Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2012 (29/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de setiembre de 2012

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas indicadas en el Articulo 1º de la presente Resolucion, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 847726-1

DEFENSA
Amplian permanencia de oficial del Ejercito en EE.UU. por tratamiento medico altamente especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 451-2012-DE/ MORDAZA, 28 de setiembre de 2012 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 021 Y-6.1/15.00 del 21 de agosto de 2012, del Comando de Salud del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 234-2012-DE/ del 28 de MORDAZA de 2012, se autorizo el viaje al exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado del Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al HOSPITAL JOHN'S HOPKINS de la MORDAZA de Baltimore, Estado de Maryland - Estados Unidos de MORDAZA, por un periodo de noventa (90) dias en MORDAZA, a partir del 29 de MORDAZA al 26 de agosto de 2012; Que, de acuerdo con el Oficio N° 113/AGREMIL/ EJEC del 19 de MORDAZA de 2012, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, informo que el Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA acordo con los Medicos del HOSPITAL JOHN'S HOPKINS iniciar el tratamiento medico para la reconstruccion de su pie MORDAZA, el cual durara aproximadamente un ano; Que, mediante el documento del visto, el Comandante General del Comando de Salud del Ejercito, recomienda la ampliacion de la permanencia en el exterior hasta el 31 de diciembre de 2012 del Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para continuar el Tratamiento Medico Altamente Especializado en el HOSPITAL JOHN'S HOPKINS de la MORDAZA de Baltimore, Estado de Maryland ­ Estados Unidos de America; Que, los gastos que ocasione la presente ampliacion de permanencia en el exterior, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por Tratamiento Medico Altamente Especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento medico especializado que no puede brindarse en el MORDAZA por enfermedades o patologias originadas durante el cumplimiento del servicio, de conformidad con los articulos 13° y 14° del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG del 26 de enero de 2004, Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Que, el inciso 17.1 del articulo 17° de la Ley N° 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", establece que la autoridad administrativa podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a

los administrados, y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse del acto el supuesto de hecho justificado para su adopcion; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, senala que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 0012011 ­ DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 ­ sobre normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio, Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, Estando a lo propuesto por el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar con eficacia anticipada la permanencia en el exterior por Tratamiento Medico Altamente Especializado del Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI N° 43275024 y CIP N° 121265600, a fin de cumplir con su rehabilitacion en el HOSPITAL JOHN'S HOPKINS, de la MORDAZA de Baltimore, Estado de Maryland ­ Estados Unidos de MORDAZA, en el periodo comprendido del 27 de agosto al 31 de diciembre de 2012. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora: 003-Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensacion Extraordinaria Mensual Por Servicio en el Extranjero: US $. 2,500.00/31 x 05 dias x 1 persona (27 ago 31 ago 2012). US $. 2,500.00 x 04 meses x 1 persona (set a dic 2012). : US $. 403.23

US $. 10,000.00 US $. 10,403.23

Total a pagar

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, sera por dias reales y efectivos en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El personal autorizado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5°.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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