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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (28/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de setiembre de 2012 475497 falsifi cación de la fi rma de la administrada y su presunto autor para proceder a la denuncia correspondiente. Que, estando a las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 329-2012-CONAFU, a la Ley Universitaria 23733 y el Estatuto General de la Universidad, que confi eren al Presidente de la Comisión de Organizadora de la UNTECS; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR IMPROCEDENTE el Escrito Nº 01 de Recurso de Reconsideración de fecha 24 de agosto de 2012, presentada por la Lic. Verónica Matilde Sánchez Montenegro, conforme a los fundamentos establecidos en los considerandos de la presente resolución. Segundo.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO a la Lic. Verónica Matilde Sánchez Montenegro por el incumplimiento de su jornada laboral (obligaciones académicas) incurriendo en falta grave de Abandono de Cargo, toda vez que desde el mes de julio la citada docente no asiste a impartir sus clases respectivas, perjudicando las evaluaciones académicas de los alumnos de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima, derivándose el presente expediente al Tribunal de Honor de la UNTECS; Tercero.- REALIZAR la práctica de una pericia grafo técnica a cargo de un perito especializado en la materia con el objeto de poder determinar e individualizar fehacientemente la posible falsificación de firma de la administrada y su presunto autor para proceder a la denuncia correspondiente, de ser el caso derívese a la Oficina General de Asesoría Legal para su ejecución. Cuarto.- PUBLICAR en el Diario Ofi cial El Peruano y uno de mayor circulación a nivel nacional, un extracto de la presente resolución y de la Resolución de Comisión Organizadora Nº 006-2012-UNTECS de fecha 3 de agosto de 2012, que resuelve Desestimar la solicitud de Licencia con Goce de Haber solicitada por la Lic. Verónica Matilde Sánchez Montenegro. Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución al Vicepresidente Académico, Vicepresidente Administrativo, Ofi cina de Control Interno, Ofi cina General de Asesoría Legal, Ofi cina de Recursos Humanos y al Tribunal de Honor de la UNTECS. Regístrese, comuníquese y archívese. SEGUNDO CASTINALDO VARGAS TARRILLO Presidente de la Comisión Organizadora SEGUNDO TEODORO ARRÉSTEGUI ANGASPILCO Secretario General (e) 847232-1 MINISTERIO PUBLICO Crean Despachos y plazas fiscales en los Distritos Judiciales de Loreto y Ucayali RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 125-2012-MP-FN-JFS Lima, 25 de setiembre de 2012 VISTO: El Informe Nº 033-2012-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 27 de agosto de 2012, emitido por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, que contiene la evaluación efectuada respecto de la creación de Fiscalías en el marco de la Implementación del citado Código en los Distritos Judiciales de Loreto y Ucayali. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-JUS, de fecha 30 de mayo de 2011, se aprobó la modifi cación del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-JUS, estableciéndose que el mencionado código entrará en vigencia en los Distritos Judiciales de Loreto y Ucayali, el 01 de octubre de 2012, por lo que se hace necesario convertir y delimitar las competencias de los despachos fi scales a la nueva estructura aprobada mediante Acuerdo Nº 457 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 4 de noviembre de 2004, en el marco del Decreto Legislativo Nº 958. Que, estando a la necesidad de creación de nuevos Despachos Fiscales; en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052-Ley Orgánica del Ministerio Público, y en cumplimiento al Acuerdo Nº 2845, adoptado en sesión ordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 7 y 10 de setiembre de 2012. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el Distrito Judicial de Loreto, los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: PROVINCIA DE MAYNAS • Tercera y Cuarta Fiscalía Superior Penal de Loreto. • Cuarta, Quinta, Sexta, Sétima y Octava Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, con competencia en la Provincia de Maynas, excepto el Distrito de Putumayo. • Fiscalía Provincial Mixta de Putumayo – Maynas, en la Provincia de Maynas, Distrito de Putumayo, con competencia en el Distrito de Putumayo. PROVINCIA DE LORETO • Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto - Nauta. • Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Loreto - Nauta, sede Nauta, en la Provincia de Loreto, Distrito de Nauta. PROVINCIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA • Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla. PROVINCIA DE REQUENA • Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Requena. PROVINCIA DE UCAYALI • Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ucayali. PROVINCIA DE DATEM DEL MARAÑON • Fiscalía Provincial Penal de Datem del Marañón. Artículo Segundo.- Crear en el Distrito Judicial de Ucayali, los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: PROVINCIA DEL CORONEL PORTILLO • Segunda y Tercera Fiscalía Superior Penal de Ucayali. • Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Coronel Portillo. • Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, sede Pucallpa. • Segunda Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Judicial de Ucayali, con sede en Pucallpa. • Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Campoverde. • Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha.