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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de setiembre de 2012 475543 DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO Nacional ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2151612 : Mejoramiento de los Accesos e Instalaciones Turísticas de la Ruta Centro de Interpretación, Árbol Milenario, Mirador Salinas, Casa Karl Weiss, Huaca Las Ventanas, Huaca El Oro y la Ruta Naturaleza del Santuario Histórico Bosque de Pomac, Provincia de Ferreñafe y Departamento de Lambayeque FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 927 112,00 PROYECTO 2094240 : Puesta en Valor de la Plazoleta El Recreo del Centro Histórico de Trujillo, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo – La Libertad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 368 656,00 PROYECTO 2145664 : Construcción de la Marina Turística para el Acceso al Circuito Turístico Norte de Iquitos, en la Localidad de Bellavista Nanay, Distrito de Punchana, Provincia de Maynas – Región Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 9 991 174,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 17 286 942,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 452 : Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2151612 : Mejoramiento de los Accesos e Instalaciones Turísticas de la Ruta Centro de Interpretación, Árbol Milenario, Mirador Salinas, Casa Karl Weiss, Huaca Las Ventanas, Huaca El Oro y la Ruta Naturaleza del Santuario Histórico Bosque de Pomac, Provincia de Ferreñafe y Departamento de Lambayeque FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 927 112,00 -------------------- SUB TOTAL 4 927 112,00 =========== PLIEGO 130101 : Municipalidad Provincial de Trujillo ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2094240 : Puesta en Valor de la Plazoleta El Recreo del Centro Histórico de Trujillo, Distrito de Trujillo, Provincia de Trujillo – La Libertad FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 368 656,00 ------------------ SUB TOTAL 2 368 656,00 ========== PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Central ASIGNACIONES PRESUPUESTALES QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2145664 : Construcción de la Marina Turística para el Acceso al Circuito Turístico Norte de Iquitos, en la Localidad de Bellavista Nanay, Distrito de Punchana, Provincia de Maynas – Región Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 9 991 174,00 ------------------- SUB TOTAL 9 991 174,00 =========== TOTAL EGRESOS 17 286 942,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitador y de los Pliegos habilitados considerados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de dicha Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Información Los Pliegos habilitados informarán al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los Convenios y/o adendas correspondientes, para efectos de las acciones de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11° de la Ley N° 29812 – Ley de Presupuestos del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 848083-1