NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 16
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2012 475454 a fi nanciar el “Proyecto Mejoramiento de los Servicios de Justicia, 2da. Etapa”, el cual requiere como parte de la ejecución para el presente año fi scal S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser ejecutados por la Unidad Coordinadora del Proyecto Mejoramiento de los Servicios de Justicia del Poder Judicial; Que, en el marco de lo indicado en el considerando precedente, mediante el Memorándum Nº 2110-2012/ VIVIENDA-OGPP, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el requerimiento del Poder Judicial ha expresado su conformidad para la transferencia de marco presupuestal del año fi scal 2012, de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, hasta por la suma de S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) del “Programa de Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tumbes”, fi nanciado con la operación de endeudamiento externo con la KFW, aprobado por el Decreto Supremo Nº 182-2004-EF, para ser destinados al fi nanciamiento del “Proyecto Mejoramiento de los Servicios de Justicia, 2da. Etapa”; Que, la Presidencia del Poder Judicial, mediante el Ofi cio Nº 5575-2012-P-PJ solicita una Transferencia de Partidas, del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento a favor del Poder Judicial, por la suma de S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; De, conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4º de la Ley Nº 29813 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) para el fi nanciamiento del proyecto “Proyecto Mejoramiento de los Servicios de Justicia, 2da. Etapa”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2022807 : Programa de Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Tumbes FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 000 000,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 3 000 000,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : Poder Judicial UNIDAD EJECUTORA 002 : Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2132702 : Mejoramiento de los Servicios de Justicia 2da. Etapa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 000 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 3 000 000,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos Habilitador y Habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente Decreto. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como resultado de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para la Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 847424-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública DECRETO SUPREMO N° 191-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, asignó recursos al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otros, por un monto de S/. 6 295 257,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados al fi nanciamiento de los proyectos “Construcción de la Alameda Turística en el distrito de Shapaja – San Martín – San Martín”, con código SNIP N° 174588, por un monto de S/. 3 499 518,00, “Construcción del Puente Carrozable