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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (30/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de setiembre de 2012 475681 Que, estando el Informe Nº 408-2012-RPG-GDU/ MDSMP de fecha 09 de Agosto del 2012, emitido por el área legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta entidad administrativa, donde señala que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-3”, del terreno con una extensión superfi cial de 5,054.50 m2, inscrita en la Ficha Registral Nº 1179638 y su continuación en Partida Electrónica Nº 44123401 de la Ofi cina Nacional de los Registros Públicos (rectifi cada en Asiento B00001), constituido por el Lote 1 de la Manzana “G” de la Habilitación Pre- Urbana “Huertos de Naranjal” del Ex Fundo Naranjal, de conformidad con el Plano signado con Nº 047- 2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a ELENA LUCRECIA TERÁN BARRIENTOS, ZOILO ANTONIO TERÁN BARRIENTOS Y ESPOSA, para ejecutar las Obras de Habilitación Urbana en un plazo de dieciocho (18) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201º, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Construcciones, Ley General de Habilitaciones Urbanas – Ley Nº 26878 y su Texto Único Ordenado del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-3”, del terreno con una extensión superfi cial de 5,054.50 m2, inscrita en la Ficha Registral Nº 1179638 y su continuación en Partida Electrónica Nº 44123401 de la Ofi cina Nacional de los Registros Públicos (rectifi cada en Asiento B00001), constituido por el Lote 1 de la Manzana “G” de la Habilitación Pre-Urbana “Huertos de Naranjal” del Ex Fundo Naranjal, de conformidad con el Plano signado con Nº 047-2012-SGCyHU-GDU- MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a ELENA LUCRECIA TERÁN BARRIENTOS, ZOILO ANTONIO TERÁN BARRIENTOS Y ESPOSA para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas, y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 5,054.50 m2. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área Bruta 5,054.50 Área Útil 4,874.75 Área de Vías 179.75 PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero del 2001. Artículo Tercero.- DISPONER a ELENA LUCRECIA TERAN BARRIENTOS, ZOILO TERAN BARRIENTOS Y ESPOSA el pago de los défi cits de aportes de Recreación Pública y Otros Fines por las áreas de 404.36 m2 y 101.09 m2, respectivamente, a redimirse en dinero para la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y los défi cits de aportes de Ministerio de Educación y Serpar por las áreas de 101.09 m2 y 50.55 m2, a redimirse en dinero al Ministerio de Educación y Serpar, respectivamente, quedando en garantía los lotes 1 al 15 del Lote 1 Mz. “G” de la Habilitación Pre-Urbana Huertos de Naranjal, los cuales serán cancelados antes de la Recepción de Obras. Artículo Cuarto.- REMITIR una copia del expediente de la Habilitación Urbana Ejecutada y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su ratifi cación, al Ministerio de Educación y al Servicio de Parques – SERPAR LIMA para su conocimiento y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción de los lotes resultantes. Articulo Quinto.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano para su publicación, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los copropietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana.