Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2012 (30/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de setiembre de 2012

Articulo Primero.- Modificar el inciso c. del articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 029-2008-CEPJ, de fecha 30 de enero de 2008, en la forma siguiente: "(...) c. Las MORDAZA y los Juzgados Transitorios de Descarga Procesal resolveran expedientes en tramite que les remitan los organos jurisdiccionales permanentes; y asimismo se encargaran de su ejecucion. (...)" Esta disposicion se aplicara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion, y comprendera a los expedientes que actualmente se encuentran en las MORDAZA y Juzgados Transitorios de Descarga Procesal. Articulo Segundo.- Modificar los numerales 6.2 y 6.3; 7.1; y agregar el 8.4; en lo que corresponda, de las Secciones VI, VII y VIII de las Disposiciones Generales, Especificas y Finales, respectivamente de la Directiva N° 001-2012-CE-PJ, aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ, del 2 de marzo del ano en curso, y de las modificatorias aprobadas por Resoluciones Administrativas Nros. 084-2012-CE-PJ y 135-2012-CEPJ, de fechas 8 de MORDAZA y 9 de MORDAZA del presente ano, en la forma siguiente: "(...) VI. DISPOSICIONES GENERALES (...) 6.2 Competencias de la Comision Nacional de Descarga Procesal (...) i. Proponer a la Presidencia del Poder Judicial y al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, previa coordinacion con las Comisiones Distritales de Descarga Procesal, reconocimiento e incentivos que permitan resaltar el cumplimiento de metas y la labor extraordinaria que realicen Jueces y Auxiliares Jurisdiccionales para contar con "carga cero" de expedientes. j. Las demas que le correspondan conforme al MORDAZA normativo aplicable sobre las materias de su competencia. (...) 6.3 De las Comisiones Distritales de Descarga Procesal (...) b. (...) - El Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. (...) VII. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 7.1 De los expedientes a cargo de los Organos Jurisdiccionales Transitorios de Descarga Procesal. Las MORDAZA y Juzgados Transitorios de Descarga Procesal se avocaran a sentenciar y ejecutar los expedientes que se les MORDAZA asignado para el apoyo de los Organos Jurisdiccionales Permanentes, no incluira los que se encuentren en archivos transitorios ni los de reserva, ni recibiran expedientes en ejecucion. Para tal efecto, los organos jurisdiccionales permanentes seguiran remitiendo expedientes para sentenciar, priorizando los mas antiguos hasta la fecha de cierre de cada inventario anual, de acuerdo a lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, a propuesta de la Comision Distrital de Descarga Procesal, bajo los criterios generales establecidos de conformidad con el numeral 6.2 de la Seccion VI. La distribucion de expedientes podra ser verificada por la Comision Nacional de Descarga Procesal, cuando lo estime pertinente. (...) VIII. DISPOSICIONES FINALES (...) 8.4 De los Equipos de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal (NCPP) y de la nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT).

El Gerente de Operaciones de las ETIs Penal y Trabajo, a traves de su Secretaria Tecnica mantendra informado bimestralmente de la labor que realizan los organos jurisdiccionales liquidadores de cada materia, a efecto de consolidar las acciones de descarga procesal correspondiente. (...)" Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comision Nacional de Descarga Procesal, Gerencia de Operaciones de las Equipos de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la nueva Ley Procesal del Trabajo, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 848024-5

Prorrogan funcionamiento de la Sala Civil Transitoria, Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 187-2012-CE-PJ MORDAZA, 26 de setiembre de 2012 VISTOS: Los Oficios Nros. 208-12-SCT-CS-PJ, 458-2012-PSDCST-CS/PJ y 387-2012-P-SPT-CS, cursados por los Presidentes de la Sala Civil Transitoria, Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa N° 123-2012-CE-PJ, de fecha 27 de junio de 2012, prorrogo por el periodo de tres meses, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso, el funcionamiento de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Penal Transitoria y Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, respectivamente, a fin de continuar con la descarga procesal. Segundo. Que los Presidentes de las referidas MORDAZA Supremas han solicitado que se disponga la prorroga del funcionamiento de los mencionados organos jurisdiccionales por el termino de ley. Tercero. Que, al respecto, de los informes estadisticos remitidos aparece que aun queda considerable numero de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prorroga del funcionamiento de las mencionadas MORDAZA Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el termino de tres meses. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 9072012 de la cuadragesima setima sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad.

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