Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2013 (09/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2013

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dictan disposiciones para el traslado e inicio del funcionamiento del Juzgado Civil Transitorio de Ate de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA UNIDAD DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 356-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 1 de MORDAZA del 2013 VISTO: La Resolucion Administrativa Nº 20-2013-CE-PJ de fecha 29 de enero del 2013, Informe Nº 022-2013-AEPRUPD-CSJLI/PJ de fecha 08 de marzo del 2013 y el Oficio Nº 09-2013-CI-CSJLI/PJ de fecha 22 de marzo del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa Nº 0202013-CE-PJ de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar el 5º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio de MORDAZA en Juzgado Civil Transitorio de Ate, indicando que el 10º Juzgado Contencioso Administrativo se denominara 5º Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio y seguira avocandose a su carga actual. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 0312012-CE-PJ de fecha 02 de marzo del 2012, se aprobo la Directiva Nº 001-2012-CE-PJ "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal, y de su Secretaria Tecnica", con la finalidad de establecer la correcta disposicion de medidas administrativas y el incremento de la productividad de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, materia de competencia de la Comision Nacional de Descarga Procesal. Que, el Presidente de esta Corte Superior como MORDAZA autoridad en el distrito judicial, asi como la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, tienen la responsabilidad de monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional de reduccion de la carga procesal, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de dichos organos jurisdiccionales. En tal sentido, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo por encargo de la Comision Distrital de Descarga Procesal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ha emitido el informe Nº 22-2013-AEPR-UPD-CSJLI/PJ, que propone segun el analisis realizado, redistribuir la cantidad de 500 expedientes en tramite del Juzgado Civil del MORDAZA Este al Juzgado Civil Transitorio de Ate, debiendo de priorizarse los expedientes en estado de emitirse sentencia, asi como los expedientes en estado de tramite del mas antiguo al mas reciente y/o de menor complejidad. Recomendando que la redistribucion de los expedientes se efectuara a la brevedad, a fin de que el organo convertido cuente con produccion judicial previa a la conclusion de funciones prevista para el 30 de MORDAZA de 2013. Que, mediante el Oficio Nº 09-2013-CI-CSJLI/PJ de fecha 22 de marzo del 2013, la Coordinadora del Area de Infraestructura de esta Corte Superior informa que se ha previsto que el Juzgado Civil Transitorio de Ate ocupe tres ambientes del tercer piso de la Sede MORDAZA MORDAZA (Pariachi), identificados con los numerales Nº 303, 304 y 305. Que, en merito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte de MORDAZA, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo arriba citado; en consecuencia, corresponde ordenar y ejecutar las medidas pertinentes para tal fin, con sujecion a

los lineamientos dispuestos de las acotadas Resoluciones Administrativas. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS e inciso 3 del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolucion Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que la Gerencia de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cumpla con efectuar el traslado y mudanza del Juzgado Civil Transitorio de Ate a su nueva sede judicial ubicado en el tercer piso del edificio MORDAZA MORDAZA (Pariachi) numerales Nº 303, 304 y 305; traslado que debera efectuarse el dia 09 de MORDAZA del presente ano, fecha que resulta improrrogable. Articulo Segundo.- DISPONER a partir del dia 11 de MORDAZA del 2013, el inicio de funcionamiento del Juzgado Civil Transitorio de Ate, el cual apoyara en la descarga procesal de todos los juzgados de la jurisdiccion del MORDAZA Este que soporten carga en materia civil. Articulo Tercero.- DISPONER que Juzgado Civil del MORDAZA Este cumpla con efectuar la remision de 500 expedientes de la especialidad Civil a la mesa de partes del Juzgado Civil Transitorio de Ate. La redistribucion dispuesta en la presente resolucion se efectuara en el periodo comprendido del 11 AL 15 DE MORDAZA del presente ano. Articulo Cuarto.- La redistribucion comprende a los procesos en estado de emitir sentencia, cualquiera sea el ano de ingreso del expediente, priorizando del mas antiguo al mas reciente y MORDAZA menos complejos. Excepcionalmente, de no existir expedientes en etapa de sentencia en la cantidad arriba indicada, tal cifra sera completada con los expedientes en etapa de tramite. Articulo Quinto.- Para los fines de la redistribucion se tomaran en consideracion los siguientes lineamientos: - No se considera en la redistribucion, a los expedientes que hayan sido objeto de una redistribucion anterior. - No se considera en la redistribucion, los expedientes que han llevado a cabo informe oral y los que se encuentren en etapa de ejecucion. - No se considera en la redistribucion a los expedientes que se encuentren con mandato de archivo, sea provisional o definitivo. - No se comprende en la redistribucion, a los expedientes ya sentenciados, aun cuando dicha sentencia MORDAZA sido anulada por el Superior. Articulo Sexto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberan ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificacion completos, debidamente cosidos, foliados en numeros y letras y todos sus escritos proveidos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no seran objeto de redistribucion, bajo responsabilidad funcional del Magistrado a cargo del Juzgado. Articulo Setimo.- CUMPLAN los Magistrados Juzgado Civil del MORDAZA Este y del Juzgado Civil Transitorio de Ate, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional. Articulo Octavo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ ODECMA, a fin que vele por su cumplimiento; debiendo proceder conforme a sus funciones y atribuciones en caso de incumplimiento. Articulo Noveno.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice el seguimiento, evaluacion y monitoreo de la carga procesal redistribuida y ejecute las demas coordinaciones necesarias para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, debiendo dar cuenta a la Presidencia, bajo responsabilidad funcional. Articulo Decimo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Comision Distrital de Descarga

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