, asi como fomentar la investigacion cientifica con el objeto de responder a las necesidades del MORDAZA, en especial las existentes en su lugar de procedencia. Articulo 18.- Poblacion beneficiaria La poblacion beneficiaria de la Beca Postgrado esta conformada por quienes hayan concluido estudios superiores universitarios y obtenido un grado academico o titulo profesional, priorizando a aquellos con excelente rendimiento academico y pertenecientes al MORDAZA superior de la promocion de egreso al finalizar los estudios de pregrado o haber obtenido las calificaciones establecidas en las respectivas bases de postulacion; buen perfil profesional y/o de investigacion; insuficientes recursos economicos o beneficiarios de la Beca Pregrado que, igualmente, hayan pertenecido al MORDAZA superior de la promocion de egreso. Articulo 19.- Financiamiento para estudios a nivel nacional 19.1. El financiamiento para estudios a nivel nacional de los estudios de postgrado es de naturaleza integral, y cubre los siguientes costos:

a) Costos directos: Matricula; pension adelantada y completa de estudios de postgrado; materiales de estudio; curso de idioma cuando corresponda; seguro medico con cobertura de salud, accidentes y de vida; tutoria; asesoria de tesis; trabajo de investigacion, titulacion (gastos administrativos para la obtencion del grado respectivo o su equivalente). b) Costos indirectos: Asignacion anual para compra de libros y utiles, y otros a ser determinados por PRONABEC en las bases de cada convocatoria, segun disponibilidad presupuestaria. Los conceptos de alojamiento y transporte interprovincial (solamente al inicio y termino de la beca) para los becarios que residen en lugares distantes o de dificil acceso al centro de estudios, conforme lo especifique la Direccion Ejecutiva, y seran otorgados siempre que sea con la finalidad de desarrollar estudios a dedicacion exclusiva. 19.2. La definicion y detalle por cada concepto a financiar sera establecido en las "Normas para Ejecucion de Subvenciones para Estudios en el Peru" a las que se refiere el numeral 9.2 del Articulo 9 del presente Reglamento. Articulo 20.- Financiamiento para estudios en el extranjero 20.1 El financiamiento para estudios de postgrado en el extranjero es de naturaleza integral, y puede cubrir los siguientes costos: a) Costos directos: Inscripcion; matricula; pension adelantada y completa, semestral o anual -segun el plan de estudios-; materiales de estudio; curso de idioma cuando corresponda; seguro medico con cobertura de salud y accidentes, titulacion (gastos administrativos para la obtencion del grado respectivo o su equivalente), costos administrativos de agencias o instituciones extranjeras con quienes el PRONABEC posea acuerdos o convenios de colaboracion o de similar naturaleza, segun corresponda al estudio desarrollado. b) Costos indirectos: Asignacion anual o semestral, segun el plan de estudios, para compra de libros y utiles; una asignacion mensual para alimentacion, movilidad local y hospedaje y otros a ser determinados por PRONABEC en las bases de cada convocatoria, segun disponibilidad presupuestaria; transporte internacional (solamente al inicio y termino del programa academico). 20.2 Para el caso de la realizacion de estudios postdoctorales, el PRONABEC determinara los beneficios a entregarse en las respectivas bases de postulacion. 20.3 La definicion y detalle por cada concepto a financiar sera establecido en las "Normas para Ejecucion de Subvenciones para Estudios en el Extranjero", a las que se refiere el numeral 10.2 del articulo 10 del presente Reglamento. Articulo 21.- Requisitos minimos de postulacion Son requisitos minimos de postulacion a la Beca Postgrado los siguientes: a) Tener nacionalidad peruana conforme al ordenamiento juridico vigente. b) Cuando asi lo senalen las bases de postulacion, poseer el grado academico o titulo profesional o licenciatura, segun corresponda, para ser admitido en los estudios senalados por el Articulo 16 del presente Reglamento. c) Poseer alto rendimiento academico durante los estudios universitarios, considerando lo dispuesto en el Articulo 18º del presente reglamento y establecido en las bases de postulacion. d) Cuando asi lo senalen las bases de postulacion, contar con carta de aceptacion definitiva o condicional al programa de postgrado por el cual postula a la beca. e) Acreditar, a traves de la informacion y documentacion solicitada en las bases del concurso, que sus ingresos mensuales son insuficientes para afrontar el costo de los estudios de postgrado.

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