NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/09/2012)
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TEXTO PAGINA: 22
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de setiembre de 2012 475676 La Comisión Técnica de Trabajo se avocará a la evaluación y emisión de un informe por cada uno de los distritos, proponiendo la modifi cación del plano de zonifi cación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la presente Ordenanza, los cuales se organizarán por distritos, a fi n de ser remitidos por la Gerencia de Desarrollo Urbano a la Gerencia Municipal Metropolitana y posteriormente, a la Secretaria General del Concejo, para el correspondiente pronunciamiento de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, teniendo como plazo máximo de culminación el 30 de junio de cada año (Primera Etapa) y el 30 de diciembre de cada año (Segunda Etapa). Artículo 15°.- COMISION METROPOLITANA DE DESARROLLO URBANO, VIVIENDA Y NOMENCLATURA La Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura del Concejo Metropolitano, emitirá Dictamen sobre las propuestas recibidas. Las propuestas en conjunto de Cambio de Zonifi cación por distrito, serán puestas a consideración del Concejo Metropolitano de Lima, el cual emitirá una ordenanza por cada circunscripción distrital”. Artículo Segundo.- Modifi car el Anexo N° 01 de la Ordenanza N° 1617-MML que corresponde al Cronograma de Cambios de Zonifi cación, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www. Munlima.gob.pe). Artículo Tercero.- Establecer que la Única Disposición Transitoria cambiará de nombre y será denominada como SEGUNDA, incorporándose además las siguientes Disposiciones Transitorias: “Primera.- Disponer que, por única vez, las solicitudes de cambio de zonifi cación, que a la fecha de publicación de la Ordenanza N° 1617-MML, esto es el 19 de Julio de 2012, contaban con dictámenes emitidos durante el presente año por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, serán puestos a consideración del Concejo Metropolitano, el cual emitirá una sola Ordenanza por todos ellos. Tercera.- Las solicitudes presentadas al amparo del numeral 34.2 del artículo 34 de la Ordenanza Nº 620-MML, en el estado en que se encuentren dentro de la Corporación Municipal, deberán ser remitidas a la Comisión Técnica de Trabajo prevista en el Artículo 14° de la Ordenanza N°1617-MML, la cual deberá incorporarlas y condensarlas en el informe único que por distrito dicho órgano emita, con arreglo a los siguientes plazos: - Evaluación por parte de la Comisión Técnica de Trabajo, desde el 15 de octubre hasta el 28 de diciembre del 2012. - Remisión a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura desde el 05 de noviembre hasta el 28 de diciembre del 2012.” Articulo Cuarto.- Incorporar una Disposición Complementaria, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “Única.- Durante los cinco (5) primeros años de vigencia de los Planes Urbanos Distritales aprobados por el Concejo Distrital y ratifi cados mediante Ordenanza Metropolitana, de conformidad con los Planos de Zonifi cación aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima, vigentes a la fecha, se suspende el trámite de las peticiones individuales de cambios de zonifi cación que correspondan a dichas circunscripciones.” POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 25 SET. 2012 EDUARDO ARIEL ZEGARRA MENDEZ Teniente Alcalde - Encargado de la Alcaldía 848004-1 Establecen la conformidad de la Resolución de Subgerencia Nº 212- 2012-SGCHU-GDU/MDSMP expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres RESOLUCIÓN Nº 162-2012-MML-GDU-SPHU Lima, 28 de agosto de 2012 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 157339-2012, de fecha 21 de agosto de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Subgerencia Nº 212-2012- SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 14 de agosto de 2012, aprobando la Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por el señor ZOILO ANTONIO TERAN BARRIENTOS, en representación de TOMASA CAMPANA ESPINOZA DE TERAN y ELENA LUCRECIA TERAN BARRIENTOS; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 157339-2012, de fecha 21 de agosto de 2012 (fs.01 al 190 ), la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite copia certifi cada de la Resolución de Subgerencia Nº 212-2012-SGCHU-GDU/ MDSMP, de fecha 14 de agosto de 2012 (fs. 180 al 183), que resuelve aprobar la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-3”, del terreno de 5,054.50 m2, constituido por el Lote Nº 1, Manzana G de la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, del Ex Fundo El Naranjal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado Nº 047-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva que forma parte de ésta, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe Nº 299-2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 24 de agosto de 2012 (fs. 191 al 194), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-3”, del terreno de 5,054.50 m2, constituido por el Lote Nº 1, Manzana G de la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, del Ex Fundo El Naranjal aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, mediante la Resolución Subgerencia Nº 212-2012- SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 14 de agosto de 2012, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación; por cuanto el predio materia de evaluación respeta las zonifi caciones con las que se encuentra califi cada como Residencial de Densidad Media-R4 y Comercio Vecinal C2, de conformidad a la Resolución Nº 387-91-MML-AM.SMDU, a vías; por cuanto el terreno no se encuentra afecto a ninguna vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano, de conformidad a la Ordenanza Nº 127-MML, estando afecto a dos vías locales Av. Los Sauces y Av. Central de secciones no determinadas; sin embargo de acuerdo a la Ordenanza Nº 341-MML se encontraría afecta a la Av. Las Torres, Vía Arterial de sección A-03-A10 de 30.00 ml de ancho, tal como ha sido aprobada, respetando los módulos establecidos, para las vías locales, se proponen la secciones B-B, C-C y D-D de 20.00 m, 13.00 m y 6.00, de acuerdo a lo establecido en las Modifi caciones al Anexo I del RNC, Normas para el Diseño de Vías Locales en Habilitaciones Urbanas para uso de Vivienda, y aportes reglamentarios, por cuanto el trámite de Habilitación Urbana Ejecutada, iniciada en el año 1998, corresponde la aplicación de los aportes reglamentarios dispuestos en el Reglamento Nacional de Construcción y los Decretos Ley Nº 18898 y Nº 19543 del año 1972, para la zonifi cación R-3; por lo que se opina por remitir los actuados al Área Legal de esta Subgerencia para su pronunciamiento y emisión del acto administrativo que resuelva la CONFORMIDAD de la citada resolución; Que, mediante Informe Nº 325-2012-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 24 de agosto de 2012 (fs. 196 al 197), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la EMPRESA