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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de setiembre de 2012 475677 DE TRANSPORTES Y SERVICIOS VEINTE DE MARZO S.A., ELENA LUCRECIA TERAN BARRIENTOS y de la sociedad conyugal conformada por TOMASA CAMPANA ESPINOZA DE TERAN y ZOILO ANTONIO TERAN BARRIENTOS, co-propietarios del terreno de 5,054.50 m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 1179638 que continúa en la Partida Electrónica 44123401 del Registro Propiedad Inmueble (fs. 142 al 146); asimismo, en sujeción a los principios de Legalidad y Debido Procedimiento previstos en el Artículo IV, de la Ley Nº 27444 y, advirtiéndose que en los actuados administrados no se encuentra acreditado poder alguno de la empresa TRANSPORTES Y SERVICIOS VEINTE DE MARZO S.A. le otorga al señor Zoilo Antonio Terán Barrientos, para la tramitación de la Habilitación Urbana, hecho que si bien es cierto, no es materia de verifi cación por parte de este Corporativo; ello no limita para efectuar la recomendación pertinente a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en sujeción a los principios de Legalidad y Debido Procedimiento previstos en el Artículo IV, de la Ley Nº 27444 y, en su condición de ente competente para aprobar los procedimientos de Habilitaciones Urbanas en su jurisdicción, emitir el Acto Administrativo, guardando coherencia con la inscripción registral obrante en autos, a efectos de no incurrir en responsabilidad administrativa, prevista en el Art. 239º de la citada Ley, y en cumplimiento de la Ley Nº 26878 y Decreto de Alcaldía Nº 079, normas aplicables al presente procedimiento, en cuanto a quien solicita la Habilitación Urbana, es el propietario registral; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señalada en los Informes Nº 299-2012-MML-GDU-SPHU- DCO y Nº 325-2012-MML-GDU-SPHU-AL, ambos de fecha 24 de agosto de 2012; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y a aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Subgerencia Nº 212-2012-SGCHU-GDU/ MDSMP, de fecha 14 de agosto de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Con el visto bueno de la División de Control de Obras y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Resolución Nº 387-91-MML-AM-SMDU, Ordenanzas Nº 127-MML, Nº 341-MML y el Reglamento Nacional de Construcciones y SE RESUELVE: Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Subgerencia Nº 212-2012-SGCHU-GDU/ MDSMP, de fecha 14 de agosto de 2012, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve aprobar la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media R-3, del terreno de 5,054.50 m2, constituido por el Lote Nº 1, Manzana G de la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, del Ex Fundo El Naranjal, ubicado en el distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad al Plano signado Nº 047-2012-SGCyHU- GDU-MDSMP y la Memoria Descriptiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, dar fi el cumplimiento a la normatividad en materia de Habilitaciones Urbanas, en cuanto a quien solicita la Habilitación Urbana, es el propietario registral, con la fi nalidad de generar acto administrativo inscribible, en sujeción a los principios registrales de legalidad y tracto sucesivo, a efectos no incurrir en responsabilidad administrativa, prevista en el Art. 239º de la Ley Nº 27444. Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución al señor ZOILO ANTONIO TERAN BARRIENTOS en representación de TOMASA CAMPANA ESPINOZA DE TERAN y ELENA LUCRECIA TERAN BARRIENTOS y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 5º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 847432-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 389/MM Mediante Ofi cio Nº 634-2012-SG/MM, la Municipalidad de Mirafl ores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 389/MM, publicada en nuestra edición del día 19 de setiembre de 2012. DICE: “Tercera.- Deróguese los Códigos de Infracción Nº 02- 126, 02-150, 02-151, 02-153 que fueran aprobados por el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, establecido en la Ordenanza N° 376-MM.” DEBE DECIR: “Tercera.- Deróguese los Códigos de Infracción Nº 02- 126, 02-150, 02-151, 02-152 que fueran aprobados por el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas, establecido en la Ordenanza N° 376-MM.” 847763-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Modifican Anexo de la Ordenanza Nº 101-2009/MDSB que aprueba el Reglamento de Subastas Públicas para transferir, ceder y/o disponer la propiedad de bienes inmuebles de dominio privado de la Municipalidad (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de San Bartolo, mediante Ofi cio N° 119- 2012/SG/MDSB, recibido el 28 de setiembre de 2012) ORDENANZA Nº 0107-2009/MDSB San Bartolo, 20 de noviembre de 2009 MODIFICAN ARTICULOS 3, 7,9 INCISOS B Y D Y ARTICULOS 10, 12, 13, 14 Y 15 DEL ANEXO 1 DE LA ORDENANZA Nº 101-2009/MDSB QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE SUBASTAS PUBLICAS PARA TRANSFERIR, CEDER Y/O DISPONER LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES DE DOMINIO PRIVADO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Bartolo, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de noviembre