Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

VISTO: El Memorandum N° 381-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe N° 247-2012-SGEC-GAT-MSS de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, el Informe N° 730-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y las Ordenanzas N° 432-MSS; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 432-MSS publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25.08.2012, se aprobo un Beneficio para el Pago de Multas Administrativas en Ejecucion Coactiva y Condonacion de Costas Procesales; Que, la Primera Disposicion Final de la acotada Ordenanza, establecio su vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y regira hasta el ultimo dia habil del mes de setiembre del 2012; asimismo, en la Cuarta Disposicion Final se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de lo dispuesto en la Ordenanza; asi como para prorrogar su vigencia; Que, mediante el Informe Nº 247-2012-SGEC-GATMSS, del 24.09.2012, de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva, recogiendo la iniciativa contenida en el Informe Nº 222-2012-ATFV-SGEC-GAT-MSS de fecha 24.09.2012, remite el proyecto de prorroga del beneficio aprobado por Ordenanza Nº 432-MSS, senalando que se observa una tendencia al incremento del numero de pagos en comparacion con los primeros dias de vigencia de la Ordenanza, lo cual demostraria que existe voluntad por parte de los vecinos infractores a regularizar sus adeudos con los beneficios de la Ordenanza 432-MSS, resultando conveniente prorrogar su vigencia por un periodo adicional, hasta el 31.12.2012, a fin de satisfacer la demanda de este grupo de vecinos que de manera voluntaria deseen regularizar sus deudas ante esta Administracion Municipal; Que, mediante Informe Nº 381-2012-GAT-MSS, del 27.09.2012, la Gerencia de Administracion Tributaria, adjuntando el Informe Nº 247-2012-SGEC-GAT-MSS, senala que la propuesta normativa no implica la creacion de tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni recorte alguno de los derechos y/o beneficios ya existentes y por el contrario propone la ampliacion de la vigencia de una MORDAZA que otorga beneficios a los administrados, por lo que considera procedente la prorroga de los alcances de la Ordenanza Nº 432-MSS, hasta el 31.12.2012. Igualmente precisa que tratandose de una MORDAZA que otorga beneficios, resulta innecesaria la prepublicacion del proyecto de Decreto de Alcaldia, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 3.2. del Articulo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General; Que, mediante Informe N° 730-2012-GAJ-MSS del la Gerencia de Asesoria Juridica, opina por la procedencia de la prorroga de la Ordenanza N° 432-MSS, debiendo emitirse el dispositivo correspondiente; En uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley 27972; DECRETA: Articulo Unico.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza 432-MSS, que dispone beneficios de descuento de pago de multas administrativas en estado coactivo y condonacion de costas procesales, hasta el 31.12.2012. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgacion y difusion de sus alcances.

Tercera.- Disponer la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme lo prescribe el Articulo 15 de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 847421-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban Reglamento del Comercio Ambulatorio de la provincia de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2012-MPH Huaral, 24 de agosto del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba el Comercio Ambulatorio en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme los establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru. Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades en su Articulo 9º inciso 8) senala que "corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto Acuerdos". Asimismo en el Articulo 83º de la citada ley, en su numeral 3.2, determina que las Municipalidades Distritales "Regulan y controlan el Comercio Ambulatorio de acuerdo a las normas establecidas por las Municipalidades Provinciales". Que, la Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento Nº 28976, en su Articulo 10º senala que las municipalidades podran autorizar la utilizacion de la via publica en lugares permitidos, conjuntamente a la expedicion de la Licencia de Funcionamiento, para los cuales deben aprobar las disposiciones correspondientes. Que, el acelerado y desordenado crecimiento de las ventas de productos en la via publica de las centricas calles de la MORDAZA impide el libre MORDAZA peatonal y vehicular, poniendo en peligro la seguridad, la integridad fisica y la MORDAZA de los mismos vendedores y usuarios de estos servicios, por lo que es obligacion de la Municipalidad preservar las arterias viales y los espacios publicos en general, procurar el desarrollo MORDAZA ordenado y el ornato, por lo que en ese contexto, es necesario que se regulen las actividades comerciales en su conjunto con la finalidad de propiciar el desarrollo integral, ordenado y armonico del Distrito Capital de la Provincia de Huaral, dichas normas deben de adecuarse a las reales necesidades y expectativas socio economicas de la comunidad en su conjunto. Que, mediante Memorandum Nº 483-2012/MPH/ GSCyGA de fecha 22 de MORDAZA del 2012, la Gerencia de

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