Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

otras que pueden ser motivadas con objetivos turisticos, culturales y agropecuarios, previamente establecidas por Gerencia Municipal. Zonas Autorizadas para el Comercio Ambulatorio.Lugares Publicos autorizados por la municipalidad con caracter temporal para ejercer el comercio ambulatorio y/o estacionario. Zonas Rigida o Prohibida.-Areas de la via publica del Distrito, en las cuales por razones de ornato y/o necesidad, no se autoriza el ejercicio del comercio ambulatorio ni estacionario. Autoridad Administrativa.-Es la Municipalidad Provincial de Huaral, a traves de la Sub Gerencia de Obras Privadas y Ordenamiento MORDAZA y la Gerencia de Fiscalizacion y Control, o las que hicieren sus veces, la cual controla las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Autorizacion Municipal.-Es el Documento que se otorga a los comerciantes de la via publica, con la vigencia temporal que literalmente se consigna. Tambien se extendera con una duracion trimestral unicamente por campana. Area de Circulacion.-Es la superficie MORDAZA publica, destinada a vias y espacios para MORDAZA vehicular y peatonal. Area de Recreacion Publica.-Es la superficie MORDAZA destinada al desarrollo de actividades sociales, deportivas, culturales, de esparcimiento y las areas verdes de uso publico. Area Libre Publica.-Superficie MORDAZA destinada al uso publico que comprende el area de circulacion y el area de recreacion publica. Calidad en el Servicio.-Conjunto de cualidades en la prestacion del servicio, constituido basicamente por la seguridad, comodidad, higiene y honestidad. Capacidad Sostenible.-Cantidad de comercio en la via publica que pueda ser sostenido en un espacio territorial acorde al Plan MORDAZA del Distrito y los rubros permitidos aprobados en la presente ordenanza, el cual guarda concordancia con los Planes de Consolidacion de las Zonas Comerciales Formales, asi como la prestacion de bienes y servicios en MORDAZA con el paisaje MORDAZA, los residentes y propietarios de inmuebles. La Municipalidad podra modificar la ubicacion y capacidad sostenible por razones de ornato, control MORDAZA y/o reorganizacion del comercio en la via publica, cuando la situacion lo amerite. Medio de Venta.-Mobiliario usado para la venta. Modulo.-Es el mueble de dimensiones y caracteristicas reglamentarias para cada actividad, susceptible de ser desplazado a voluntad, que se ubica en zonas previamente autorizadas de la via publica, en donde el comerciante desarrolla su actividad. Ornato.-Conjunto de elementos arquitectonicos, artisticos y naturales que guardan MORDAZA estetica entre si y dentro del espacio MORDAZA, dandole realce, belleza e identidad. Padron de Comerciantes.-Relacion de personas naturales registradas en la Municipalidad, que ejercen el comercio en la via publica. Retencion.-Incautacion de los bienes que dan origen a la sancion. Ubicacion Sostenible.-Espacio territorial expresamente identificado y regulado por la Municipalidad, para el ejercicio del comercio autorizado en la via publica, conforme los terminos de la presente Ordenanza y sujeto a los parametros de seguridad, accesibilidad, espacio fisico, libre de circulacion peatonal y vehicular y en general a la capacidad sostenible. Mediante Resolucion de Alcaldia se podra crear o suprimir ubicaciones sostenibles dentro del Distrito, previa evaluacion tecnica de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Ordenamiento Territorial. CAPITULO III DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL Articulo 09º.- La Municipalidad podra otorgar autorizacion para el comercio ambulatorio y/o estacionario en la via publica, en las zonas previstas y establecidas por este reglamento, a traves del organo competente

(se sugiere mediante Resolucion a traves de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, dado que la evaluacion socio economica la realizaria la Gerencia de Desarrollo Social y Economico) previa evaluacion socio-economica del postulante y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ordenanza. Articulo 10º.- La Licencia o Autorizacion se otorgara o renovara a los comerciantes ambulantes que cumplan con los requisitos establecidos en la presente ordenanza, les servira como documento identificatorio para el ejercicio del comercio ambulatorio y/o estacionario en la jurisdiccion del Distrito de Huaral, en la MORDAZA que se le asigne. Articulo 11º.- La Licencia Municipal del comerciante ambulante es de caracter temporal, personal e intransferible. El plazo de la misma sera de un (01) ano, contado a partir de la fecha de expedicion de la misma, pudiendo esta ser revocada por decision de la Autoridad Municipal por razones de interes publico, remodelacion de las vias y otras circunstancias determinantes, inclusive MORDAZA del plazo de vencimiento. En los casos de autorizaciones eventuales, esta no excedera de los diez (10) dias maximos. La autorizacion Provisional no determina derecho posesorio del trabajador ambulante sobre el espacio fisico en la via publica que ocupa para el desarrollo de la actividad comercial. Articulo 12º.- La Licencia o Autorizacion, sea temporal y/o eventual, que se otorgara a los comerciantes debera exhibirse en un lugar visible y contener los siguientes datos: a) Nombres y Apellidos completos. b) Documento de identidad. c) Fecha de Nacimiento. d) Domicilio. e) MORDAZA de Trabajo. f) Horario de Trabajo. g) Giro. h) Numero de Carne Sanitario. i) Fotografia de Frente Tamano Carne. j) Fecha de Caducidad de la Autorizacion Municipal. k) Nº de Expediente. Articulo 13º.- Las caracteristicas tecnicas de los modulosfijos o rodantes destinados al comercio ambulatorio deberan cumplir con las siguientes caracteristicas: · La carroceria debe ser constituida de planchas de metal con lunas de vidrio o material acrilico transparente. · Las medidas de estos modulos seran como MORDAZA los siguientes 2 metros (largo), 2 metros (alto) y 0.8 metros (ancho), dependiendo del ancho de las calles. · Pintado integramente de MORDAZA y MORDAZA, contar con un tacho pequeno color MORDAZA en la parte exterior para los desperdicios, ademas de tener una cinta reflectante en el lado que da hacia la calzada o via vehicular. · Solo se permitira la ubicacion de hasta cuatro (4) modulos por cuadra, de igual o diferentes rubros. · Deberan incorporar a sus modulos un balde o deposito de porcelana de diez (10) litros de capacidad (como minimo) y un deposito para las aguas residuales conectado a un MORDAZA para realizar el aseo de los utensilios que utilice en la venta de alimentos. · Los alimentos se expenderan en platos y vasos descartables. · Los modulos contaran con logotipos municipales y con Nº de Resolucion en lugar visible para el publico. Articulo 14º.- Requisitos para obtener la Autorizacion Temporal y/o Eventual: a) La MORDAZA de una Declaracion Jurada que en la cual conste que desempena el Comercio Ambulatorio como unica ocupacion economica, asi como los datos de su conyuge o conviviente; segun formato que proporcionara la Municipalidad. b) MORDAZA de Documento de identidad. c) Certificado Domiciliario. d) Recibo de Pago por Derecho de Autorizacion Municipal. e) 02 Fotografias Tamano Carne.

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