Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2012 (28/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de setiembre de 2012

Articulo Vigesimo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministro de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 847334-4 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 2523-2012-MP-FN MORDAZA, 25 de setiembre del 2012 VISTOS: El Informe Nº 033-2012-MP-FN-ETI-NCPP/ST de fecha 28 de agosto del 2012, elaborado por la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y la opinion del Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ucayali, relacionado con la conversion de la actual estructura organizacional fiscal del Distrito Judicial de Ucayali, en Fiscalias Superiores Penales de Liquidacion y Apelaciones y Fiscalias Provinciales Penales Corporativas, las mismas que conoceran los procesos en estado de liquidacion y adecuacion de los casos iniciados con el Codigo de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaran con el Codigo Procesal Penal, a partir del 01 de octubre del presente ano; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957, se aprobo el Codigo Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias, que este entrara en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales segun el Calendario Oficial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus articulos 16º, 17º y 18º, regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad de la mencionada MORDAZA procesal, asi como la adecuacion de denuncias y liquidacion de procesos en etapa de investigacion; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 004-2011JUS, se aprobo la modificacion del Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del Codigo Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-JUS, especificandose que la implementacion del mencionado Codigo, entrara en vigencia en el Distrito Judicial de Ucayali, el 01 de octubre del 2012; por lo que se hace necesario convertir y delimitar las competencias de los despachos fiscales a la nueva estructura aprobada mediante Acuerdo Nº 457 de la Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre del 2004, en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 958; Que, por Resolucion Nº 125-2012-MP-FN-JFS de fecha 25 de setiembre del 2012, segun Acuerdo Nº 2845 de Junta de Fiscales Supremos, se crearon Fiscalias Provinciales para ser implementadas en el Distrito Judicial de Ucayali, ante la entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Primera Fiscalia Superior Mixta de Ucayali, en Primera Fiscalia Superior Penal de Ucayali, la misma que conocera los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja de los casos en liquidacion y adecuacion.

Articulo Segundo.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Superior Mixta de Ucayali y la Tercera Fiscalia Superior Mixta Transitoria de Ucayali, en Primera y MORDAZA Fiscalia Superior Civil y Familia de Ucayali. Articulo Tercero.- La MORDAZA Fiscalia Superior Penal de Ucayali, conocera los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja de los casos en liquidacion y adecuacion. Articulo Cuarto.- La Tercera Fiscalia Superior Penal de Ucayali, conocera los procesos penales, las apelaciones y recursos en queja que se inicien con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Quinto.- Convertir la Primera, MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA Portillo, en Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA Portillo, la misma que conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo efecto se avocara a los casos que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Sexto.- Convertir la Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA Portillo, en MORDAZA Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA Portillo. Articulo Setimo.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial de Prevencion de Delito de MORDAZA Portillo, en Primera Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito de MORDAZA Portillo. Articulo Octavo.- La MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA Portillo, conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo efecto se avocara a los casos que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Noveno.- La Tercera, Cuarta, MORDAZA y Sexta Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA Portillo, conoceran los casos que se inicien con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas - Sede Pucallpa, en Primera Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas - Sede Pucallpa. Articulo Undecimo.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Especializada en Materia Ambiental del Distrito Judicial de Ucayali, en Primera Fiscalia Especializada en Materia Ambiental del Distrito Judicial de Ucayali. Articulo Decimo Segundo.- Convertir la Fiscalia Provincial Civil de MORDAZA Portillo, en Primera Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Portillo, la misma que conocera los casos en materia civil y familia. Articulo Decimo Tercero.- Convertir la Primera, MORDAZA y Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA Portillo, en MORDAZA, Tercera y Cuarta Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA Portillo, las mismas que conoceran los casos en materia civil y familia. Articulo Decimo Cuarto.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, en Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA, la misma que conocera los casos en materia civil y familia. Articulo Decimo Quinto.- La Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA, conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, asi como los casos que se inicien con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Sexto.- Convertir la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Yarinacocha, en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Yarinacocha, la misma que conocera los casos en materia civil y familia. Articulo Decimo Setimo.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Yarinacocha, en Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito - Sede Yarinacocha. Articulo Decimo Octavo.- La Primera Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha, conocera los procesos en liquidacion hasta su culminacion, en cuyo efecto se avocara a los casos que se tramitan conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Decimo Noveno.- La MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Yarinacocha, conocera los casos que se inicien con el MORDAZA Codigo Procesal Penal. Articulo Vigesimo.- Convertir la Fiscalia Provincial Mixta de Atalaya, en Fiscalia Provincial Civil y Familia de Atalaya, la misma que conocera los casos en materia civil y familia.

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