Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2013 (09/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492411

causal prevista en el numeral 9 del articulo 22, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente Nº J2012-01568, y oido el informe oral. ANTECEDENTES: De la solicitud de vacancia de Bander Yojansson MORDAZA MORDAZA El 22 de noviembre de 2012, Bander Yojansson MORDAZA MORDAZA solicito (fojas 111 a 120) ante el MORDAZA Nacional de Elecciones la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, de la LOM, sustentando su pedido en los siguientes hechos: - Aprovechandose del cargo de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cobrado indebidamente bonificaciones producto de la negociacion colectiva: escolaridad, MORDAZA Patrias, Dia del trabajador municipal y Navidad, durante los anos 2011 y 2012, beneficios que unicamente le corresponden a los trabajadores, habiendose negado a devolver dichas bonificaciones, asi como a devolver un aumento indebido en su remuneracion, pese a haber sido ello observado por el organo de control interno (OCI) y por la Contraloria General de la Republica, aprovechandose del cargo para beneficio personal, afectando el patrimonio de la municipalidad y del Estado peruano. - El MORDAZA, sin considerar la prohibicion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2011, mediante acuerdo de concejo efectuado en la Sesion Ordinaria N.º 003-2011, de fecha 9 de febrero de 2011, habria fijado su remuneracion mensual, por todo concepto, en S/. 6 500,00 (seis mil quinientos y 00/100 nuevos soles), monto que debe ser descontado, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, en el cual se dictan los ingresos que, por todo concepto, perciben los alcaldes, sobre la base de proyecciones de las remuneraciones maximas de todos los burgomaestres a nivel nacional, por departamento, provincia o distrito, por lo que no merece mayor abundamiento, no configurandose causal de vacancia. Adjunta como medios probatorios, entre otros, las planillas de algunas bonificaciones especiales de los anos 2011 y 2012, los cuales fueron cobrados por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Carrion. Mediante Auto Nº 1, de fecha 29 de noviembre de 2012, recaido en el Expediente Nº J-2012-01568, este organo colegiado traslado la solicitud de vacancia al respectivo concejo municipal. De la solicitud de vacancia de MORDAZA De la MORDAZA Lllajaruna y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA El 30 de noviembre de 2012, MORDAZA De la MORDAZA Llajaruna y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitaron (fojas 2 a 12) la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal del articulo 22, numeral 9, de la LOM, sustentando su pedido en los siguientes hechos: - Aprovechandose del cargo de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha cobrado indebidamente bonificaciones producto de la negociacion colectiva: escolaridad, MORDAZA Patrias, Dia del trabajador municipal y Navidad, durante los anos 2011 y 2012, beneficios que unicamente le corresponden a los trabajadores, habiendose negado a devolver dichas bonificaciones, asi como a devolver un aumento indebido en su remuneracion, pese a que ha sido observado por el organo de control interno (OCI) y por la Contraloria General de la Republica, aprovechandose del cargo para beneficio personal, afectando el patrimonio de la municipalidad y del Estado peruano. - El MORDAZA, sin considerar la prohibicion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2011, mediante acuerdo de concejo efectuado en la Sesion Ordinaria N.º 003-2011, de fecha 9 de febrero de 2011, habria fijado su remuneracion mensual, por todo concepto, en S/. 6 500,00 (seis mil quinientos y 00/100 nuevos soles), monto que debe ser descontado, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM, en el cual se dictan los ingresos que, por todo concepto, perciben los alcaldes, sobre la base de proyecciones de las remuneraciones maximas de todos los burgomaestres a nivel nacional, por

departamento, provincia o distrito, por lo que no merece mayor abundamiento, no configurandose causal de vacancia. Adjunta como medios probatorios, entre otros, las planillas de algunas bonificaciones especiales de los anos 2011 y 2012, los cuales fueron cobrados por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Carrion. Descargos del MORDAZA El MORDAZA, en su descargo ante el concejo municipal, el 11 de enero de 2013 (fojas 222 a 231) senala que las solicitudes de vacancia presentadas en su contra no tienen sustento alguno ni estan arregladas a derecho, atribuyendosele haber cobrado indebidamente bonificaciones que fueron producto de negociacion colectiva por concepto de escolaridad, MORDAZA Patrias, Dia del trabajador municipal y Navidad, durante los anos 2011 y 2012, y asimismo, haberse negado a devolver tales bonificaciones, asi como a devolver un aumento indebido en su remuneracion, pese a haber sido ello observado por el organo de control interno (OCI) y por la Contraloria General de la Republica, aprovechandose del cargo para beneficio personal, afectando el patrimonio de la municipalidad y del Estado peruano. Tambien senala que al haber tomado conocimiento, a traves del Informe legal N.º 250-2012-MPSC/GAJ, elaborado por la gerencia de asesoria juridica de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, sobre que solo le corresponderia percibir gratificaciones concernientes a los meses de MORDAZA y diciembre, en cumplimiento escrupuloso a lo recomendado por la referida area legal, dispuso, mediante Memorando N.º 084-2012MPSC/A, de fecha 29 de noviembre de 2012, suspender inmediatamente todo pago a su favor por dicho concepto, ordenando en el mismo acto la devolucion de los montos que se hubiesen depositado indebidamente en su cuenta de ahorros. La autoridad MORDAZA procedio a devolver el dia 30 de noviembre de 2012 todas las bonificaciones y gratificaciones correspondientes a los anos 2011 y 2012, por un monto total de S/. 6 178,00 (seis mil ciento setenta y ocho y 00/100 nuevos soles), tal como lo hace constar la jefa de tesoreria, mediante MORDAZA del 10 de enero de 2013. Asimismo, en cuanto al hecho que se le atribuye respecto de la fijacion de la remuneracion del MORDAZA y dietas de los regidores, a la fecha viene siendo evaluado por la Contraloria General de la Republica, con sede en MORDAZA, sin haberse emitido final a la fecha del cual se desprenderan el inicio o no de acciones administrativas, civiles o penales. Sobre la posicion del concejo municipal de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA En sesion extraordinaria, de fecha de 14 de enero de 2013 (fojas 272 a 275), el Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA acordo rechazar, por unanimidad, las solicitudes de vacancia, lo cual se materializo en el Acuerdo de Concejo Nº 001-2013/MPSC, del 15 de enero de 2013. Fundamentos del recurso de apelacion de MORDAZA De la MORDAZA Llajaruna y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Con fecha 1 de febrero de 2013, MORDAZA De la MORDAZA Llajaruna y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpusieron recurso de apelacion (fojas 284 a 292) contra el acuerdo de concejo MORDAZA referido, bajo los mismos argumentos del pedido original, alegando a la vez error de hecho sobre una infraccion al articulo 22, numeral 9, de la LOM. Fundamentos del recurso de apelacion de Bander Yojansson MORDAZA MORDAZA Con fecha 6 de febrero de 2013, Bander Yojansson MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion (fojas 325 a 332) contra el acuerdo de concejo MORDAZA referido, bajo los mismos argumentos del pedido original, alegando a la vez error de hecho sobre una infraccion al articulo 22, numeral 9, de la LOM. CUESTION EN DISCUSION: La materia controvertida en el presente caso consiste en determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la

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